- ¿Acaso existe el progreso
dogmático? ¿Los dogmas evolucionan, se desarrollan?
- Eso es herejía
modernista
- La respuesta puede
ser afirmativa o negativa.
- ¡Hegeliano! Viola el
principio de no contradicción.
- Depende de lo que se
entienda por «progreso», «evolución», «desarrollo»…
Este diálogo nunca
ocurrió… Pero, se non è vero è ben
trovato. Dejamos la solución a la teología. Ofrecemos una pequeña muestra introductoria (más profundamente, aquí en DOGME VI).
§ 12.
El progreso dogmático.
1. Inmutabilidad substancial del dogma.
El
Concilio Vaticano concluye su enseñanza acerca de la relación entre fe y
ciencia con algunas declaraciones sobre el progreso dogmático. En primer lugar,
rechaza la falsa idea, según la cual este progreso sería una mutación substancial
de la verdad, un acrecentamiento de la revelación. Contra este error afirma la
inmutabilidad y la indefectibilidad
esencial de la doctrina de fe.
«Así
pues, la doctrina de la fe que Dios ha revelado es propuesta no como un
descubrimiento filosófico que puede ser perfeccionado por la inteligencia
humana, sino como un depósito divino confiado a la esposa de Cristo para ser
fielmente protegido e infaliblemente promulgado. De ahí que también hay que
mantener siempre el sentido de los dogmas sagrados que una vez declaró la Santa
Madre Iglesia, y no se debe nunca abandonar bajo el pretexto o en nombre de un
entendimiento más profundo» (Denz. 1800).
Y en un
canon referido a la idea errónea de progreso dogmático, muchas veces afirmada
en nuestra época, la hiere con la reprobación (Denz. 1818).
La
razón teológica de esta doctrina reside en el hecho de que la revelación se
cerró con los Apóstoles y en la infalibilidad de la Iglesia, que no puede errar
en sus declaraciones dogmáticas, que son por esto irreformables (cfr. § 7). Cristo
dio a sus Apóstoles la misión
de enseñar aquello que les había ordenado (Mt 28,20). San
Pablo no admite siquiera que un ángel del cielo pueda cambiar el Evangelio (Gal
1,8); cfr. II Tim 1,14). Cristo es "auctor et consummator fidei"
(Hebr 12,2). Esta fue también la constante enseñanza de la Tradición como se
puede ver en § 4.
2. El
verdadero progreso dogmático.
No
existe, por tanto, cambio substancial del dogma, ni progreso absoluto, sino un progreso accidental y relativo, que consiste en
el hecho de que la Iglesia conoce de un modo siempre más profundo y más preciso
las verdades del “depositum fidei”; las explica
de modo siempre más claro, las expresa y las propone con fórmulas cada vez más perfectas. Este progreso en el
conocimiento subjetivo de la verdad en su formulación objetiva es deseado y
favorecido por la Iglesia «Que el entendimiento, el conocimiento y la sabiduría
crezcan con el correr de las épocas y los siglos, y que florezcan grandes y
vigorosos, en cada uno y en todos, en cada individuo y en toda la Iglesia: pero
esto sólo de manera apropiada, esto es, en la misma doctrina, el mismo sentido
y el mismo entendimiento» […] (Denz. 1800).
[…]
3.
Causas del progreso.
1)
El Espíritu Santo que vive y actúa en
la Iglesia, guiándola hacia la verdad plena (Jn 16,13).
2)
Las herejías que la obligan a explicar
más claramente los dogmas que desconocen y niegan. San Agustín les reconoce
esta función, y respecto de la gracia, disculpa a los Padres más antiguos que
usaban expresiones poco precisas. Refiriéndose al Crisóstomo dice: "Vobis
nondum litigantibus securius loquebatur" (C. Jul. 1, 6, 26; cfr. Civ. 16,
2. 1). Habla perspicazmente de las verdades que luego se llamarían "virtualiter
revelatae" y dice que la herejía, suscitando en la Iglesia la competencia
de los hombres espirituales, sirvió para esclarecerlas (Enarr. in Ps. 54, 22).
