sábado, 30 de abril de 2011

Beatificación de Juan Pablo II y juanpablismo



DEFINICIONES. La canonización es la sentencia definitiva del Romano Pontífice, por la cual se declara solemnemente que un siervo de Dios goza de la gloria celestial y, por consiguiente, se recomienda a todos los fieles de la tierra el culto de dulía en su honor. En cambio, la beatificación es una sentencia auténtica, de carácter previo, declarando la santidad y la gloria de un siervo de Dios en orden tan sólo a un lugar particular, y de una manera restringida. Es lo que dicen...

NUESTRA ACTITUD. Coincidimos con Terzio dejando "...constancia de la obediente obsequiosidad con la que el que esto escribe acogerá/acatará al beato súbito (y al santo, si llega). Pero conste también que a los Santos en particular se les tiene devoción libre y concreta, sin obligación de encenderles velas a disgusto. Así que, supongo, al beato súbito le profesaré devoción global, sumaria, en el totum de la Communio Sanctorum."

JUANPABLISMO. Veremos y leeremos las manifestaciones del entusiasmo juanpablista en las formas más extravagantes. Una legión de papistas, papólatras, papanatas, obsecuentes, ignorantes, tontos, fatuos... dirán sandeces a granel. Que si venció al comunismo, que si fue un gran deportista, que si su obra de teatro fue la mejor de todas, que fue el más grande filósofo del siglo XX, que fue un gran comunicador...

DE SU TESTAMENTO, tomamos unas palabras:

"Doy las gracias a todos. A todos les pido perdón. Pido también oraciones para que la misericordia de Dios se muestre más grande que mi debilidad e indignidad."

"Expreso mi más profunda confianza en que, a pesar de toda mi debilidad, el Señor me conceda todas las gracias necesarias para afrontar, según su voluntad, cualquier tarea, prueba y sufrimiento que quiera pedir a su siervo, en el transcurso de la vida. Confío también en que no permita nunca que, a través de cualquier actitud mía: palabras, obras u omisiones, traicione mis obligaciones en esta santa Sede de Pedro."

ADDENDUM. Unas muestras de juanpablismo:

"que fue elegido Papa después de cuatro siglos de papas italianos y que fue el Papa más universal y más conocido de todos los tiempos" (Ramón Jaúregui)

"Una bomba teológica y sexual, un catecismo, mujeres sabias... Juan Pablo II, maestro del siglo XXI" (Pablo Ginés/La Razón)

"el mundo le debe su contribución a la caída del muro de Berlín" (Juan Luis Lorda, La Razón)

"Persona y acción es la obra cumbre del pensamiento filosófico de Karol Wojtyla y uno de los textos antropológicos decisivos del siglo XX. El modo genial en que concilia la filosofía del ser y de la conciencia, la fenomenología y el tomismo desde una perspectiva personalista, la convierten en una obra de referencia insoslayable". (Juan Manuel Burgos, Aceprensa)

y un poco de sentido común cristiano:

"no significa la reivindicación de su pontificado entero, ni pone un aval definitivo sobre el mismo, sino que afecta a la persona" (Ricardo Blázquez, arzobispo de Valladolid)

viernes, 29 de abril de 2011

PROTOLEFEBVRIANA

"Sedme hombre viril y no tímido." 
"Aprended pues del verdadero padre y pastor." 
"Y no miréis a ninguna contradicción que tengáis… mas, como hombre varonil y sin temor alguno, venid."  
"Mirad, por lo que amáis vuestra vida, que en ello no cometáis negligencia: ni os burléis de las operaciones del Espíritu Santo, que se os exigen, pues lo podéis hacer... Yo, si estuviera en vos, temería, que el divino juicio cayese sobre mí. Y por ello os ruego dulcísimamente de parte de Cristo crucificado, que seáis obediente a la voluntad de Dios..." 
"No hay, pues, que dormir más, sino varonilmente y sin negligencia, para gloria y alabanza del nombre de Dios, hacer lo que pudiereis, hasta la muerte."
"... [P]or lo menos, santísimo Padre, sean arrancados de vuestra santidad el desordenado vivir y los mentecatos modos y costumbres de aquéllos." 
"Y no esperéis tanto que haya de llegar primero la muerte.. porque os aseguro que, si no se pone algún otro remedio, la enfermedad crecerá."

Con estas palabras se refería a los Papas Gregorio XI y Urbano VI, la señorita Caterina di Jacopo Benincasa de Siena. De haber vivido en nuestros tiempos, don Iraburu y los infocatólicos la denigrarían como filo-lefebvriana. ¿¡Dónde se ha visto no "interpretar benignamente" los "gestos" de los Papas. "respetando como es debido al Vicario de Cristo?! ¡Qué desfachatez lo de esta mujercita!

