viernes, 14 de marzo de 2014

Exceso: nulidades a granel


Para que un matrimonio sea válido debe ser realizado en forma válida, entre personas hábiles y además que sean capaces de prestar consentimiento. En sentido contrario, las causas de nulidad son el defecto de forma, el impedimento o vicio de consentimiento. Cada una de estas tres causas generales se divide también en varios tipos. La terminología canonística habla de caput nullitatis, o capítulo de nulidad, para referirse a cada motivo de nulidad. Para poder determinar si un matrimonio es nulo, debe realizarse un proceso judicial ante el juez competente, al que se le deben aportar las pruebas pertinentes, y en el que deben intervenir todas las partes procesales, como son el promotor de justicia y el defensor del vínculo. No es posible, por lo tanto, pretender que, a través de unas pocas líneas, el lector sea capaz de obtener conclusiones definitivas sobre una determinada situación. Un estudio pormenorizado de estos capítulos de nulidad excede los límites de una bitácora y resulta tedioso para quienes no se interesan por cuestiones jurídicas.
En todo proceso canónico sobre matrimonio la cuestión central es la veritas rei que es siempre último y único fundamento de la nulidad o validez de un matrimonio. El ministerio del juez consiste en descubrir la verdad de un matrimonio concreto, sometido a examen. La verdad está fuera de nosotros, en las cosas, en la unión concreta que el juez debe examinar, y en el matrimonio mismo tal como ha sido querido por Dios. La realidad objetiva de las cosas es tan decisiva que una sentencia que declarara la nulidad contra la verdad de las cosas, no haría nulo el matrimonio, a pesar de las apariencias; y una sentencia de validez, contraria a la verdad del matrimonio examinado, tampoco lo haría válido. En ambos casos, los cónyuges no culpables del error, ignorantes del mismo, actuarán de buena fe al considerarse esposos o no según la sentencia.  
Lo ideal es que todo matrimonio realmente existente tenga el correspondiente reconocimiento ante el derecho canónico. Es decir, que la verdad judicial sobre la validez o no de un matrimonio, reflejada en la decisión de un tribunal eclesiástico, coincida siempre con la verdad objetiva sobre dicha validez. Pero como la aplicación del derecho es obra de seres humanos falibles es posible que existan casos de discordancia entre la realidad de los hechos y las normas jurídicas aplicadas
En esta materia uno de los vicios por exceso es el denominado pastoralismo. Podría sintetizarse así: si alguien fracasó en su matrimonio le inventamos una «nulidad» para que pueda volver a «casarse por Iglesia» y «rehacer su vida»El pastoralismo en la práctica produce una avalancha de pedidos de nulidad matrimonial. Y cuando esta avalancha tiene recepción favorable por parte de malos jueces su efecto principal son las nulidades a granel. No es el único vicio posible en esta materia. También cabe pensar en un vicio por defecto, del que nos ocuparemos en la próxima entrada.
«La sustitución de las soluciones jurídicas por las soluciones pretendidamente pastorales —si es que así pueden llamarse— es el vicio del pastoralismo. No se trata de tener sentido pastoral en la búsqueda de las soluciones jurídicas, sino de la sustitución del derecho por la pastoral. El pastoralismo prescinde de las soluciones jurídicas, aunque aparente darlas, sustituyéndolas por lo que cree «más pastoral». Una materia donde se da mucho el pastoralismo es el matrimonio.
Por ejemplo, si la convivencia en un matrimonio se ha hecho insostenible —sobre todo si alguno de los dos cónyuges ha encontrado solución con un tercero—, se entiende que la solución pastoral es que ese matrimonio se disuelva; como la Iglesia no admite la disolución, se distorsionan las causas de nulidad, de modo que todo matrimonio fracasado se entienda nulo. La «pastoral» ha sustituido al derecho. Con ello el derecho desaparece, manteniendo tan sólo una apariencia. Lo más grave del pastoralismo es que atenta contra el bien de las almas, convirtiéndose en una antipastoral. En el caso del matrimonio, por ejemplo, al pretender que son nulos matrimonios que de ningún modo lo son, coloca a los que atenten nuevo matrimonio en una situación de pecado, al menos material.
En cualquier caso, el pastoralismo introduce la arbitrariedad y la injusticia. Todo queda a merced de la buena (o menos buena) voluntad y del criterio (o falta de criterio) del que se encuentra en el trance de actuar según derecho. En lugar de actuar conforme a derecho, actúa según su leal saber y entender, esto es, según su arbitrio. Y eso es arbitrariedad. Por otra parte, el pastoralismo distorsiona la solución jurídica, que es la solución según justicia, cayendo en el vicio de la injusticia. ¿No es una injusticia declarar nulo un matrimonio válido?» (Cfr. Hervada, J. PENSAMIENTOS DE UN CANONISTA EN LA HORA PRESENTE. 2ª ed., NAVARRA GRÁFICA EDICIONES, 2004, p. 15)

14 comentarios:

Enrique VIII dijo...

