miércoles, 20 de abril de 2016

La FSSPX y el brazo secular

Un comentarista ha planteado en la entrada anterior una hipótesis interesante: si en tiempos de cristiandad, con estados confesionalmente católicos, dispuestos a actuar como “brazo secular” de la Iglesia, hubiera aparecido un Monseñor Lefebvre, y se hubiera planteado un caso como el de la FSSPX, los pontífices podrían haber ordenado a los gobernantes cristianos la represión, incluso con pena de muerte, de Lefebvre y los adherentes a su postura. Un ejemplo, análogo en pequeña escala, de esta actitud de la jerarquía eclesiástica lo tuvimos en la Argentina durante el gobierno militar.
En tal caso se daría lo que el comentarista califica como ironía. En efecto, si el brazo secular fuese eficaz, la FSSPX sólo podría seguir existiendo en estados no católicos, amparándose bajo el paraguas de la libertad religiosa. Así, la FSSPX podría existir en países como Estados Unidos, pero no en España, Italia, Francia... En estados confesionalmente católicos, la Fraternidad sería ilegalizada, sus publicaciones censuradas y sus miembros reprimidos con todo el peso de la ley. Y si todos los estados del mundo fuesen católicos, y eficaces en su función de brazo secular, en un tiempo más o menos breve, la Fraternidad desaparecería físicamente.
Aunque tenemos una opinión al respecto, dejamos el caso para el debate de nuestros lectores.
P.s.
1. Si alguien plantea una objeción en un blog, o en otro ámbito, nadie tiene obligación de contestarla. Pero si se responde, hay que tratar de hacerlo razonablemente bien. Algunos comentarios no publicados han sido lamentables y recuerdan lo dicho por Bouyer en su libro La descomposición del catolicismo.
2. Cualquier persona con un mínimo de experiencia docente conoce la utilidad y los límites de los casos.
Pero el caso propuesto por Johannes no está mal planteado y resulta llamativo que se eluda el núcleo de la cuestión mediante negaciones contra-fácticas. Distinto sería si se demostrase que el supuesto de hecho es un imposible, por ejemplo una cuarta persona en la Trinidad.
3. Quien crea que en la historia de la Iglesia no hubo persecución injusta a personas e instituciones santas; y que los papas no pueden abusar de su poder, sea que lo ejerciten por sí mismos o mediante el recurso al brazo secular, se ha comprado una novela rosa digna de la apologética boba.
4. Dicho lo anterior, y aunque el caso contiene una “picardía” que recuerda a un argumento de Garrigou-Lagrange que no vamos a desarrollar, en nuestra opinión la respuesta se puede dar desde la doctrina católica pre-conciliar bien entendida. En la bitácora se la encuentra expuesta en varias entradas precedentes: “La tesis de la confesionalidad”, “La hipótesis y sus diversas formas”, “Tolerancia e intolerancia” (1 y 2). De modo más inmediato en “El tradicionalismo como problema de conciencia” y en “Newman y la Inquisición” (el abuso no prohíbe el uso, pero obliga a ser muy cuidadoso cuando se trata de ejercitar la coacción). Vale decir que del posible caso y sus vías de solución no se sigue una aceptación necesaria de la Dignitatis humanae.
5. Por último, el caso pone en crisis ciertas teorías explícitas o implícitas que hemos criticado últimamente en nuestra bitácora bajo diversas denominaciones, tanto en entradas como en comentarios. Qui potest capere capiat…


16 comentarios:

barba azul dijo...

Para el tiempo del Concilio los estados ya eran liberales.
El Concilio solo agregó el liberalismo en la Iglesia.
Sin un estado liberal generalizado precedente, la Iglesia no se hubiese contagiado.
Pensar en Estados no liberales y un M. Lefebvre actuando es una hipótesis imposible, pues la Iglesia no se habría tirado para el liberalismo y Monseñor se hubiese dedicado a disfrutar de la jubilación de la que se tuvo que privar en los hechos y hoy ninguno de nosotros sabríamos que alguna vez existió.

El Concilio tiene su causa explicitada y ésta fue aggiornarse al mundo profano en la situación en la que se encontraba. El Concilio le fue detrás.

Sandro dijo...

Barba azul, hay que hacer la del avestruz?

Nelson Sarmento dijo...

En este caso, DH fue interpretada y aplicada correctamente. Difícilmente Marcel Lefebvre y FSSPX se rebelarían. =P

Martin Ellingham dijo...

Y si ante las próximas elecciones norteamericanas el judío Sanders propusiera ilegalizar a la FSSPX y el protestante Trump, en cambio, propusiera mantenerla dentro de la ley, ¿qué deberían hacer los feligreses norteamericanos con derecho a voto? ¿Abstenerse para no contaminarse con la mentira universal del sufragio universal?

Anónimo dijo...

En tiempos de cristiandad un estado confesionalmente católico no reprimiría la FSSPX ni lo ordenaría la Iglesia. Lo haría un estado confesional aunque no católico por órdenes de una iglesia no católica.

Martin Ellingham dijo...

Anónimo:
¿Y si un papa pidiera a los jefes de Estado reprimir a la FSSPX haciendo uso del brazo secular? ¿Qué clase de imposibilidad habría según su criterio? ¿Qué circunstancia haría imposible un Pablo VI o un Juan Pablo II en el Medioevo?
Saludos.

barba azul dijo...

Nadie en campaña publicitaria lanzaría una propuesta pianta votos y por ello la pregunta no tiene mayor importancia. Usted escinde, mediante la razón, a la democracia de sus posibilidades y así nos trae a cuento una abstracción en forma de pregunta.
Pero, si insiste le sigo el juego: no votaría por ninguno, pues ambos mienten, en especial el que públicamente en campaña electoral manifieste defender cosas buenas, máxime siendo tan buenas.