Lástima que, a pesar de los iraburianos e infocatólicos, Caterina se convirtió en Santa Catalina de Siena, canonizada el 29 de junio de 1461 por el Papa Pío II, santa de la Iglesia Universal. Es más, el beato Pío IX la proclamó Patrona secundaria de Roma (1866), San Pío X la hizo primero modelo (1903) y luego patrona (1914) de la Acción Católica, el siervo de Dios Pío XII la creó Patrona de Italia (1939), Pablo VI la nombra Doctora de la Iglesia (1970) y el siervo de Dios Juan Pablo II la proclama Co-Patrona de Europa (1999).

Una lástima que los iraburianos se vean una vez más contradecidos por la Iglesia, pre y post Concilio Vaticano II.


Sancta Catharina Sienensis
Ora pro nobis

jueves, 28 de abril de 2011

Filo-iraburistas contra filo-lefebvrianos

Siendo ésta una bitácora iniciativa de “filo-lefebvrianos”, de acuerdo a los calificativos que hemos recibido desde el principio, siempre hemos tratado de indagar a qué se refieren con ello. Del Padre Iraburu no hemos tenido más que evasivas refiriendo al primero de sus escritos donde da una definición lo suficientemente vaga como para poder incluir en ella desde sedevacantistas hasta el mismo Papa Benedicto XVI. Siendo así de equívoca, la definición iraburiana no nos sirve y sólo es útil con fines ideológicos a los de su “partido” para pegar a quienes disientan con ellos sin ser progres.

“— Eres un filo-lefebvriano.” Y Santas Pascuas. No hay más debate. A lo sumo se puede responder con un terminante: “— Y tú más.” ¿Se entiende?

Ahora bien, el filo-iraburiano infocatólico José Miguel Arráiz, con la verborragia que lo caracteriza para la utilización de epítetos se ha despachado con una definición de su cosecha en un comentario al Coronel Kurtz.

A continuación, nos permitimos hacer algunas correcciones ortográficas, y hacemos la glosa de sus afirmaciones.

Del contexto de mi afirmación se puede entender perfectamente a quiénes me refiero con sectores cercanos al lefebvrismo (filo-lefebvrianos) como aquéllos que comparten en mayor o menor medida estas posiciones:

¿Qué tan “mayor”, qué tan “menor”? La ambigüedad es siempre útil cuando se trata de construir un “muñeco de paja” al cual convertir en chivo expiatorio. Habiendo despreciado en varias oportunidades la metafísica de Santo Tomás de Aquino, suponemos que el Sr. Arráiz no conoce el principio de participación y, por lo tanto, no sabe que todo ente participa en algún grado del Ente mismo. Por lo tanto, es cuestión de grados (cf. 4ª vía del Aquinate) y esa “mayor o menor medida” es decisiva. Nos explicamos: no es lo mismo decir que todos los Papas fueron pusilánimes, que tal Papa lo fue, que tal otro tuvo o tiene actitudes pusilánimes, o que aquel otro tuvo o tiene silencios u omisiones que podrían indicar pusilanimidad.

Un viejo principio escolástico dice que el distinguir es de sabios. Ver la realidad en blanco y negro sin percibir los grises que de hecho existen no es algo de lo que estar demasiado orgulloso.

1. Aquéllos que creen que la Misa del Novus ordo es o inválida u “objetivamente ofensiva a Dios”.


Difícilmente un lefebvriano (y menos aún sus “filos”) pueda decir que la Misa nueva es inválida cuando el mismo arzobispo Lefebvre dijo en numerosas oportunidades lo contrario. Pero, al mismo tiempo que hizo esta afirmación en declaraciones solemnes, como cartas a los Papas o deposiciones ante la Curia, también sostuvo que esta Misa, al mismo tiempo que válida, era deficiente. Análogamente, uno puede ser un padre legítimo, pero puede ser un mal padre. ¿Tan difícil de entender es esta diferencia?

2. Aquéllos que creen que el Concilio Vaticano II es cualitativamente diferente de los concilios anteriores, o inválido, o intrínsecamente herético, o un concilio con pensamientos con “ambigüedad modernista” o una corrupción o “evolución” de la doctrina católica dogmática, como opuesta al consistente desarrollo (Newmaniana, Vicenciana o Tomista), tal que no es vinculante a los católicos y puede ser no obedecido.

Aquí tenemos ya, como apilonadas, un montón de afirmaciones de relativa validez. Vayamos por partes.

Difícilmente un lefebvriano dirá que el Vaticano II fue un concilio “inválido o intrínsecamente herético”, cuando Lefebvre mismo participó en él y suscribió todos sus documentos.

Ahora bien, que el Vaticano II fue un concilio “cualitativamente diferente” lo han dicho los Papas. Está todo en el discurso inaugural del beato Juan XXIII y a él remitimos:

“Una cosa es la substancia de la antigua doctrina, del ‘depositum fidei’, y otra la manera de formular su expresión; y de ello ha de tenerse gran cuenta —con paciencia, si necesario fuese— ateniéndose a las normas y exigencias de un magisterio de carácter predominantemente pastoral.”

