El régimen comunista de China creó en 1957 la Asociación Patriótica Católica China (APCC) que es un organismo que busca someter a la Iglesia católica. La APCC plantea varios problemas: obstaculiza la libertad de la Iglesia y la somete al control estatal; consagra obispos sin mandato pontificio y les confiere misión canónica con independencia de la Santa Sede; y tiene diferencias doctrinales, derivadas del control gubernamental en la formación de los seminarios.
De acuerdo con el Departamento de Estado de los Estados Unidos (Informe de 2010), se calcula que hay un total de 12 millones de católicos en China. Unos 5,3 millones de fieles asisten a los lugares de culto de la APCC, que cuenta además con más de 70 obispos, 3000 sacerdotes y religiosas, 6000 parroquias y lugares de culto y 12 seminarios sometidos a la incidencia del gobierno.
Esta situación hace que en China existan obispos fieles al Papa que han sido consagrados de manera pública, o en la clandestinidad, pero que ejercen un ministerio legítimo. Y otros que fueron consagrados sin mandato pontificio por presiones de la APCC. Muchos, luego de su consagración han reconocido la potestad del Romano Pontífice, han regularizado su situación canónica y se les dado una misión canónica. Pero otros, no han realizado ningún reconocimiento.
La información sobre la APCC resulta útil para poner en contexto una parte de la entrevista al cardenal John Tong Hon que se publica en la vecina Infocatolica:
Quisiera hacerle una pregunta sobre algo ocurrido bastante tiempo atrás. ¿Es cierto, Eminencia, que usted estaba presente en la ordenación episcopal del obispo Aloysius Jin Luxian, ocurrida veintisiete años atrás?
Sí, estuve presente en aquella Misa. Era 1985. Yo entonces era un sacerdote de la diócesis de Hong Kong y desde 1980 dirigía el Holy Spirit Study Centre [el autorizado centro de investigación sobre la vida de la Iglesia en China]. Jin me pidió que estuviese presente. Quería tener mi apoyo en ese momento. Me había dicho que estuvo en prisión, que quería conservar su fe y su comunión con la Iglesia universal y que mandaría cartas a Roma para reiterar su sumisión a la Sede Apostólica y al primado del Papa. Decía haber ponderado todo en conciencia, y que en ese momento histórico le parecía que no había otro camino más que aceptar la ordenación episcopal. Dadas las circunstancias, le parecía una opción obligada para que siguiera adelante la diócesis de Shanghai y salvar el seminario. Siete años atrás la Santa Sede acogió sus pedidos y lo reconoció como obispo legítimo de Shanghai. Pero estas son cosas pasadas. Ahora hay que mirar hacia el futuro…
Aloysius Jin Luxian aceptó convertirse en obispo de Shangai en 1985, con la aprobación del gobierno, pero sin el mandato pontificio. Su ordenación fue ilegítima para el derecho de la Iglesia. Y cabe aclarar que si el neocardenal cumplió la función de co-consagrante en la ceremonia, imponiendo las manos y recitando la oración, fue coautor de un delito. Pero resulta que en 2005 el obispo Jin Luxian "organizó" la consagración de su sucesor in pectore, Giuseppe Xing Wenzhim, este sí nombrado por el Papa, “elegido” por la diócesis y aprobado también por el gobierno Chino. Una "operación" diplomático-eclesial por la que también obtuvo para su episcopado la legitimación canónica y una invitación a Roma para el Sínodo sobre la Eucaristía al que finalmente no pudo asistir, todo ello 20 años después de su ilícita consagración episcopal.
Las ordenaciones sin mandato en China han llevado a que el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos emitiera una declaración sobre el delito de consagración ilegítima previsto en el canon 1382. El texto recuerda que hay circunstancias atenuantes que excluyen la pena u obligan a mitigarla, entre las que destaca la coacción por un miedo grave, aunque lo sea relativamente, la necesidad o el evitar un grave daño. Circunstancias atenuantes que toda aplicación equitativa de la ley canónica debe tener en cuenta. Y como lo ha recordado el comentarista Ludovicus, las atenuantes objetivas debieran tenerse en cuenta tanto para los chinos como para el caso del Arzobispo Lefebvre.
