martes, 18 de noviembre de 2014

Pena de muerte y magisterio hodierno

La expresión "hermenéutica de la continuidad" corre el riesgo de transformarse en una suerte de conjuro mágico: es la solución inmediata para cualquier problema, que impide cualquier reflexión crítica sobre las novedades doctrinales de la Iglesia en el período postconciliar. Pero también puede significar otra cosa: un programa de investigación que, recurriendo a la más rigurosa hermenéutica teológica, procure establecer si hay continuidad homogénea entre algunas novedades magisteriales y la doctrina precedente.
Además de los teólogos profesionales también los laicos pueden realizar una "hermenéutica de la continuidad", con resultados de diversa calidad. Un buen ejemplo es el aporte de Luis María Sandoval sobre la pena capital.
La Iglesia considera intrínsecamente buena y lícita la pena de muerte, siempre que se cumplan ciertas condiciones esenciales, y esa legitimidad moral, en línea de principio, es una enseñanza definitiva, que no puede cambiar. Al mismo tiempo, la oportunidad de la pena capital es una cuestión prudencial, de índole político-jurídica, dejada a la libre discusión, sin perjuicio de los habituales pedidos de clemencia de las autoridades eclesiásticas. Sin embargo, en las últimas décadas, a partir de un pasaje de Evangelium vitae, luego introducido en el Catecismo, se han multiplicado las hermenéuticas de la ruptura en esta materia. Aunque el pasaje sólo introduce una pauta restrictiva de tipo prudencial, que admite por su naturaleza tantas excepciones como cambiantes pudieran ser las circunstancias, la argumentación con la que se lo intenta fundar es bastante endeble.
En el artículo que enlazamos aquí, Luis María Sandoval, interpreta el pasaje problemático de Evangelium vitae armonizando una novedad (de orden prudencial) con el magisterio precedente de tipo doctrinal (licitud intrínseca, que está fuera de duda). Sin perjuicio del resultado hermenéutico sustancialmente continuista, Sandoval no ahorra críticas hacia las deficiencias de los argumentos y de la formulación de los textos.
Reproducimos a continuación la parte más importante del artículo citado. La bastardilla nos pertenece.
— A la pena de muerte, caso particular entre las penas, se le dedica ahora el párrafo 2267 completo, separadamente y no dentro de la misma frase que reconocía el justo fundamento de la aplicación de penas en general. Se observa que la licitud de principio de la pena capital no se mengua, sino que se acepta con la clásica forma negativa: "La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye el recurso a la pena de muerte". Sí se hacen explícitas ahora dos cautelas exigidas por su irreparabilidad humana: que en el reo coincidan la identificación cierta y la plena responsabilidad. Y se impone un tono netamente restrictivo. La anterior redacción ya contemplaba la preferencia por los medios incruentos en cuanto éstos bastaran.
Pero además, se percibe que tanto en dicho pasaje, como al aludir antes a la legítima defensa por ministerio de la autoridad se hace sólo referencia a la responsabilidad por las vidas y su protección, omitiéndose ahora la referencia al bien común y el orden público. Lo cual podría plantear problemas en determinadas circunstancias: ya fueran los delitos militares frente al enemigo, ya fuera la proclamación del estado de guerra contra los saqueadores con ocasión de catástrofes. En estas referencias circunscritas a las vidas abunda la restricción con que concluye la admisión del recurso a la pena de muerte "si éste fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas".
Finalmente, en sintonía con las manifestaciones del Papa Juan Pablo II, se ha incluido este tercer párrafo: "Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquel que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy rara vez, si es que ya en realidad se dan algunos»".
Es evidente, en efecto, que si por deseo del Papa fuera, la pena de muerte no figuraría en el Catecismo como admisible. Pero él no es el dueño de la doctrina, sino su guardián. Toda la novedad de las correcciones viene a residir en dicho tercer párrafo, el cual no deja de suscitar problemas: todo el argumento se apoya en ese "hoy" (nostris diebus) inicial; no en un argumento moral permanente, sino en una constatación de hecho, que además no es tan evidente ni tan universal.
Obedece, más bien, a una influencia del espíritu del siglo. El fundamento de una enseñanza en el "hoy" dentro del Catecismo es más bien inusitado. Y cabe preguntarse si ese "hoy" ha despuntado en algún momento entre 1992 y 1997, o se retrotrae a la primera publicación del Catecismo de la Iglesia Católica. "Hoy" no deja de ser vago.
Igualmente, cabe preguntarse si se reconoce como pasajero. Todo "hoy", igual que ha tenido aurora, conocerá antes o después su ocaso. Como la historia humana no obedece a un progreso moral indefinido, no cabe la ilusión de que haya de brillar para siempre y cada vez más.
Peor aún: la idea de que la pena de muerte quita definitivamente al reo la posibilidad de redimirse es muy desafortunada. En ella resulta evidente la influencia del abolicionismo inspirado por este siglo materialista, para el cual la pena de muerte es irreparable y absoluta por no considerar el Juicio Divino, ni de otra Vida que la corporal. Igualmente, la expiación concebida sólo en el orden terreno sí requiere tiempo para acumular obras reparadoras, pero, como explica el Catecismo precisamente en el número anterior, el valor expiatorio de la pena procede de la disposición interior, de su aceptación voluntaria y no de otra cosa. No hay en todo este tercer párrafo una enseñanza de principio y universalmente válida, sino un solemne llamamiento del Papa a los fieles a que sus sociedades no ejerciten la facultad —que subsiste como lícita— de recurrir a la imposición de penas de muerte...".