3)
El genio particular con el que cada uno de los Padres, y también los diversos
pueblos cristianos, consideran las Revelación y se apropian de la misma,
viviéndola. Así los griegos son más propensos a la especulación, al tiempo que
los latinos prefieren las cuestiones prácticas.
4)
También la filosofía y la cultura profana ejercen influencia en el desarrollo
dogmático. Recordemos el platonismo, el aristotelismo, el humanismo (filología,
historia, crítica), el historicismo.
5)
Para el progreso personal en el conocimiento de los misterios de la fe, los
Padres, especialmente San Agustín, recomiendan muchas veces, además del
estudio, la oración y la pureza del corazón. San Agustín dice que es necesario
“petere, pulsare, orare”.
El
Concilio Vaticano [I], hablando del progreso dogmático, también tiene en cuenta
la actividad particular de los teólogos, tomados de modo individual o
colectivo. Los estudiosos bien saben cuánto cada uno de los maestros o escuelas
particulares acrecientan el progreso científico. Así es en la Teología:
piénsese en S. Atanasio, S. Agustín, la Escolástica, el Conc. de Trento. León XIII
renueva la invitación del Conc. Vaticano a la colaboración: “ut, quasi
praeparato studio, iudicium Ecclesiae maturetur” (Enc. Providentissimus).
Tomado
y traducido de:
Bartmann,
B. Teologia Dogmática. São Paulo:
Paulinas, 1962. Vol. I, p. 101 y ss.
10 comentarios:
Nótese que las definiciones dogmáticas son irreformables en su sentido pero no en su lenguaje. Y el mejor ejemplo de esto es precisamente la primera definición dogmática del Magisterio extraordinario: el canon del Concilio Ecuménico de Nicea que anatematiza a quienes digan que el Hijo de Dios "es de otra hipóstasis u ousía (ὑποστάσεως ἢ οὐσίας)". Quien quiera verificarlo, vea las referencias [a] y [b].
Esto no contradice el pasaje de la Constitución Dogmática Dei Filius citado en el artículo y el canon correspondiente...
"3. Si alguno dijere que es posible que en algún momento, dado el avance del conocimiento, pueda asignarse a los dogmas propuestos por la Iglesia un sentido distinto de aquel que la misma Iglesia ha entendido y entiende: sea anatema."
... pues una cosa es el sentido de un dogma D y otra cosa el sentido de una palabra P que fue usada para definir el dogma D. Si la Iglesia definió el dogma D usando la palabra P en sentido P1, y luego decidió que conviene usar la palabra P en sentido P2, entonces el sentido del dogma D no cambia, pero su texto deja de usar la palabra P.
Esto es precisamente lo que ocurrió con la palabra "hipóstasis", que en Nicea fue usada como sinónimo de ousía o substancia, y de Calcedonia en adelante fue usada como sinónimo de sujeto o persona.
Referencias:
[a] http://www.earlychurchtexts.com/public/creed_of_nicaea_325.htm
[b] http://www.fourthcentury.com/urkunde-24/
Nótese que en la segunda referencia la traducción de hipóstasis al inglés es incorrecta. En el sentido usado en Nicea su traducción es substancia. Es en el sentido usado de Calcedonia en adelante que su traducción es subsistencia.
El depósitum fidei precontiene otras muchas verdades, en particular pertinentes a María, que han ido explicitándose a partir de la inteligencia que tuvo desde el principio, la Iglesia post-apostólica, mediante la iluminación continua operada por el Espíritu Santo. Ello se manifiesta en la intuición o sensus fidei de los fieles, guiados por el Magisterio eclesiástico.
Aunque la revelación pública quedó cerrada con la muerte del último Apóstol, sabido es que no todas las verdades reveladas habían sido propuestas explícitamente a los fieles.