Ahora bien, ¿que algo sea “cualitativamente” distinto (predominantemente pastoral sobre la manera de formular la expresión de la doctrina) lo convierte en malo, bueno, etc.? No necesariamente. Pero sí nos dice bastante sobre la interpretación de sus postulados, especialmente en cuanto Magisterio.

Que los textos contengan ambigüedades es obvio puesto que han admitido y seguirán admitiendo interpretaciones radicalmente distintas. Cuando los Papas Juan Pablo II y Benedicto XVI se han referido a que estos textos deben ser interpretados a la luz de la Tradición admiten esta ambigua redacción.

¿Esta ambigüedad es algo intrínsecamente malo? De vuelta, no necesariamente. Desde siempre, textos conciliares necesitaron precisiones, delimitaciones y (hasta) correcciones. El Credo de Nicea debió ser completado en Constantinopla y, varios siglos después, en Florencia. No es una novedad. Lo que sí es una novedad es que se cierre el debate sobre estos textos, haciéndonos creer que está todo bien. Si estos concilios de la antigüedad necesitaron precisiones, enmiendas, reediciones, etc., ¿qué lo hace tan especial al Vaticano II para no necesitarlas?

¿No será que para muchos es conveniente mantener eternamente una serie de textos  magisteriales ambiguos bajo los cuales protegerse en uno u otro sentido?

3. Aquéllos que creen que el Vaticano II en sus textos magisteriales es la raíz y causa central de la presente crisis modernista, y no las malas interpretaciones de los mismos.


Nos remitimos a lo dicho arriba.

4. Aquéllos que creen que el pontificado de Juan XXIII, Pablo XI y Juan Pablo II son cualitativamente diferentes de sus predecesores, o que ellos conscientemente (o incluso inconscientemente) presiden sobre la destrucción de la tradicional fe católica.


En general, la historia de la Iglesia nos enseña que todos los pontificados han sido “cualitativamente diferentes” unos de otros. Mucho más luego de un concilio. Los Papas posteriores a Trento ejercieron su magisterio de modo “cualitativamente” distinto que la forma de hacerlo sus predecesores. Del mismo modo, los Papas posteriores al Vaticano I alentaron una cuasi-veneración papal desconocida hasta ese entonces al mismo tiempo que alentaban una verdadera explosión de las congregaciones educativas y misioneras e, incluso, del apostolado seglar.

Ahora bien, que los Papas post-Vaticano II “presiden sobre la destrucción de la tradicional fe católica” es una afirmación ligera. En casos concretos, sí, “lefes” y “filos” podrán debatir acerca de “ciertos ‘gestos’… [que] nos causaron profundo desagrado”, para citar a Don Iraburu. Es más, podrán exponer públicamente el “profundo desagrado” que les causó. Del mismo modo que más de una vez el director de InfoCatólica se ha indignado públicamente por el silencio del Episcopado o de la misma Roma ante hechos aberrantes protagonizados por sacerdotes, religiosos, obispos o grupos laicales.

A veces, “lefes” y “filos” podrán dar a estos “gestos”, a aquellos silencios, a estas otras omisiones o a estas palabras imprudentes “una interpretación benigna”, para seguir citando la doctrina iraburiana. Aunque, puede ser que, a la larga, recuerden aquel refrán sobre las buenas intenciones y el camino del infierno.

5. Aquéllos que creen que el ecumenismo o la noción de libertad religiosa, o la salvación fuera de la Iglesia, propiamente entendida a la luz de la Sagrada Tradición –como promulgada y desarrollada especialmente por el Vaticano II– es una radical innovación no presente en la previamente recibida tradición católica.


Sobre el ecumenismo y la bendita “libertad religiosa” se ha hablado tanto, que ya cansa. Baste decir que, difícilmente, un “filo-lefebvriano” no concuerde con los límites que respecto de lo primero ha puesto Juan Pablo II en Ut unum sint y, respecto de lo segundo, el entonces Card. Ratzinger (refrendado por el Papa) en Dominus Iesus. El problema es que una gran porción del episcopado mundial y un número altísimo de fieles no lo creen y sostienen, en las palabras, a veces, o con los actos, casi siempre, que todas las religiones son iguales y que son caminos válidos para acercarse “a la divinidad”. Y su sustento —dicen— es la declaración Dignitatis Humanae del Vaticano II, los encuentros  interreligiosos de Asís, etc.

De nuevo, como dicen en América, ¿quién tiene la culpa? ¿el cerdo o quien le da de comer?

6. Aquéllos que creen que la Iglesia Católica institucionalmente hablando puede actualmente alejarse de la verdadera fe (defectibilidad). Esto incluye nociones conspiratorias de que la Iglesia podría substancial e institucionalmente ser infiltrada por movimientos como la masonería, nuevo orden mundial, secularismo radical o humanismo, elementos protestantes, etc.


