lunes, 10 de diciembre de 2018

Racionalismo y fideísmo (y5)


Como cierre de esta pequeña serie de entradas sobre las relaciones entre la fe y la razón queremos insistir en una cuestión que tiene proyecciones sobre el modo de actuar en la sociedad de hoy.
El punto de partida es el capítulo 2 de la constitución Dei Filius del Vaticano I. Esta contiene cuatro párrafos: el primero, define las posibilidades de la razón; el segundo, trata de la necesidad de la revelación sobrenatural. Los dos siguientes, se refieren a las fuentes de la revelación. Luego de definir que la razón natural puede conocer a Dios con certeza, a través de las criaturas (lo cual implica reprobar el agnosticismo, el fideísmo y «tradicionalismo absoluto») también se define el hecho de la revelación y su modo sobrenatural (contra el racionalismo). Después el documento se ocupa de la necesidad de la revelación en los siguientes términos:
«Gracias a esta revelación divina, resulta posible a todos los hombres conocer fácilmente, con firme certeza y sin mezcla de error, aun en las condiciones actuales del género humano, todo aquello que en el campo de lo divino no es de suyo inaccesible a la razón. Mas no por esto ha de considerarse absolutamente necesaria la revelación. La necesidad absoluta de la revelación proviene de que Dios en su infinita bondad ordenó al hombre a un fin sobrenatural, es decir, a la participación en unos bienes divinos, que sobrepasan todo cuanto puede alcanzar la inteligencia humana; puesto que ni el ojo vio, ni el oído oyó, ni el corazón del hombre pudo concebir lo que Dios ha preparado parta los que le aman (1 Cor 2,9).»
Los teólogos explican que la revelación es absolutamente necesaria en un sentido, y moralmente necesaria en otro. Es absolutamente necesaria para conocer el orden sobrenatural, al que Dios se dignó elevarnos. Pero es moralmente necesaria para que las verdades religiosas y morales de orden natural puedan ser conocidas por todos con facilidad, firme certeza y sin mezcla de error alguno.
Sobre esta última necesidad hay que precisar un poco más. En efecto, se debe rechazar la «tentación fideísta» sobre verdades de orden natural:
«Todos conocen bien cuánto estima la Iglesia el valor de la humana razón, cuyo oficio es demostrar con certeza la existencia de un solo Dios personal, comprobar invenciblemente los fundamentos de la misma fe cristiana por medio de sus notas divinas, establecer claramente la ley impresa por el Creador en las almas de los hombres y, por fin, alcanzar algún conocimiento, siquiera limitado, aunque muy fructuoso, de los misterios» (Pío XII, aquí).
También es necesario tener presente que, en las actuales condiciones del género humano, con su naturaleza herida -no destruida- por el pecado original, la revelación viene a remediar una necesidad moral.
«Pero, diremos, la razón no podría conocer a Dios tan perfectamente, si no hubiera sido iluminada por la revelación. No disentimos. Y la constitución Dei Filius nos lo declarará pronto; pero esta necesidad de la revelación no valora una impotencia física de la razón, únicamente valora una impotencia moral…» (Vacant, aquí)
En este sentido, hay que decir que la revelación tiene gran utilidad para conocer perfectamente verdades religiosas y morales de orden natural, que no son -de suyo- inaccesibles a la razón. Así lo explicaba Vacant en su estudio sobre la Dei Filius:
«Art. 65. — Utilidad de la revelación para el conocimiento de las verdades de la religión natural.
331. El párrafo segundo del segundo capítulo trata acerca de la necesidad de la revelación, dice Mons. Gasser, en el informe presentado en nombre de la Deputación de la Fe, sobre esta parte de la Constitución Dei Filius… He allí, pues, cuestión de la necesidad de la revelación, y esto tiene dos puntos de vista: 1º respecto a nuestro conocimiento natural de Dios, y 2 ° relativamente al orden sobrenatural. Por lo que respecta a la necesidad de la revelación del orden natural, el texto enseña que no es absolutamente necesaria […] sino […] una necesidad que no viene del objeto, bien entendido que el objeto es aquello de las cosas divinas que no es inaccesible a la razón humana; esta necesidad viene del sujeto, es decir, del hombre en la presente condición del género humano. Se trata, además, no de la potencia activa de conocer a Dios, sino del conocimiento actual de Dios por nuestro entendimiento […].
En este pasaje se pueden distinguir las tres aserciones siguientes:
332. Primera aserción.- Los hombres que han recibido la revelación cristiana conocen todas, fácilmente, es decir sin demoras prolongadas y sin investigaciones penosas, con firme certeza, sin mezcla de errores, las principales verdades relativas a las cosas divinas, que no son inaccesibles a la razón.
Una enmienda quiso que se remarcara que estas verdades son relativas a Dios y a la ley natural; pero el Concilio prefirió conservar la fórmula más general que la Deputación de la Fe había adoptado en su proyecto […].
333. Segunda aserción.- A esta revelación se debe atribuir que todos los fieles puedan tener tal conocimiento, incluso en la presente condición del género humano […].
334. Tercera aserción.- Esta necesidad que tienen los hombres de la revelación no es absolutamente necesaria; pero, dado que ella es indispensable para los hombres en un cierto sentido, este es el de una necesidad moral.» (Vacant, aquí passim).
En las actuales circunstancias históricas nos encontramos con el lamentable fenómeno de costumbres y leyes inicuas que se oponen a la ley natural. Esta puede descubrirse racionalmente sin que sea necesaria una revelación positiva de parte de Dios (contra el «fideísmo»). Sin embargo, sus normas tienen diverso grado de evidencia objetiva y puede haber ignorancia de algunos contenidos (ver aquí). Además, es preciso recordar que muchos de nuestros contemporáneos no aceptan la revelación cristiana. Razón por la cual su conocimiento de las exigencias de la ley natural puede ser incompleto, dificultoso, incierto y mezclado con errores. Porque están privados de verdades que iluminan la inteligencia y de gracias que rectifican la voluntad (ver aquí). Estas limitaciones también son importantes para no explicar las exigencias de la ley natural de modo «racionalista».


x