La inteligencia de este proceso evolutivo, en sus aplicaciones concretas, no deja de ofrecer sus dificultades. Lo arduo del problema consiste en percibir la relación existente entre el sentir de los fieles de un momento histórico determinado, por ejemplo el actual, y el dato primitivo revelado. Ya en terreno de la mariología nos preguntamos: ¿cómo tuvo lugar, pongamos por caso la Asunción, el paso de lo “explícito” y “claro” (en nuestro caso, la firme persuasión universal de que María estaba en cuerpo y alma en los cielos) a lo “implícito y oscuro” (el modo de hallarse la Asunción en el dato revelado)?
En las fuentes reveladas, en cuanto representan la doctrina entregada con precisión y claridad por los Apóstoles a la Iglesia, no aparece dicho dogma. Los teólogos y sobre todo el Magisterio docente se encargarán de descubrir el contenido de esa intuición y de valorizarla. El Espíritu Santo, “suaviter et fortiter”, irá aclarando en la mente de los hombres los contornos de dicha intuición.
Por lo tanto, la explicitación dogmática consistirá en descubrir, con asistencia del Espíritu Santo, en el momento establecido por la Providencia, el dato revelado y su significado.
El Magisterio de la Iglesia representará el papel de juez y de guía segura y constante en este proceso. El sujeto más apto para la intuición será, por lo regular, el que abunde en la luz de la fe sobrenatural, el que está en plena posesión de la fe, con lo que ello supone: amor, sencillez, pureza, docilidad al Espíritu divino. De ahí los nombres que designan esa aptitud “sensus fidelium”, “sensus fidei”, “intellectus catholicus”. Y gracias a esa especie de “sentido común sobrenatural”, ciertas expresiones propuestas y defendidas a veces por grandes teólogos el pueblo cristiano, como por instinto, las rechazó de plano. Así, que la Madre de Dios estuviera, siquiera por un instante, manchada por el pecado original, no fue aceptado por el pueblo cristiano, le pareció contradecir abiertamente al título de Madre de Dios. Otro tanto hay que decir de la idea de ser Madre de Jesús resucitado y la corrupción del sepulcro: su conciencia le decía otra cosa.
El sujeto de este “sentido de la fe”, es el fiel cristiano en cuanto forma parte de la Iglesia discente. Aunque sea verdad elemental, demasiado conocida, recordemos que los individuos que bajo este aspecto forman la Iglesia discente son todos los miembros de la misma en cuanto personas privadas, quedando por tanto comprendidos los mismos individuos que forman, bajo otro aspecto, la Iglesia docente; todos los fieles, en una palabra, se agrupan entre los que creen y sienten las verdades reveladas, bajo la acción misteriosa del Espíritu Santo.
Pero las opiniones de los fieles no pueden pura y simplemente identificarse con el "sensus fidei. Este último es una propiedad de la fe teologal que, consistiendo en un don de Dios que hace adherirse personalmente a la Verdad, no puede engañarse. Esta fe personal es también fe de la Iglesia, puesto que Dios ha confiado a la Iglesia la vigilancia de la Revelación y, por consiguiente, lo que el fiel cree es lo que cree la Iglesia. Por su misma naturaleza, el "sensus fidei" implica, por lo tanto, el acuerdo profundo del espíritu y del corazón con la Iglesia, el "sentire cum Ecclesia".
Si la fe teologal en cuanto tal no puede engañarse, el creyente en cambio puede tener opiniones erróneas, porque no todos sus pensamientos proceden de la fe. No todas las ideas que circulan en la Iglesia son coherentes con la fe, puesto que pueden sufrir fácilmente el influjo de una opinión pública manipulada por modernos medios de comunicación.
Para algún entendido: ¿qué aconsejan más: Ott o Bartmann?
Pregunta semi off topic: ¿cuál es el valor dogmático de la constitución Benedictus Deus? En el sitio mercaba dice una entrada sobre el tema:
"A comienzos del 1336 promulgó la definición. Pero surge aquí un problema, todavía sin resolver, sobre el valor dogmático de la bula, ya que el papa que la quería emitir había muerto entretanto y el nuevo pontífice la publicó, no como fruto de su magisterio ni de su autoridad"
¿Tiene valor dogmático o no? Tal vez por prejuicios orientales, eso de ver y conocer directamente la Esencia divina, cara a cara, en toda su plenitud, no me termina de cerrar.