No entendemos bien a qué concepto teológico se refiere con lo de “Iglesia católica institucionalmente hablando”. ¿Acaso la que es “casta y meretriz”? ¿Aquélla en la que el “humo de Satanás” se ha infiltrado?

Que la Iglesia, en cuanto está formada por hombres, pueda verse infiltrada por elementos o doctrinas extrañas no es nada nuevo ni debería escandalizarnos. ¿O vamos a creer que media Europa cristiana se hizo protestante de la noche a la mañana en el siglo XVI sin que antes se viese “infiltrada” por malas doctrinas? ¿O, históricamente, no hubo maniqueos, arrianos, monofisitas, pelagianos… albigenses, valdenses, lolardos… falsos conversos, marranos… jansenistas, molinistas… ilustrados, católicos liberales, modernistas?

Desde que el mundo es mundo ha habido conspiraciones y complots. Al menos sabemos con seguridad de un discípulo que portaba la bolsa y entrego a su maestro y de un pueblo que fue instigado por sus sacerdotes para gritar por Barrabás.

Esto no significa caer en la paranoia del conspiracionismo, pero tampoco adoptar posiciones cándidas o ingenuas por temor a “saber demasiado”.

7. Aquéllos que juegan al cisma, a la desobediencia, al juicio privado en nombre de la “Tradición Católica”, por lo que terminan jugando con la verdadera Tradición y construyendo una pseudo-tradición basada en su propia manera de pensar (las tradiciones humanas a que hace referencia la Escritura), inmune a cualquier desarrollo posterior, por decir, a 1958.


Difícilmente personas que constantemente están argumentando de por qué no están en cisma y pidiendo que no se diga más que hay cisma, pueden “jugar” a ello.

Por otro lado, como ya ha sido por demás explicado aquí y en otros sitios, la obediencia, como toda virtud moral, está como en medio de dos extremos. Por lo que se puede pecar por defecto, pero también por exceso. El grado de bondad de la obediencia dependerá de su justicia. Todos somos responsables de nuestros actos, ante Dios no sirve aquello de la “obediencia debida”.


Juzgar utilizando la Tradición como referencia ha sido lo que siempre han hecho los teólogos, ya desde los tiempos Patrísticos. Es más, la Tradición es una de las pruebas de la Teología Dogmática: la existencia de una tradición constante desde los tiempos apostólicos ha sido siempre condición necesaria, aunque no suficiente, para afirmar un dogma. Esto no tiene nada de “juicio privado” en cuanto se haga con método y buena fe: es decir, no basta afirmar que tal o cual Padre de la Iglesia lo dijo o lo hizo, si esto no se desprende del “quod ubique, quod semper, quod ab omnibus” de San Vicente de Lerins; es decir, justamente lo contrario de lo que han hecho los sostenedores de la Comunión en la mano, la Misa versus pópulum, etc. Precisamente han sido ellos con este supuesto arqueologismo los que han roto de manera revolucionaria el lento y pausado “desenvolvimiento (o develamiento) de la doctrina cristiana”, como dijo el beato cardenal Newman (recordamos que el “evolucionismo” de los dogmas que sugiere Arráiz fue condenado por la encíclica Pascendi).

miércoles, 27 de abril de 2011

A NUESTROS LECTORES



Apreciados lectores:

Ante todo, agradeceros por vuestras visitas y comentarios. No esperábamos que este humilde blog tuviera lectores de países tan variados como los que podéis apreciar en el gráfico.

También animaros a que propongáis temas de interés. En los últimos días, hemos recibido algunas sugerencias a las que respondemos:

- El P. Fortea y las limosnas. No merece la pena responderle. Todo cristiano debe tener claros los principios morales y luego obrar con rectitud de conciencia.

- El caso Thiberville. Ya hay suficientes iniciativas en Francia y en el resto del mundo para apoyar a D. Michel. Podemos rezar por él y sumarnos a esas iniciativas pero no tendría razón de ser multiplicar la acciones sin necesidad.

- El VII articulete de D. Iraburu. Deo volente, intentaremos responder a la última pedrada en varias entregas semanales. En tiempo de Pascua no os pidáis la penitencia de contestar todo de una vez.

La Redacción.