Las ordenaciones sin mandato en China han llevado a que el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos emitiera una declaración sobre el delito de consagración ilegítima previsto en el canon 1382. El texto recuerda que hay circunstancias atenuantes que excluyen la pena u obligan a mitigarla, entre las que destaca la coacción por un miedo grave, aunque lo sea relativamente, la necesidad o el evitar un grave daño. Circunstancias atenuantes que toda aplicación equitativa de la ley canónica debe tener en cuenta. Y como lo ha recordado el comentarista Ludovicus, las atenuantes objetivas debieran tenerse en cuenta tanto para los chinos como para el caso del Arzobispo Lefebvre.
17 comentarios:
Por favor, lean los comentarios que en Infobleep dejan los neocones en la Bohardilla: dicen que no se pueden comparar los casos de Lefebvre con los chinos... A favor de los chinos. Increíble la distorsión mental de estos tipos.
Uno de los que ha comparado las dos situaciones (China y Lefebvre), por lo menos en la parte de resolución del reconocimiento del primado es el mismo Papa en el famoso libro entrevista "Luz del Mundo".
Por favor, aquéllos que nos han escrito o dejado comentarios sobre la carta de Monseñor Bux al Obispo Fellay, les recordamos que no es éste el tema de este post.
Si, la diferencia es que en China los obispos eran elegidos por los gobiernos que controlaban las colonias siendo tierra de misión. Y con el gobierno Chino (creo) no hay Concordato. Y debe ser difícil para los chinos entender que la situación de la Iglesia, con respecto al nombramiento de obispos ha cambiado en los últimos 150 años. (Además de agregar otras cosas como que la Iglesia en China siempre tuvo algunos rasgos nacionalistas por la fuerte discriminación que hubo en la época colonial).
Eso si, de líderes de órdenes religiosas que consagren obispos, la tradición es menos numerosa.
¿Obispos religiosos que consagran (o co-consagran) a otros religiosos?
Está lleno. Lo invito a visitar esta web muy funcional: http://www.catholic-hierarchy.org/
Que vivo Guy! digo sin mandato pontificio...
Es que a eso quería llegar. El arzobispo Lefebvre ya tenía la autorización pontificia para las consagraciones. El desacuerdo fue sobre la fecha y el número.
Error, mons. Lefebvre no tenía mandato.
En la firma del protocolo del 5 de Mayo de 1988, se le comunicó a mons. Lefebvre que la Santa Sede se comprometía a nombrar UN obispo a mediados de Agosto.
Pero mons. Lefebvre estaba emperrado en que quería CUATRO a fines de Junio. Y por eso, al día siguiente desconoció el protocolo que había firmado.
Si solo hubiese sido una cuestión de fechas, bueno, las cosas serían distintas. Pero el mandato apostólico no es para ordenar a una persona cualquiera, sino que es para ordenar a una persona específica, elegida por el Sucesor de Pedro y no por quien solicita al "auxiliar" (haciendo un paralelo) por mas que el nuevo obispo se tome de entre candidatos propuestos por el ordinario.
Así que no, no había mandato pontificio. Salvo que se refiera a ese que se inventó mons. Lefebvre para el rito de la consagración... pero sus argumentos fueron, cuando menos... problemáticos. Si el juicio privado da derecho a ordenar... bueh, lo dejamos ahí.
Pues lea las cartas del Card. Ratzinger que lo contradicen, estimado.