Martin Ellingham dijo...

Los casos aunque sean de laboratorio sirven para testear una teoría. No me interesa la decisión personal que tomaría cada uno.
Saludos.

Pancho dijo...

A qué se refiere con que en el gobierno militar se dio un caso análogo?

Juan Argento dijo...

El de la hipótesis fui yo, con un nickname apropiado al comentario.

La hipótesis es perfectamente válida el plano teórico, porque la FSSPX objeta cuatro doctrinas del magisterio del CV_II más la reforma litúrgica, lo cual puede verificarse en el artículo del P. Gleize de dic. 2011 que se puede bajar de:

http://info-caotica.blogspot.com/2012/01/la-respuesta-de-gleize-ocariz-version.html

y leer en línea en:

http://panoramacatolico.info/articulo/debate-doctrinal-art-culo-del-p-gleize

Cito: "Estos cuatro puntos son los siguientes. La doctrina sobre la libertad religiosa, tal como se la presenta en el punto nº 2 de la Declaración Dignitatis humanae contradice las enseñanzas de Gregorio XVI en Mirari vos y de Pío IX en Quanta cura, como así también las del Papa León XIII en Immortale Dei y las del Papa Pío XI en Quas primas. (30) La doctrina sobre la Iglesia, tal como se la presenta en el punto nº 8 de la constitución Lumen gentium contradice las enseñanzas del Papa Pío XII en Mystici corporis y Humani generis. (31) La doctrina sobre el ecumenismo, tal como se la presente en el n° 8 de Lumen gentium y el n° 3 del decreto Unitatis redintegratio, contradice las enseñanzas del Papa Pío IX en las proposiciones 16 et 17 del Syllabus, los de León XIII en Satis cognitum, et los del Papa Pío XI en Mortalium animos. (32) La doctrina sobre la colegialidad, tal como se la presenta en el nº 22 de la constitución Lumen gentium, incluyendo el n° 3 de la Nota praevia, contradice las enseñanzas del Concilio Vaticano I sobre la unicidad del sujeto del poder supremo en la Iglesia de la constitución Pastor aeternus.

Además, la reforma litúrgica de 1969 desembocó en la confección del Novus Ordo Missae, que “se aleja de manera impresionante, tanto en su conjunto como en detalle, de la teología católica de la santa misa, tal como ha sido formulada en la sesión XX del Concilio de Trento."

Es evidente que la doctrina de la libertad religiosa no es un presupuesto necesario para las otras tres doctrinas del CV_II objetadas por la FSSPX o para el Novus Ordo, ni es una consecuencia necesaria de esas otras tres doctrinas o del Novus Ordo, sino que es una doctrina independiente de las otras tres y de la reforma litúrgica. Por lo tanto, el escenario contrafáctico de que el CV_II hubiese enunciado las otras tres doctrinas pero no la de la libertad religiosa y que además Pablo VI hubiese realizado la reforma litúrgica de 1969 es teóricamente válido.

GMUA dijo...

Lo que dijo Nelson Sarmiento.

Anónimo dijo...

Coincido con Anónimo de 20 de abril de 2016, 15:43

EM dijo...

El planteo es falaz porque la FSSPX sostiene que los estados deberían ser confesionales y el CVII lo nienga.
Entonces, el supuesto Papa le pediría a los estados que sean confesionales para que repriman a quienes dicen que el estado debe ser confesional.

Jornadas dijo...

Con matices, es bueno recordar lo que le pasó a fra Girolamo...

Johannes dijo...

EM, parece que tenemos un problema de comunicación.

La hipótesis consiste en suponer que la doctrina de libertad religiosa nunca existió pero las otras doctrinas del CV_II y la reforma litúrgica de Pablo VI sí existieron. En términos de documentos, en suponer que Dignitatis Humanae no existió pero sí existieron todos los otros documentos del CV_II, la Constitución Apostólica "Missale Romanum" de 1969, y el Misal Romano de 1970.

Por lo tanto, en esta hipótesis la Iglesia siempre mandó a los Estados católicos ser confesionales. A lo cual agrego la suposición de que los Estados de población mayoritariamente católica siempre obedecieron ese mandato.

¿Habría Msr Lefebvre fundado la FSSPX en este escenario? Obviamente sí.

EM dijo...

Johannes:
La otras doctrinas del Vaticano II van conexas intrísecamente con la libertad religiosa: ecumenismo, relación Iglesia-mundo y, aunque no parezca tan claro, la reforma litúrgica. Porque no hay ecumenismo ni relación Iglesia-mundo sin libertad religiosa. Ni hay reforma litúrgica sin ecumenismo. Sería como proponer que haya agua habiendo oxígeno pero no hidrógeno.
Lo que pasó durante el gobierno militar fue un típico caso de clericalismo. Videla respondió inmediatamente a los deseos del nuncio en ese tema, no a ninguna doctrina. Los otros deseos del nuncio -más ligados a la doctrina moral: que no haya tortura ni desaparecidos- se los pasó por dónde mejor le pareció.
De todos modos lo que Ud plantea existió en la historia de la Iglesia con la supresión de los jesuitas. Éstos con su 4º voto de obediencia al Papa fueron suprimidos. El breve se ejecutó en los estados católicos. En cambio en Rusia, que no era católica, no se ejecutó. Y ellos no "obedecieron" al breve porque no estaba publicado. En los otros estados no les quedó otra que obedecerlo porque los mismo estados se encargaron de que así ocurriera.