Yo también creo que la nulidad es un rebusque modernista.

Anónimo dijo...

Hasta ahora he estado siempre con la Santa Tradicion, pero...
¿ no conseguira este viejo ladino de Kasper, que me cambien a mi mujer de 50 años por 2 de 25 ?

Tuffi Memmet

Anónimo dijo...

¿No es que el sacramento suple los defectos? algo asi había dicho Martín en wanderer..

Anónimo dijo...

tuffi.... eso les gustaría ¿no??? jajjajaj
que re.verde.cidos que son los argentinos, siempre con esas bromitas medio en serio.

Genjo dijo...

"...cuando esta avalancha tiene recepción favorable por parte de malos jueces su efecto principal son las nulidades a granel."
Ese es uno de los efectos. Otro es el desprestigio de los tribunales y, lo que es más grave, el desprestigio del contrato-sacramento, lo que se traduce en arrejuntamientos y en separaciones-divorcios y recasamientos por lo civil ad libitum.

Anónimo dijo...

reíte enriquito octavo que aca el que mas se está despanzando de la risa es el diablo con las nulidades....
y Genjo, no son los tribunales sino la misma nulidad lo viciado desde la raíz...

Favila dijo...

¿Alguien podría explicar cómo es posible que la Iglesia declare nulos matrimonios con hijos?

Walter E. Kurtz dijo...

Justamente, lo curioso es que Enrique VIII argumentaba en forma rigorista que el matrimonio de Catalina con su hermano mayor, el Príncipe Arturo, no había sido nulo y que, por lo tanto, el suyo con la viuda de su hermano sí era nulo. Y el Papa falló a favor de la primera nulidad y en contra de la segunda.

Martin Ellingham dijo...

Favila:
Voy a contarle el caso de la hija de una vecina de mi madre que obtuvo la nulidad de su matrimonio antes de 1983. Se casó con un hombre psicótico sin saberlo. Durante la luna de miel, el marido tuvo un brote psicótico e intentó arrojarla por el balcón del hotel. Afortunadamente, no consiguió asesinarla. Se probó en juicio la psicosis antecedente al matrimonio y se declaró la nulidad en la Rota Romana.
Si la mujer hubiera quedado embarazada por la consumación del matrimonio, o por relaciones prematrimoniales, en ambos casos, la existencia de un hijo no impide que se declare la nulidad. Porque lo decisivo es la realidad del consentimiento, en este caso viciado desde el inicio.
Saludos.

Redacción dijo...

Anónimo persistente:
Ya le hemos dicho lo que pensamos de los comentarios que habitualmente nos deja. Por norma, no publicamos estupideces. Excepcionalmente se publican sus comentarios porque son la mejor caricatura de algunos personajes andan vagando por la web buscando a quién "estupidizar".
¿Qué cabeza católica puede rechazar pertinazmente toda nulidad matrimonial contra la doctrina y praxis multisecular de la Iglesia?

Anónimo dijo...
Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
Redacción dijo...

Anónimo persistente:
Esta bitácora no tiene por finalidad dar catequesis. Y mucho menos está en condiciones de atender su caso.

http://www.diocesismalaga.es/index.php?mod=content&secc=view&id=2012083005

catolicoAlAzar dijo...

Planteo un caso que me desvela desde hace un tiempo.

Hoy por hoy, cuando un par jovencitos se casan, y prometen "fidelidad" en realidad estan posiblemente pensando: Si, prometo no meterle los cuernos, pero si "la cosa no va" me busco otro/a.

¿Hay sacramento en ese caso?

Supongamos que el cura de turno le explica: "Mira, prometer ser fiel de por vida significa que si el/ella se va con otro/a, vos te la tenes que fumar solo/a. Eso es lo que vas a prometer."

Uno de los dos le dice "sisi padrecito" pero por dentro esta pensando "minga".

¿Hay sacramento?

A mi me parece que no, pero propongo el caso a la redaccion y a los lectores.

Redacción dijo...

Católico al azar: es posible que no haya matrimonio por exclusión de elementos esenciales. En la próxima entrada ampliaremos.