jueves, 21 de abril de 2011

AL VI ARTICULETE (CIERRE) Y DAVIDITO ARMSTRONG


- ¿Vale la pena continuar con la glosa? Pensamos que no por dos motivos: Uno, porque la premisa de D. Iraburu es un antecedente pretencioso que vicia el resto de sus conclusiones. Sólo si la tesis de la infalibilidad prudencial positiva de las leyes litúrgicas estuviera establecida con firmeza, valdría la pena proseguir. Como ha dicho un comentarista, si la prohibición del Misal de San Pío V fue un acto positivamente benéfico no es posible juzgarlo de consecuencias trágicas, porque la providencia humana respecto del futuro es elemento esencial de la prudencia gubernativa. Dos, porque la sexta entrega iraburrita contenía una torpeza que debió de ser eliminada sin aviso por el cura o alguno de sus palmeros. El párrafo original:
No es tampoco del todo cierto –aunque algo tiene de verdad– que el Misal antiguo dejase menos margen a la mala celebración que el nuevo. Yo fui ordenado sacerdote en 1963, y podría recordarles algunos modos, no infrecuentes, de celebración de la Misa antigua que eran muy precarios. Recuerdo Misas durante las cuales se rezaba el Rosario, se hacían novenas desde el púlpito, se formaban filas de penitentes ante los confesonarios, un sacerdote predicaba durante toda la misa, guardando silencio solo durante la consagración y la comunión, los fieles con más formación «seguían la Misa» concentrados en sus misalitos bilingües.
Durante once siglos el canon se recitó en silencio. ¿A Iraburu le parece cosa precaria?
- Un lector nos comenta sobre un artículo del bueno de Arráiz, ¡pobre tío! Le vendría bien leerse a Gustavo Thils y dejar el panfleto de Davidito Armstrong. Os dejamos unos fragmentos para la desintoxicación:
Recordar de una manera regular el fin de la infalibilidad, la razón por la cual ha sido concedido este don, ayuda oportunamente a recordar los límites de esta prerrogativa y de su ejercicio. Efectivamente, se trata del primado o de la infalibilidad, el «fin» constituye una norma objetiva que permite, lo primero, fijar el hondo significado de una prerrogativa y, después, delimitar el campo sobre el que ésta se ejerce con pleno derecho. Estas indicaciones tienen, evidentemente, un considerable interés para la teología del papado. También la consideración del «finis primatus» es capital para fijar de manera objetiva los límites de la actividad pontificia, particularmente en sus relaciones con el ministerio del cuerpo episcopal en general, o de los obispos en particular (…) Hay un punto sobre el cual acaso convenga llamar la atención. El fin de la infalibilidad, se dice, es defender la unidad de la fe. La fe y, por lo tanto, no una teología determinada; ni siquiera, hablando con propiedad, una teología, sea la que fuere. Es más fundamental la unidad de la fe. Se aparta uno de la unidad de la Iglesia, ab Ecclesiae unitate deficere, por la herejía, y no por un error de menor gravedad; del mismo modo que se deja de estar en comunión con la Iglesia por el cisma, y no por disensiones menos radicales.
Sería enteramente contrario al profundo significado del carisma de la infalibilidad recurrir a fines que no son tan esenciales, tan fundamentales (…)
Tercer elemento limitativo: el objeto de la infalibilidad. Este lo constituye la revelación (objeto directo) y las verdades necesariamente requeridas para su defensa y proposición (objeto indirecto). La revelación es un principio indiscutible de limitación. Se hará sin duda observar -y con razón- que lo de estar una doctrina «contenida» en la revelación puede entenderse con mayor o menor flexibilidad (…).
¿Constituye un principio de limitación el objeto indirecto de la infalibilidad? Sin duda que sí. Pero su trasgresión es igualmente fácil. Las discusiones del Vaticano I han hecho ver que muchos obispos de la mayoría definían el objeto indirecto de la revelación con un criterio muy ancho. Si en el objeto indirecto de la revelación hay que incluir todo lo que es útil para explicar, justificar, desarrollar la revelación, pocos campos se hallarán a cubierto de semejante expropiación. Los miembros de la diputación de la fe avistaron la dificultad y el peligro. El canon propuesto por ellos manifestaba una tendencia a la restricción: «quae necesario requiruntur». Pero no se pudo llegar a un acuerdo. Existe, pues, en esto un peligro latente de ampliación abusiva de las cuestiones que podrían ser definidas infaliblemente. No hay duda, como lo hemos dicho ya, de que sólo es «teológicamente cierto» que se dé infalibilidad en este campo del objeto indirecto: esto constituye una reserva, pero que pone a cubierto de los daños provenientes más bien de un error cometido que del peligro de cometerlo.” (G. Thils, La infalibilidad pontificia, Sal Terrae, Santander, 1972. Ps. 310-313)

miércoles, 20 de abril de 2011

AL VI ARTICULETE DE D. IRABURU (VII)


