Publicamos nuestra traducción de las conclusiones de un estudio del Distrito Italia de la FSSPX (Risposta al Rev. Padre Cavalcoli O.P. Albano Laziale, 05 de abril de 2011) que clarifica la posición doctrinal de la Fraternidad. En principio, se puede coincidir o disentir, total o parcialmente, con esta posición, ya que la Santa Sede no se ha pronunciado de modo definitivo sobre los puntos en debate. También es posible compartir materialmente las conclusiones pero sin tener certeza. En todo caso, el documento resulta de interés en la medida en que contribuye a precisar la posición institucional de la Fraternidad. Y al hacerlo, permite diferenciarla de posibles deformaciones (exageradas, como las del fraile al cual responde el documento) o de visiones personales que pueden pasar por institucionales sin serlo. Esperamos que en algún momento la FSSPX haga pública su posición mediante una exposición completa y actualizada, que incluya el resultado de los coloquios con la Congregación para la doctrina de la fe. Tal vez la regularización canónica -que sería inminente, de acuerdo con las últimas noticias- sea el momento oportuno para hacerlo.
«En teoría y a priori,
1) es posible que cuando no se presenten las
condiciones necesarias para la infalibilidad exista un error en la enseñanza
pontificia o episcopal, en casos raros y excepcionales;
2) que este error amenace gravemente el bien
común de la Iglesia;
3) que algunos obispos, sacerdotes y fieles, se
den cuenta con certeza de este error;
4) a lo cual es lícito oponerse con el debido
respeto, pero con firmeza.
Concretamente,
5) es posible que existan errores en los
textos del Concilio y en el "Magisterio" sucesivo puesto que no se ha ejercitado
la prerrogativa de la infalibilidad;
6) que algunos obispos, sacerdotes y fieles se
den cuenta con certeza de este error, recurriendo a un Magisterio,"más o menos
anterior al actual", claro, constante e infalible;
7) que se opongan con el debido respeto pero
con firmeza a las enseñanzas actuales por el bien común de la Iglesia y la profesión
integral de la fe.
En cuanto a saber si las cosas son
efectivamente así, las pruebas abundan en los cincuenta años de crisis...»
Tomado y traducido de:
3 comentarios:
La noción de que el carácter ecuménico de un concilio no implica que todo el contenido de sus documentos sea infalible, sino que es infalible solamente su magisterio extraordinario o definitivo, usualmente expresado como anatemas a quienes afirmen las proposiciones contradictorias, mientras que el resto del documento puede contener errores, es verdadera no solamente en teoría y a priori, sino también en la práctica y a posteriori de un hecho clarísimo.
El hecho en cuestión no es un pasaje de un documento del Vaticano II, sino del "Decreto para los armenios" del Concilio Ecuménico de Florencia, que dice que la materia del sacramento del Orden es la entrega de los instrumentos:
"El sexto sacramento es el del orden, cuya materia es aquello por cuya entrega se confiere el orden: así el presbiterado se da por la entrega del cáliz con vino y de la patena con pan; el diaconado por la entrega del libro de los Evangelios; el subdiaconado por la entrega del cáliz vacío y de la patena vacía sobrepuesta, y semejantemente de las otras órdenes por la asignación de las cosas pertenecientes a su ministerio."
Es evidente por la Escritura (1 Tim 4,14 y 2 Tim 1,6) y por la Tradición (reflejada en la celebración del sacramento en el rito antioqueno-bizantino en todos los tiempos y en el rito latino hasta el siglo X) que la materia del sacramento del Orden no es la entrega de los instrumentos sino la imposición de las manos por parte del obispo consagrante (o los obispos, en el caso de consagración de un obispo). Pío XII resolvió definitivamente la cuestión en su constitución apostólica "Sacramentum Ordinis" de 1947, en la cual, en su "suprema Autoridad Apostólica y en ciencia cierta", declaró y, en la medida necesaria, decretó y dispuso, en un pronunciamiento que parece reunir los requisitos de infalibilidad, lo siguiente: "la materia única de las sagradas órdenes del diaconado, presbiterado y episcopado es la imposición de las manos".
http://w2.vatican.va/content/pius-xii/la/apost_constitutions/documents/hf_p-xii_apc_19471130_sacramentum-ordinis.html
"Sacramentum ordinis" está en vatican.va solamente en latín. La traducción castellana puede hallarse en algunos blogs.
Cortito y al pie.-
Platense
Lo que llama aún más la atención, es que estas conferencias sobre doctrina realizadas entre teólogos del Vaticano y los de la Fraternidad no hayan sido publicados por la Congregación para la Doctrina de la Fe. No veo porqué debería hacerlo la FSSPX si las autoridades vaticanas no han considerado prudente hacerlo hastahoy. En todo caso, las tesis que Uds. copian como de la autoría de teólogos de la Fraternidad, son la doctrina común de la Iglesia y no existen pronunciamientos categóricos e irreformables en distinto sentido. Si todas las cuestiones conversadas con los enviados del Vaticano fueron así ¡mamita querida! que mal estamos... Serafín López.
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