A raíz de algunos comentarios leídos en una entrada del blog Wanderer, nos ha parecido oportuno dedicar esta entrada a la historia de la disciplina
eclesiástica sobre la lectura de la Biblia en lengua vulgar. Si bien es cierto que la tradición recomienda la
lectura asidua de la
Escritura como medio de santificación, no es menos cierto que
en determinadas circunstancias históricas se dictaron normas de disciplina eclesiástica con
restricciones para la traducción y lectura de la Biblia en lengua vernácula.
Estas disposiciones —que no se deben confundir con el magisterio— tenían
por finalidad defender la ortodoxia y proteger a los fieles sencillos en un contexto determinado.
En la entrada anterior dimos
cuenta de la disciplina vigente a partir del Código de Derecho Canónico de 1917. Hoy intentaremos dar un panorama de las
épocas anteriores al Código, en base a una obra de referencia del siglo XIX (aquí) de
la cual reproducimos fragmentos que identificamos con uno de sus
autores, «Perujo».
1. La Iglesia no prohíbe la
lectura de la Biblia
en lengua vulgar, sino que la recomienda.
«Creyendo la Iglesia que las Escrituras contienen el
depósito de la divina revelación, aunque no completo sin las
tradiciones evangélicas y apostólicas, y siendo su misión principal la
de adoctrinar á los pueblos en esa revelación santa, no solamente no
impide que los fieles la aprendan en la misma fuente, y lean
la Biblia en su lengua, como esto sea sin peligro, sino que, como
hemos visto, usó en la liturgia las versiones en la lengua vulgar
de los respectivos pueblos que se convertían á la fé, si ya no se
hicieron esas versiones por su inspiración ó mandato. Así empleó
entre los griegos y helenistas la versión dé los LXX, entre los
latinos la antigua Vulgata ó Itálica, entre los siros la peschitó, y aún
hay alguna literatura que comenzó por la versión de la Biblia , hecha por los
hombres apostólicos que evangelizaron el país, como sucedió en
Armenia y Hungría.» (Perujo).
2.
Pero en determinadas circunstancias se ha visto en la necesidad de
prohibirla.
«Solo cuando se atentó por los sectarios á la
integridad del sagrado texto, la Iglesia prohibió la lectura de sus obras: y solo
cuando se abusó por los mismos de la ignorancia del pueblo, incapaz de
descubrir muchas veces el sentido bíblico, y de desentrañar la falsa
inteligencia que aquellos le daban, comenzó á prohibir la lectura de las versiones
en lengua vulgar para ocurrir á tan graves inconvenientes, como sucedió
por primera vez en tiempo de los albigenses. Llegó después el
protestantismo, declarando á la Biblia, libremente entendida por cada
uno, como única regla de la fe, la necesidad de que todos la leyeran,
negando la autoridad de la
Tradición y la de la Iglesia , con otra porción de puntos
doctrinales, descontando de la
Biblia los libros deuterocanónicos del Antiguo
Testamento, y tratando desfavorablemente á algunos de los del Nuevo,
dando en fin traducciones mutiladas y en que se falseaba el sentido
de los originales.» (Perujo).
3. La prohibición no ha sido absoluta.
«Claro es que la Iglesia no podía pasar por
semejantes enormidades, que eran además para las gentes indoctas un
peligro tanto mayor, cuanto más ardoroso era el fanatismo de los
sectarios; y se vio precisada á prohibir la lectura de la Biblia en lengua vulgar, no
absolutamente, como calumnian todavía los protestantes rezagados, y
los que viven del dinero de las Sociedades bíblicas, repartiendo
entre los católicos Biblias en lengua vulgar con las condiciones
dichas, y con algunos trataditos y hojas sueltas contra la fé católica,
sino que mas bien debe decirse que regularizó la lectura, para
impedir los males que de ella pueden sobrevenir, cuando no hay el necesario discernimiento,
como la experiencia lo acredita.» (Perujo).
4. La disciplina anterior al
Código de Derecho Canónico de 1917. El caso de España.