7. La Misa postconciliar del Novus Ordo (1970), promulgada por el Papa Pablo VI y recibida por todos los Obispos católicos, es verdadera, santa y santificante, «porque así lo enseña y lo manda la Santa Madre Iglesia». Cuando el Papa da una aprobación solemne a unos Ritos litúrgicos renovados –Misa, Sacramentos, Horas–, está ejercitando al mismo tiempo su autoridad docente y su autoridad de gobierno pastoral. Y en los dos aspectos compromete la infalibilidad de la Sede de Pedro.
Ya hemos tratado con suficiente extensión la supuesta asistencia prudencial infalible de la Iglesia cuando promulga Ritos litúrgicos. Reiteramos que elevar a la categoría de magisterio esa opinión teológica es un abuso.
1.-La liturgia es el modo máximo del Magisterio ordinario de la Iglesia (…). Coincidimos en general con este párrafo.
2.-La Autoridad apostólica de la Iglesia goza de una asistencia prudencial infalible cuando promulga unos Ritos litúrgicos, que siempre son evoluciones homogéneas de Ritos precedentes.
En consecuencia, por ambas razones a la vez, la Liturgia renovada después del Concilio Vaticano II ha de ser «creída» –Credo in Ecclesiam– y ha de ser «aceptada» como santa y santificante, como exenta de todo error y como positivamente benéfica para el pueblo cristiano. No es perfecta, por supuesto, y admite perfeccionamientos ulteriores que, muy probablemente, la Providencia divina nos concederá a su tiempo.
La asistencia prudencial infalible es una opinión teológica discutible. Pero la aplicación rigorista que hace de esa tesis D. Iraburu se acerca al ridículo.
- Alfredo Ottaviani. Es por todos conocido el Breve examen crítico del Novus Ordo Missae, y la carta en la que los cardenales Ottaviani y Bacci, manifestaron a Pablo VI que el nuevo Ordo se aparta de modo impresionante, tanto en el conjunto como en el detalle, de los cánones de Trento. Cierto que los cardenales convencieron al Papa de trastocar la definición de la instrucción general pero ello no resultó en ningún cambio en el propio Ordo Missae. Si la asistencia prudencial infalible fuera algo más que una discutible opinión teológica, habría que acusar a los cardenales citados de grave pecado, heterodoxia y escándalo.
Alfonso Stickler. El cardenal en un ensayo –no en un relato anecdótico- traducido a varios idiomas, y ampliamente divulgado, somete al Novus Ordo Missae a fuertes críticas. Y contra la opinión de D. Iraburu habló de: “…ruptura, una creación radicalmente nueva”. Si la asistencia prudencial infalible fuera algo más que una discutible opinión teológica, habría que acusar al cardenal de grave pecado, heterodoxia y escándalo.
- Joseph Ratzinger. Enlazamos a una antología de textos de Juan Luís Ferrari Cortés. “…la promulgación –por Pablo VI- de la prohibición del Misal –de San Pío V- que se había desarrollado a lo largo de los siglos desde el tiempo de los sacramentales de la Iglesia antigua,comportó una ruptura en la historia de la liturgia cuyas consecuencias sólo podían ser trágicas”. ¿Cómo podría tener consecuencias trágicas una decisión prudencial infalible? Si la asistencia prudencial infalible fuera algo más que una discutible opinión teológica, no sería legítimo que Ratzinger hubiera criticado la prohibición del Misal de San Pío V como un hecho de consecuencias trágicas.
Si D. Iraburu está en la verdad cuando afirma que la Misa de Pablo VI está “exenta de todo error” y es “positivamente benéfica”, debe condenar las opiniones de los cardenales mencionados. Desde aquí le sugerimos que lo intente ante la Congregación para la doctrina de la fe con los libros de Joseph Ratzinger.
A suivre....

lunes, 18 de abril de 2011

AL VI ARTICULETE DE D. IRABURU (V y VI)



5. El lefebvrismo conduce al sedevacantismo…
No podía faltar el fantasmón del sedevacantismo. D. Iraburu, como historiador es un mal cronista, y como cronista un buen fabulador.
El sedevacantismo comenzó con independencia de la Hermandad de San Pío X. El iniciador fue el jesuita Joaquín Sáenz Arriaga, que publicó en 1971 su libro La nueva Iglesia montiniana. En ese mismo año, el Cardenal Wright, escribió una carta al Arzobispo Lefebvre, llena de elogios hacia la Hermandad recientemente aprobada. En 1976 Monseñor Lefebvre fijó su posición contraria al sedevacantismo en Le coup de maître de Satan. Y en 1978 dejó en claro que no se toleraría en el seno de la Hermandad a quienes se negaran a rezar por el Papa en cuanto tal, y sostuvieran la invalidez del Novus Ordo. Su posición inalterada sobre el sedevacantismo puede verse aquí. Un botón de muestra de 1988: “…Podríamos haber adoptado muchas actitudes, y especialmente aquella de una oposición radical: el Papa admite ideas liberales y modernistas, luego él es herético, por lo tanto no es más Papa. Es el sedevacantismo. Se terminó, no se considera más a Roma. Los cardenales elegidos por el Papa no son cardenales; todas la decisiones tomadas son nulas. Personalmente siempre he pensado que se trataba de una lógica demasiado simple. La realidad no es tan simple. No se puede tachar a alguien de ser hereje formal tan fácilmente (Conferencia a los seminaristas de Flavigny, - Fideliter N° 68).
Es verdad que algunos integrantes de la Hermandad han caído en el sedevacantismo. Pero no lo es menos que la Hermandad los ha expulsado. Lo que D. Iraburu no dice –posiblemente no lo sepa, porque escribe a pedido, sobre un tema que desconoce- es que la mayoría del clero sedevacantista ni siquiera ha recibido las sagradas órdenes de los obispos de la Hermandad de San Pío X.
Por lo demás, Iraburu repite la chapuza de tomar algunos textos extremos, expresivos de momentos muy difíciles, tal vez de gran oscuridad, para demostrar una relación entre Monseñor Lefebvre y el sedevacantismo. Vale recordar nuevamente que san Cipriano de Cartago tuvo expresiones fuertes en su conflicto con el papa Esteban.
6. El lefebvrismo se aproxima también en algunas cuestiones al «libre examen»
La comparación con el “libre examen” es un síntoma de deterioro intelectual que no esperábamos llegara a estos extremos. Las diferencias son abismales. Lo examinado por los protestantes es la totalidad de la revelación pública (reducida a la Sagrada Escritura), mientras que lo examinado por Monseñor Lefebvre es una parte de un concilio pastoral y no dogmático. El criterio para el examen de las novedades del Vaticano II no es la subjetividad de la conciencia personal de cada cristiano, sino el magisterio precedente de la Iglesia, claro y reiterado.