7 comentarios:

Anónimo dijo...

En la clásica película "Mientras Estés Conmigo" se trata este tema.

Me pregunto si el reo se hubiera "convertido" y hubiera reconocido su pecado si no hubiera sido por la pena de muerte que se le venía encima.

Juancho.

YORCH dijo...

Dios es infinitamente justo e infinitamente misericordioso a la vez, y la prueba está con San Dimas, el Buen Ladrón: él reconoce la justeza de la crucifixión que sufre y le pide a Jesús que se acuerde de él cuando comience a reinar: fue el primer hombre en entrar al paraíso... pero Jesús no lo hizo bajar de la cruz ni mitigó sus tormentos.

Anónimo dijo...

Aparte del consejo de Gandalf, me parece que hoy día en un país desarrollado es muy difícil que un preso escape, y una vez escapado, es muy fácil volver a capturarlo. Excepciones, las hay. Pero en general la efectividad de los confinamientos y la teconología para atrapar fugados me parece que son más que suficientes como para hacer innecesaria la pena de muerte moral.

- Pedro de Haro

Junípero dijo...

Pena de muerte "¿intrínsecamente buena?"; me suena a abuso de lenguaje, como mínimo.
Que sea lícito, sea, pero ¿instrínsecamente buena...?
J.

Redacción dijo...

Aplicar una pena justa es acto de la virtud de la justicia distributiva, bueno en sí mismo. Si no fuera intrínsecamente buena no habría justificación para los numerosos pasajes del AT en que Dios la impone.

Anónimo dijo...

Entiendo la razón por la cual la Iglesia acepta la pena de muerte y los beneficios que de ella derivan. Pero creo que debe ser prudencial, pues una cosa es que la aplicara un príncipe medieval, respetuoso de la ley divina, y otra es que la aplique un tirano, o un gobernante llevado por leyes injustas de los hombre. En este último caso, prefiero que no rija la pena capital.
Isabel

Ludovicus dijo...

El argumento de que hoy en día con los medios modernos la pena de muerte se hace innecesaria habría que hacérselo a los Estados que lidian con las grandes mafias y el narcotráfico. A ver qué cárcel detuvo a Escobar.
Para ciertos delitos, la pena de muerte es más necesaria que nunca.