La
ética es la ciencia que trata de la conducta del hombre con vistas a la consecución
de su último fin. Es una ciencia, no un conjunto de opiniones o creencias. Es una
ciencia práctica, normativa, del hombre, basada en la antropología y que por
ello tiene también una vertiente social, que se interrelaciona con todas las
ciencias sociales.
Un
caso es la descripción de una situación real que suele implicar habitualmente
un reto, decisión o problema. Es una descripción compleja de lo real -al menos
en sus elementos centrales-, enfocada desde el punto de vista del sujeto que
debe decidir. Un buen caso cuenta una historia, se centra en un problema que
despierta el interés del lector, permite el desarrollo de cierta empatía con
los sujetos principales del caso y requiere en último término la resolución de
un problema.
Sobre
la utilidad didáctica de la resolución de casos se ha escrito muchísimo y no
tenemos nada original para agregar. Pero en esta entrada queremos salir al
cruce de una falacia bastante frecuente, que consiste en confundir la resolución de casos, procedimiento legítimo
y muy útil para testear empíricamente unos principios éticos; de la casuística, que fue un desarrollo anómalo
de la ciencia moral, que llegó a oscurecer los grandes principios y reducir la
vida moral a un cúmulo de preceptos particulares desvinculados de las virtudes.
¿Cómo
describir la casuística para diferenciarla
de la resolución de casos? He aquí
una caracterización de Requena:
1. El primer paso de la casuística está siempre constituido
por la formación de una taxonomía, como sistema en el que los casos están
organizados siguiendo el criterio de la analogía. Generalmente, en los
textos de los famosos casuistas esta sistematización se establece
alrededor de los Diez Mandamientos o de los pecados capitales. Cada
capítulo comienza con la definición de los términos empleados (por
ejemplo, la definición de homicidio al considerar el quinto mandamiento, o de
mentira al considerar el octavo). Para ello se recurre a las utilizadas por
autores clásicos, como Cicerón, San Agustín y Santo Tomás. Después se
presenta un caso concreto en el que la valoración moral resulta evidente,
generalmente por suponer una clara trasgresión del precepto que se
considera. Este caso pasa a ser paradigmático, y servirá de modelo para
estudiar, por analogía, aquellos otros que no resultan tan claros.
2. Las máximas son aquellos aforismos o dichos clásicos, más
específicos que los principios generales e incuestionables de la moral,
que se utilizan para fundamentar la argumentación del caso. Muchos
proceden de la Ley Romana ,
y fueron después asumidos por en los cánones de la Iglesia. Normalmente
no requieren justificación alguna, y son «generales, pero no universales o
invariables».
3. Lo que hace que la valoración moral en algunos casos no
resulte tan clara como en los paradigmáticos son las circunstancias, y
por ello han de ser consideradas con gran atención. Los casuistas dicen
que las circunstancias hacen el
caso.
4. Los distintos casos se clasifican según la probabilidad
de sus conclusiones (cierta, poco probable, altamente probable, etc.). La
probabilidad depende tanto de los argumentos utilizados, como de la
autoridad de los autores presentados a favor de una u otra conclusión.
5. La justificación de una u otra conclusión no está tanto
en la lógica de su argumentación, sino en lo que denominan la acumulación de
argumentos. Un ejemplo de ello son los libros penitenciales, donde junto a
los diferentes pecados se establece una penitencia, que no se justifica
generalmente con el recurso a la Sagrada Escritura o a los Padres de la Iglesia , sino en
referencia a la cantidad de argumentos y autores avalan esa penitencia.
Después de presentar estos elementos, se
puede definir la casuística como «el análisis de los asuntos morales, usando
procedimientos de razonamiento basados en los paradigmas y la analogía, que
lleva a la formulación de opiniones expertas sobre la existencia y severidad de
obligaciones morales particulares, estructurados en términos de reglas o
máximas que son generales pero no universales ni invariables, porque rigen con
certeza sólo en la condición típica del agente y las circunstancias de la
acción».
Ahora
bien, cuando se plantea un caso para su resolución, en orden a probar empíricamente
la recta formulación de los principios, es una falacia acusar de casuismo o de casuística. En el fondo, esto es aprovecharse de la similitud de
las palabras para desviar la atención de un punto doliente respecto del cual no
se está dispuesto a dialogar racionalmente. Lo cual es contrario a la actitud
científica, que en una ciencia práctica debe testear sus principios mediante la
resolución de casos, so pena de quedar congelada en un limbo de abstracciones
esencialistas.