AL VI ARTICULETE DE D. IRABURU (IV)



4. Es contrario a la Tradición católica rechazar públicamente las enseñanzas y normas establecidas por los Concilios, especialmente por los Concilios Ecuménicos, aunque éstos hayan tratado predominantemente de asuntos pastorales y disciplinares. Por eso la actitud lefebvriana es incompatible con la Tradición católica.
La tesis central supone mucho de lo que debe probar. Lo primero que hay que deshacer es el equívoco iraburrita de divinización de los concilios ecuménicos. Es doctrina católica pacífica y universal que un Concilio, sin el Romano Pontífice, es inferior a este; y que el Concilio con el Papa, no es superior a este, ya que la misma jurisdicción tiene el Papa sólo y el Concilio con el Papa. El Concilio nunca es superior al Papa. Si en determinados casos es lícito resistir públicamente al Papa; luego -a fortiori- será lícito resistir las enseñanzas de un Concilo.
(a) La resistencia es conforme a la Tradición. Fiel al pensamiento neoconservador D. Iraburu presenta la obediencia al Papa y al Concilio como un deber absoluto. Pero olvida mencionar que se puede pecar contra la obediencia por exceso, obedeciendo en cosas contrarias a una ley o a un precepto superior, y en este caso se tiene el servilismo. Sería fácil justificar nuestra tesis con numerosas citas de la Escritura, la Tradición, el Magisterio, las opiniones de los teólogos y los ejemplos de los santos. Para ser breves remitimos a esto.
(b) La resistencia pública a los actos no infalibles puede ser lícita. En determinadas condiciones extremas, la resistencia a la autoridad puede ser pública. Desde la resistencia de Pablo a Pedro (Gal II:14) santos doctores como Tomás de Aquino y Roberto Bellarmino, teólogos como Suárez, Cornelio a Lapide y Francisco de Vitoria, admiten no ya la suspensión del juicio, ni una resistencia meramente privada, sino una resistencia pública. Los textos se encuentran en el enlace que damos en (a).
(c) La resistencia pública de la Hermandad de San Pío X. Tenemos que insistir en que la posición de Monseñor Lefebvre no fue el rechazo total del Concilio Vaticano II, sino de algunas novedades conciliares, a pesar de las expresiones metonímicas por las que se designa la parte por el todo.
La resistencia pública de los “lefebvrianos” se puede resumir en cuatro proposiciones:
1. Es posible que existan algunos errores en la enseñanza falible de un concilio o de un papa.
2. Que esos errores en la enseñanza amenacen gravemente el bien común de la Iglesia.
3. Que algunos obispos, sacerdotes, y fieles, tengan conciencia cierta de esos errores.
4. Que, consecuentemente, se opongan lícitamente a esos errores, con el debido respeto pero con firmeza; y que denuncien los errores, recurriendo a un magisterio anterior, claro y constante.
Nosotros no tenemos la misma certeza de conciencia que los miembros de la Hermandad, razón por la cual no podemos seguirlos en todo. Pero tampoco podemos condenarlos como hace D. Iraburu, porque sabemos que quien obra con conciencia recta (aunque esté en el error) no peca ni es culpable ante Dios.

domingo, 17 de abril de 2011

AL VI ARTICULETE DE D. IRABURU (III)