Saludos.
Víctor, si un Papa promulga una Constitución u otro documento oficial que dice "por autoridad apostólica definimos que [...]", no tiene relevancia que haya sido escrita por él, por el Papa anterior que falleció antes de promulgarla, o por un colaborador de él o del Papa anterior. Lo que importa es lo que dice el documento y la firma de quien lo promulga. Pascendi también fue escrita en gran parte por Villot y otro que no recuerdo.
Pero sobre el punto doctrinal concreto que Ud pregunta, hay más argumentos en juego.
1. El Concilio Ecuménico de Florencia, en su "Decreto para los griegos" (1439) confirmó esta definición de una manera sucinta, definiendo que las almas de los santos "son inmediatamente recibidas en el cielo y ven claramente a Dios mismo, trino y uno, tal como es".
2. La definición es consecuencia directa de sendos pasajes paulino y johannino:
"Ahora vemos en un espejo, en enigma. Entonces veremos cara a cara. Ahora conozco de un modo parcial, pero entonces conoceré como soy conocido." (1 Cor 13,12)
"Queridos, ahora somos hijos de Dios y aún no se ha manifestado lo que seremos. Sabemos que, cuando se manifieste, seremos semejantes a Él, porque le veremos tal cual es." (1 Jn 3,2)
3. La base de la noción de que los bienaventurados, tanto ángeles como santos, no ven la esencia divina, es la noción introducida por Gregorio Palamas de la distinción real entre la esencia (ousía) y energías (energeia) divinas. Esta noción es incompatible con las definiciones dogmáticas de los Concilios Ecuménicos Letrán IV y Vaticano I.
Concilio Ecuménico Letrán IV (1215). Constitución 1. De fide catholica.
"Creemos firmemente y confesamos simplemente que uno solo es el verdadero Dios, eterno e inmenso, omnipotente, inmutable, incomprensible e inefable, Padre e Hijo y Espíritu Santo, tres personas pero una esencia, sustancia o naturaleza absolutamente simple (simplex omnino)."
Concilio Ecuménico Vaticano I (1870). Constitución Dogmática "Dei Filius".
"La Santa Iglesia Católica Apostólica Romana cree y confiesa que uno es el Dios verdadero y vivo, Creador y Señor del cielo y de la tierra, omnipotente, eterno, inmenso, incomprensible, infinito en intelecto, voluntad y en toda perfección; que siendo una sustancia espiritual singular, absolutamente simple (simplex omnino) e inmutable, debe ser declarado distinto del mundo en realidad y esencia (re et essentia),..."
Finalmente, recordemos que "ver con visión intuitiva y cara a cara" no es comprehender. Ningún intelecto creado, y por lo tanto intrínsecamente finito, puede comprehender la sustancia divina, ni siquiera el intelecto humano de Nuestro Señor Jesucristo en su estado presente de máxima glorificación. Esta última afirmación puede parecer chocante, pero es consecuencia directa del dogma definido en Calcedonia.
Johannes: gracias por la respuesta. Ahora bien, ¿en qué contradicen esas definiciones dogmáticas a la enseñanza de Palamas? Se puede poner en cuestión el modo de expresión utilizado por los bizantinos, pero no la doctrina de fondo. Para Palamas las Energías no son algo separado de la Esencia ni son "partes" de la Deidad. Suponer lo contrario es hacer una lectura malintencionada. La distinción Palamita no es una escisión en la realidad divina. ¿No es legítimo acaso hablar de una distinción entre la naturaleza divina y las acciones 'ad extra' de Dios?
Por otro lado, si aquello que Dios es en Sí mismo es algo incomprehensible, como bien dice, esto también puede conciliarse, utilizando las expresiones correctas, con la doctrina oriental. Palamas, al igual que muchos Padres, reconoce un aspecto incognoscible y otro cognoscible de la Esencia divina. Ver la Esencia divina "cara a cara", pero sin comprehenderla es lo mismo que decir simbólicamente que los santos deificados ven a Dios en Su Luz increada, pero sin conocer su Esencia (el aspecto incomprehensible de Dios).