11 comentarios:
Hubo un debate entre Kelsen y Cossio. Este criticó y pegó en el blanco. Cuentan que Kelsen se puso loco. No pudo soportar que pusieran en tela de juicio su amada "teoría pura".
Si los casos me dan la razón son ejemplos. De lo contrario, casuística.
Muchas veces sucede que, supuestamente, " se plantea un caso para su resolución, en orden a probar empíricamente la recta formulación de los principios...", pero en realidad se trata de hacer que actos particulares acudan a darme la razón, y termino retorciendo la realidad porque no quiero estudiar primero los principios. Este procedimiento podría llamarse 'inducción necia', que reemplaza, muchísimas veces, hoy por hoy, a la 'deducción docta' (los términos son propios para explicar pseudométodos actuales). Lo primero trata de hacerse pasar por ciencia y madurez intelectual, lo segundo como ortodoxia en las nubes... (no siempre, insisto, pero abunda).
Argentino instruido
Sí, hay deductivistas que proyectan indebidamente el orden especulativo al práctico. Y también personas que no entienden las variaciones en lo prudencial, por eso creen que todos deben llegar a las mismas conclusiones,o consideran ilegítimas soluciones diferentes a las propias, aunque esto suele suceder porque tienen malas formulaciones o aplicaciones de principios reflejos, de modo especial en materia de cooperación y doble efecto.
Saludos.
P.s.:
En cuanto a la cooperación, están los que creen que
- toda cooperación es formal (sin distinguirla de la material),
- o que toda cooperación es inmediata (sin distinguirla de la mediata).
Generalmente, subyace a esta confusión un emotivismo moral: malo es lo que repugna a la sensibilidad. Como si un plomero considerase moralmente malo destapar una cañería por la repugnancia que le causa la suciedad acumulada.
Y en cuanto al principio de doble efecto, están los que
- no lo conocen, lo formulan mal o no saben aplicarlo en concreto,
- los que creen que nunca hay causa proporcionada,
- o los que juzgan sobre la existencia de causa proporcionada sin juicio prudencial.
Hay de todo Martin Ellingham, pero pareciera que usted está demasiado sensibilizado en buscar y encontrar las cooperaciones materiales o las causas proporcionadas..., pareciera que posterga indebidamente el análisis de las cosas desde los principios; le recomiendo leer -o releer y estudiar- Veritatis Splendor, seguro lo ayudará. Es una Encíclica -de apenas 20 años- que aclara muy bien lo que trata de abordar...
Saludos.
Argentino instruido
Argentino:
Gracias por el consejo. No me vendrá mal releer por enésima vez esa Encíclica. Si es por recomendar, sobre el intrinsece malum, Pinckaers es un imperdible.
No digo Ud., porque no me consta, pero otros pareciera que no consideran el primer requisito de la acción de doble efecto: que el acto no sea malum in se. Eso está supuesto en las opiniones de todos los pontífices y moralistas que de modo pacífico y unánime aplican este principio. El p. Cranny en su tesina cita a 27 teólogos. Yo he podido consultar más de una docena (no son muchas páginas y todos se repiten, con grandes coincidencias y algunos matices).
Saludos.
P.s.: precisamente, porque considero las cosas desde los principios, tanto los universales como los reflejos, soy consciente de que se llega a un cierto nivel de concreción en el cual la determinación es prudencial.
Hermandad de San Pío X del Canadá:
´...if the only option is a choice among unworthy candidates, it might be licit to vote (called material cooperation) for one of these candidates to prevent a greater evil when there is a grave reason to do so. For example, it would be better to vote for one who only approves of abortion in cases of rape or incest rather than one who supports abortion in all cases.´
Lato.
Martin Ellingham, no es solamente, ni principalmente "por recomendar, sobre el intrinsece malum", que no vendría para nada mal en estas cuestiones de Teología Moral, sino por todo lo que expone claramente la Encíclica: la necesidad de entender a la conciencia como lugar donde habla Dios y de formarla, la denuncia de las teorías teleológicas -finalistas, proporcionalistas, hoy muy utilizadas para justificar de todo-, la prioridad del objeto por sobre el fin y las circunstancias, y mucho más. Es decir, un texto que nos ayuda para abordar la realidad compleja y veloz, que nos tienta, muchas veces, a reducirla y quedarnos en el CASO para justificarnos, escamoteando el análisis sosegado y docto.
Argentino instruido
Sí, totalmente de acuerdo.
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