El Concilio de Trento prohibió (8
de abril de 1546) las versiones en lengua vulgar que no tuvieran aprobación
eclesiástica. Pero la
Inquisición española fue mucho más lejos: en su primer índice
impreso (Toledo, 1551) prohibió taxativamente la lectura de la Biblia en romance
castellano o en otra lengua vulgar:
«Frente a las distintas soluciones posibles para defender
la ortodoxia —nueva traducción para uso de la población fiel al catolicismo (como
en Alemania), tolerancia sólo para las traducciones hechas por hombres piadosos
y católicos (como en Italia, Francia y los Países Bajos), supresión rigurosa de
la versión anglicana (como en la
Inglaterra de María Tudor)—, España, dice Carranza, optó por
la prohibición general de todas las traducciones vulgares de la Escritura ». (Bataillon)
Las normas vigentes a finales del
siglo XIX:
«Según la
disciplina actual, á nadie se prohíbe leer la Biblia en los textos
originales ni en el latino, pues los que pueden leerla de este modo
claro es que tienen ya cierta instrucción, y aunque tal puede ser esta,
que no los preserve del peligro de tropezar, no es este tan
presumible, ni menos tan general como el que resulta del uso de las biblias
en idioma vulgar, para cuya lectura solo se requiere haber aprendido
á leer. Respecto de las versiones en vulgar, la Iglesia prohíbe
en general todas las que proceden de autor heterodoxo ó que no consta
que sea católico, todas las que van sin notas ni comentarios que eviten
los peligros de una falsa inteligencia en los pasajes que puedan causarla,
notas y comentarios que han de estar conformes con la doctrina de los
Santos Padres y expositores católicos, y en fin, quiere que toda
traducción vulgar sea vista y aprobada por la autoridad del diocesano ú
otra más alta, con el fin de asegurarse de la fidelidad de la versión
y del cumplimiento de la condición dicha acerca de las notas y
comentarios. La prohibición de las traducciones de los sectarios ó
desconocidos se justifica por sí misma, como la de aquellas que suelen
repartir las Sociedades
bíblicas, porque ordinariamente están
mutiladas, lo cual es contrariar á la doctrina católica respecto de la
canonicidad de los libros, que ellas desechan; ordinariamente también
traducen ciertos pasajes en sentido heterodoxo, y en fin, carecen de las notas necesarias, ó no son estas
conformes á la doctrina de los Padres y de la Iglesia.
Mas cuando las
versiones de la Biblia
en vulgar llenan las condiciones dichas, á nadie se prohíbe su lectura,
antes se aconseja á cuantos quieren y pueden edificarse con ella, é
instruirse más cumplidamente en las cosas de la religión. Por eso no hay
pueblo entre los católicos que no tenga una ó más versiones en
vulgar, las cuales, como carecen de importancia en materia de crítica
bíblica, y en la exegética, solo la tienen como auxiliar si están
bien hechas, no necesitamos enumerar ni calificar aquí, mencionando
únicamente, como es natural, las escritas en castellano.
Las principales
entre estas son las del Padre Scio y del Sr. Amat, ambas
tomadas de la Vulgata.» (Perujo).
En conclusión: aunque la Iglesia siempre
ha recomendado la lectura de la
Biblia , en determinada coyuntura histórica se vio en la
necesidad de poner algunas restricciones, por el temor a que sus fieles se dejasen seducir por la herejía. Se expuso así a que le reprocharan distanciarse de la palabra de Dios. Pese a lo cual consideró que estas restricciones eran necesarias para preservar la fe de los sencillos
de los peligros del momento; y tuvo que tolerar consecuencias negativas ya señaladas.
2 comentarios:
Sin embargo y por mucho que cuenten con la autorización eclesiástica, hoy en día está lleno de versiones de la biblia mal traducidas y/o con comentarios confusos, por decir lo menos.
Pero más allá de eso, me asalta la siguiente duda respecto al Antiguo Testamento: ¿cuál versión debemos leer en su lengua original, la de los LXX o los textos masoréticos? Pregunto porque a veces no coinciden los textos...
Un buen artículo de Bruno M., relacionado con el tema: infocatolica.com/blog/espadadedoblefilo.php/1611010149-la-reforma-hizo-un-gran-dano
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