Si es o no conciliable con el tomismo, es otra cuestión, pero la doctrina católica no tiene por qué reducirse a Santo Tomás.
Saludos.
Comentario 1 de 2
Víctor, responder correctamente su pregunta "¿en qué contradicen esas definiciones dogmáticas a la enseñanza de Palamas?" requiere entender correctamente la enseñanza de Palamas. Dado que yo no voy a leer sus obras para hacer una exégesis directa de ellas, me referiré al entendimiento de esas obras por parte de terceros cuyas calificaciones para ese entendimiento parecen incuestionables.
Comencemos por el entendimiento de la jerarquía eclesiástica Ortodoxa griega contemporánea de Palamas, reflejada en la proclamación de esa doctrina en el "Synodikon de Ortodoxia" leido en el "Domingo de Ortodoxia" (primer domingo de Cuaresma). Dado que esa proclamación fue incorporada al Synodikon inmediatamente luego del sínodo de 1351 que adoptó esa doctrina, no debería haber dudas de que expresa un entendimiento correcto de ella. El Synodikon puede leerse en:
http://www.johnsanidopoulos.com/2010/02/synodicon-of-orthodoxy.html
y una descripción de su sentido y formación, por un Metropolitano Ortodoxo, puede leerse al final de:
http://oodegr.com/english/ekklisia/synodoi/synodicon_of_orthodoxy.htm
Supongo que los pasajes que cito a continuación dejan claro que las energías divinas son para Palamas mucho más que "las acciones 'ad extra' de Dios":
"the light which shone forth from the Lord at His Divine transfiguration [...] is neither a created thing, nor the essence of God, but is rather uncreated and natural grace, illumination, and energy which everlastingly and inseparably proceeds from the very essence of God,"
"in God there is both essence and essential, natural energy,"
"even as there is an unconfused union of God's essence and energy, so is there also an undivided distinction between them, for, among other things, essence is cause while energy is effect, essence suffers no participation, while energy is communicable;"
Comentario 2 de 2
En segundo lugar me referiré al entendimiento de la doctrina de Palamas por parte de sus contemporáneos que precisamente se opusieron a esa doctrina, principalmente:
- Barlaam of Calabria (1290-1348),
- Gregory Akindynos (1300-1348),
- Nicephoros Gregoras (1295-1360),
- John Kyparissiotes ("Juan Ciparisiota") (1310-1378).
Noto que el primero y el cuarto se convirtieron al catolicismo. De hecho, Barlaam fue consagrado obispo de Gerace y nombrado nuncio papal en Constantinopla en 1346.
A partir de los hechos de esta oposición, ¿cuál de las siguientes dos interpretaciones de estos hechos es más razonable?
A. Estos contemporáneos de Palamas entendieron correctamente su "doctrina de fondo" y percibieron claramente que no era compatible con la fe ortodoxa (en minúscula, sentido propio, o sea la fe católica).
B. Estos contemporáneos de Palamas NO entendieron correctamente su "doctrina de fondo", la cual es compatible con la fe católica.
Dado que, para discernir cuál interpretación de los hechos es más razonable, puede ser útil conocer la historia de esos hechos, enlazo una traducción del artículo de Martin Jugie, A.A. (1878-1954) “Palamite (Controverse),” en: M. Vacant et al., eds., Dictionnaire de théologie catholique, tome XI/2 (Paris 1932):
https://bekkos.wordpress.com/martin-jugie-the-palamite-controversy/
(Los enlaces a las partes del artículo están a la derecha de esa página.)
P.S.: Sobre su último párrafo "Si es o no conciliable con el tomismo, es otra cuestión, pero la doctrina católica no tiene por qué reducirse a Santo Tomás.", olvidé notar que el Concilio Ecuménico Letrán IV (1215) definió que las tres Personas divinas son "una esencia, sustancia o naturaleza absolutamente simple (simplex omnino)" en 1215, 10 años antes de que S. Tomás naciese.
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