¿Me contradicen las cartas de Ratzinger, dice usted? Se refiere, por ejemplo, a cartas como esta:
"Pour ce qui regarde le second point, le Saint-Père confirme ce que je vous ai déjà indiqué de sa part, à savoir qu'il est disposé à nommer un évêque membre de la Fraternité (au sens du point II/5.2 du Protocole), et à faire accélérer le processus habituel de nomination, de manière à ce que la consécration puisse avoir lieu pour la clôture de l'Année mariale le 15 août prochain.
Ceci requiert d'un point de vue pratique que vous présentiez sans tarder à Sa Sainteté un nombre plus élevé de dossiers de candidature, pour lui permettre de choisir librement un candidat qui corresponde au profil envisagé dans les accords et en même temps aux critères généraux d'aptitude que l'Église retient pour la nomination des évêques."
Y ahí está: Un obispo a mediados de Agosto, acelerando inclusive el proceso normal, elegido por el Santo Padre de entre diversos candidatos presentados por el mons Lefebvre. Ese era el acuerdo.
Es mas, también se puede verificar el texto mismo del protocolo:
"...pour des raisons pratiques et psychologiques, apparaît l’utilité de la consécration d’un évêque membre de la Fraternité. C’est pourquoi, dans le cadre de la solution doctrinale et canonique de la réconciliation, nous suggérons au Saint-Père de nommer un évêque choisi dans la Fraternité, sur présentation de Mgr Lefebvre."
Ud. está confundiendo la materia con la forma del mandato papal.
Don Crouchback,
Independientemente del análisis hilemorfista que quiera hacer del mandato papal, si hubo defecto en su forma o su materia, no hubo tal mandato.
¿Que es el mandato apostólico? Una orden del Santo Padre de consagrar al orden episcopal a un hombre concreto. Divida como quiera la forma y la materia, pero tal mandato no existió. La intención del Papa era ordenar a un presbítero de la SSPX a mediados de Agosto de 1988, el candidato aún no estaba escogido, con lo cual es totalmente adecuado hablar de una mera "intención" y no todavía de un mandato.
Mons. Lefebvre, contrariamente a esta intención de JPII, y contrariamente al protocolo que en su momento firmó, ordenó al episcopado a quienes quiso. En la ceremonia, adujo que poseía un mandato de la "Iglesia siempre fiel" ya que, según él, la Iglesia actual había caído en el modernismo. Así que si mons. Lefebvre creía tener un "mandato apostólico" ciertamente no creía que este proviniese de la autoridad modernista de Juan Pablo II.
Curioso, Eremita, su razonamiento.
Como sabe cualquiera que haya cursado Teología I, cualquier sacramento se salva con muy poquito. Pero un mandato pontificio, del que existía todo, menos coincidencia sobre la fecha, no se salva. Ahí somos cismáticos, herejes, etc.
La identidad de aquéllos que iban a ser consagrados era conocida por el Santo Padre desde hacía, al menos, un año. El visto bueno del Papa estaba. El plan original era consagrar uno ya y los otros más adelantes. Luego, por razones "de agenda papal", se traslada la fecha al 15/VIII. Por razones de necesidad (Mons. Lefebvre estaba muy enfermo), se ruega al Santo Padre dejarlo en junio, como se había acordado originalmente. Por razones de seguridad y perdurabilidad de su obra, Mons. Lefebvre solicita que se consagre en el mismo acto a los otros candidatos. A lo que el Card. Ratzinger responde que se mantenga el plan original. En ningún momento ni el Card. Ratzinger ni ninguna otra persona autorizada dijo "no" a las consagraciones. Es más, en una de las cartas dice que el Papa está complacido de dar su visto bueno.
La discrepancia estaba, nuevamente, en las fechas y en el "programa" de consagraciones. Si ésas no son deficiencias materiales perfectamente salvables por la intención, entonces apaga y vámonos.
Por supuesto que la Santa Sede debía aplicar el Cód. de Derecho Canónico a rajatabla. Pero también está clarísimo que si a Mons. Lefebvre se le hubiese concedido el proceso canónico que desde siempre solicitó, se le hubieran eximido las penas. Lo han dicho varios canonistas serios.
