martes, 30 de julio de 2013

Sobre la calificación teológica extrínseca del Vaticano II

Ofrecemos hoy la traducción de un artículo de Arnaldo Xavier da Silveira realizada por un generoso lector de nuestra bitácora. El trabajo merece ser leído con atención. Ofrece una visión en parte complementaria y en parte divergente de otras entradas que ya hemos publicado sobre el mismo tema. Con las precisiones que da su autor -opinión personal sometida al juicio ulterior de la Iglesia; calificación extrínseca y no intrínseca; juicio autoral no autoritativo; etc.- constituye una ayuda para evitar tanto la torquemaditis  como el neoconservadurismo eclesial.


3 comentarios:

Genjo dijo...

Una de las cosas que más me han impresionado del trabajo es el apoyo que encuentra a sus tesis en un artículo recordado del cardenal Kasper.
Del cardenal dijo el Papa Francisco, y está recogido literalmente en los textos de las prédicas de los miércoles, que es "un gran teólogo, un buen teólogo [...]".

Martin Ellingham dijo...

El autor es metódico, ordenado, se nota que se pone al tanto del estado de la cuestión antes de opinar, evita ser temerario, trata de no hacer formulaciones escandalosas para los sencillos, es serio con el manejo de las fuentes, sin sesgos de selección. Es lo que pienso de su libro sobre la Misa y me parece que se proyecta en este artículo.
Saludos.

El Eremita dijo...

El artículo me decepcionó bastante, especialmente teniendo en cuenta que el autor tiene otros bastante buenos, de los cuales tomé conocimiento gracias a Martin Ellingham.

Primero que nada, yerra garrafalmente el autor al "englobar" toda censura teológica menor a la herejía con el término "heretizante", ya que no todo error teológico se opone a un dogma de Fe... no es lo mismo una herejía que un error, una sentencia próxima al error que una sentencia próxima a la herejía... la materia es totalmente distinta.

Además, el término "heretizante" no solo es impreciso a este respecto, sino que además es escandaloso y pareciera ser una proyección más de esa paranoia tradiloqui de que el excesivo contacto con el Novus Ordo lo termina a uno volviendo protestante (lo "protestantiza").

Otro error garrafal: El autor pretende juzgar un pronunciamiento magisterial como si lo hubiese escrito un teólogo; es más, pretende juzgar un pronunciamiento magisterial en base al pronunciamiento de algunos teólogos de su preferencia. En esencia está literalmente invirtiendo los roles del Magisterio y la teología. Ignorará el autor que cuando la Iglesia propone una doctrina, la teología dogmática tradicional la califica, por lo menos, de sentencia cierta.

Otro error es pensar que las disputas en CVII y la manera en la cual se resolvieron son algo absolutamente novedoso en la historia de la Iglesia... la existencia de facciones en los Concilios no fue algo raro, y no pocas veces hubo que buscar formulaciones que resultaran satisfactorias a las partes involucradas (recuerdo ahora el caso sobre la distinción entre el orden presbiteral y el episcopal, tratado en Trento, que quedó medio como sin resolver hasta que Pio XII promulgó Ad Apostolorum Principis).

Me molesta particularmente que vuelva con eso del Quodammodo en Gaudium et Spes... inmediatamente después de decir que "El Hijo de Dios con su encarnación se ha unido, en cierto modo, con todo hombre", el mismo documento explica cuál es ese "cierto modo": "trabajó con manos de hombre, pensó con inteligencia de hombre, obró con voluntad de hombre, amó con corazón de hombre. Nacido de la Virgen María, se hizo verdaderamente uno de los nuestros, semejantes en todo a nosotros, excepto en el pecado."... y no es que estoy editando el texto, LITERALMENTE, está al ladito.

Retomo un punto de más atrás: Históricamente, cualquier proposición teológica contenida como enseñanza en un pronunciamiento magisterial fue considerada por los teólogos como una "sentencia cierta", es decir, al menos segura (recordemos la condena de Auctorem Fidei a la teoría jansenista de que la Iglesia puede imponer disciplina peligrosa). Ciertamente ha habido alguna que otra excepción (el caso de Juan XXII y la Visión Beatífica por ejemplo) pero la generalidad resulta importante desde el punto de vista metodológico: La crítica al Concilio debe ser sumamente específica y concreta, extrayendo proposiciones y expresiones que susciten dudas, pero manteniendo una perspectiva razonable del contexto (estar atento a lo que se dice por lo menos en el mismo documento, no sea que como Gherardini ignoremos lo que se dice inmediatamente después de una oración que se critica, o que pretendamos que la Nota Praevia de Lumen Gentium no existe).