(Lamentablemente no voy a poder seguir este debate el fin de semana. Le ruego que si quiere, me espere al lunes o martes.)
Estimado Crouchback,
Por eso le digo, prescindamos del análisis hilemorfista: con respecto a los sacramentos tenemos certeza, con respecto a cualquier otro asunto estamos especulando.
Me interesan sus fuentes con respecto al diálogo de mons. Lefebvre con la Santa Sede. Si pudiese precisar las cartas donde se mencionan los hechos que cita, podríamos hacer un debate mucho mas fructífero... Por ejemplo, en base a las misivas que yo he leído, no me consta que Juan Pablo II hubiese dado su visto bueno a la consagración de los 4 obispos, ni siquiera que los conociese.
Ningún problema en esperarlo, un muy cordial saludo.
Y después algunos dicen que en la FSSPX está lo mejor de la Iglesia. Lo del tal Guy es notable. Yo creo que ni Fellay estaría dispuesto a defenderlo así.
"critères généraux d'aptitude que l'Église retient pour la nomination des évêques."
PEDRO HISPANO dice: Pues creo sería interesante ver cuáles son esos "criterios generales de aptitud que mantiene la Iglesia para el nombramiento de obispos" porque viendo las calamidades que padecemos en tantísimas diócesis o no se siguen los tales criterios o habría que cambiarlos inmediatamente.
Un sacerdote italiano, eminente escritor y vicario de la Basílica de San Pedro, acompañó a Mons. Ratzinger a arreglar con Mons. Lefebvre algún acuerdo. Alcanzado el que todos conocemos, restaba la cuestión de la ordenación de los sucesores del Arzobispo emérito de Dákar, que por cuestiones de salud, consideraba indispensable y urgente la ordenación de su sucesor.
Uno o cuatro, que la cuestión del número, si vamos al caso del delito canónico, no hace gran diferencia, pues la pena es la misma para cualquier caso. Y sería como ese reo que, después de haber matado a su mujer por adúltera, mata al juez por condenarlo. La muerte, una única muerte, le espera como pena para ambos casos.
Pues el venerable sacerdote que digo, manifestó en público que la noche misma del acuerdo, que él celosamente se llevó inicialado por ambos signatarios para confeccionar el ejemplar definitivo que se firmaría la mañana del día siguiente, Mons. Lefebvre recibió una carta sin firma y con membrete de la Congregación del Santo Oficio exigiéndole que, para firmar el acuerdo pendiente y autorizar la ordenación episcopal pendiente, debía retractarse de sus errores.
—«¿Mis errores...? ¿Cuáles errores...? ¡Decidme cuáles son y me arrepentiré de cada uno de ellos!»— respondió el obispo francés. Con razón, digo yo.
Antes de ello, Ratzinger y Lefebvre se habían despedido sin concretar nada sobre las ordenaciones de obispos, por que el cardenal, corto de genio, invocaba no tener facultades delegadas por el Papa para discutir nada sobre ello.
El sacerdote italiano que lo acompañaba le recordó que era "plenipontenciario", que podía acordar lo que quisiera sujeto a la aprobación pontificia, que esa misma noche recabaría en el Palacio Vaticano para el acuerdo general.
Pero el Prefecto de Doctrina de la Fe dudó, y no arregló el asunto en ese momento ...
Y luego, llegó esa carta.
Y entonces Mons. Lefebvre, creyéndose víctima de un engaño proveniente de la Curia Romana, se negó a seguir adelante con los acuerdos, y ordenó a sus cuatro obispos...
Que el que lo sepa, si lo sabe, confirme lo que digo, por que las explicaciones de don Guy nosécuántos, al menos en aquel entonces, nadie las creyó pertinentes.
UN Anónimo que ni piensa dejar de serlo.
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