- No podemos evitar extendernos –quizá más de lo deseable- en la glosa al punto que sigue, porque es una de las columnas en las que D. Iraburu apoya sus reflexiones. Un pilar que no es tan sólido como nuestro vecino lo muestra.
3. La enseñanza personal del Papa y la del episcopado universal que permanece unido a él, disperso por el mundo o reunido en concilio, es infalible cuando en materia de fe y costumbres propone a los fieles unas verdades para que las sostengan como de fe. (…)
Aquí D. Iraburu se salta la torera del principal problema doctrinal del Vaticano II: unas novedades falibles que se deben conciliar con la Tradición expresada por el magisterio anterior.
Por eso respecto de este segundo aspecto de la infalibilidad eclesial creo conveniente recordar una doctrina clásica que expone el P. Faynel: «En las decisiones de orden general (grandes leyes de la Iglesia, disposiciones permanentes del derecho canónico, impedimentos del matrimonio de derecho eclesiástico [promulgación de Ritos litúrgicos renovados sobre la Misa y los Sacramentos, añado yo], la Iglesia goza de una asistencia prudencial infalible, entendiendo por ella una asistencia [de Cristo] que garantiza la prudencia de cada una de esas decisiones; no solamente en el sentido de que no pueden contener nada de inmoral o de contrario a la ley divina, sino que serán todas ellas positivamente benéficas. No traduzcamos, sin embargo, mal estas palabras, en el sentido de “serán decisiones perfectas”». «En las decisiones de orden particular (organización sinodal de una diócesis, procesos de nulidad de un matrimonio, etc.), la Iglesia goza de una asistencia prudencial relativa, entendiendo por ella una asistencia que garantiza el valor del conjunto de esas decisiones, pero que no lo garantiza considerada en particular cada una (collective sed non divise)» (L’Église, vol. II, Desclée 1970, 100).
D. Iraburu considera una doctrina clásica la tesis de la asistencia prudencial infalible en las decisiones de orden general. Es una afirmación que se debe contrastar:
a) Opinión teológica, no doctrina de la Iglesia. Lo que D. Iraburu llama doctrina no es más que una opinión teológica que no pertenece explícitamente al magisterio de la Iglesia. Ya en 1873 Monseñor Joseph FESSLER, Secretario general del Concilio Vaticano I (que definió el dogma de la infalibilidad pontificia) en su obra La vraie et la fausse infallibilité des papes (Ed. Plon. Paris), aprobada por un breve de PIO IX, tenía muy en claro que lo clásico era considerar a la tesis como “…una opinión teológica (…) que no ha sido rechazada ni confirmada por la definición de ese Concilio” (p. 184). Además, para el obispo FESSLER, los juicios del papa como supremo legislador universal, en materias de disciplina y gobierno, no constituían sentencias infalibles (véase, p. 93, párr. d). Y Sobre las opiniones teológicas los “Romanos Pontífices, en general, conceden libertad a los teólogos” (PÍO XII, Enc. Humani generis)
b) El alcance de la opinión teológica. Varios manuales coincidían en que la infalibilidad de la Iglesia podría extenderse también a las leyes universales como teológicamente cierto (cfr. ZUBIZARRETA, VAN NOORT, PESCH, DORSCH, TANQUEREY, SALAVERRI). Pero como las leyes, por sí mismas, no pertenecen a la función de enseñar de la Iglesia, sino a la de gobernar, sólo por vía indirecta pueden ser infalibles, es decir, en razón de un juicio doctrinal implícito que pronuncia la Iglesia cuando las aprueba
Pero una ley universal, además del juicio doctrinal, es pasible de un juicio práctico, de oportunidad. Y en este aspecto prudencial los manuales no coinciden en admitir la asistencia prudencial infalible que acepta Iraburu. Pongamos dos ejemplos: “Attamen Ecclesia errare potest circa opportunitatem talis vel talis legis in se bonae (…)” (TANQUEREY, Sinopsis, T. I., n. 841, d, p. 546); “por lo que respecta a los preceptos disciplinares (…), la infalibilidad se extiende al juicio doctrinal (iudicium doctrinale) sobre el acuerdo entre (…) el precepto disciplinar y la verdad revelada, pero no al juicio práctico sobre la oportunidad (iudicium prudentiale)” (SCHMAUS, Teología, T. IV, n. 177, b, p. 776).
Una asistencia prudencial infalible como la que postula D. Iraburu tiene que sortear una grave dificultad: se hace del papa un sujeto impecable en cuanto a la prudencia gubernativa.
c) Infalibilidad de las normas litúrgicas. Se puede admitir que el Novus Ordo sea una ley universal. Y distinguir, con teólogos de peso (Suárez, Juan de Santo Tomás) la substancia de la ley, de su prudencia u oportunidad (aplicación, circunstancias, rigor, conveniencia, y otros componentes ligados a factores contingentes). Las leyes litúrgicas universales son infalibles en cuanto a su substancia -la substantia sacramenti- no en cuanto a su prudencia u oportunidad. De ahí que sea una ligereza teológica concluir que cualquier rúbrica aprobada, en todos sus aspectos, está exenta de error por la garantía de la infalibilidad. En primer lugar, es preciso distinguir el aspecto doctrinal de los ritos litúrgicos, de los otros aspectos de orden práctico, como la aptitud para conducir a la piedad, etc. Cuando se habla de infalibilidad de la Iglesia en la aprobación de un rito universal se significa propiamente que no puede haber error contrario a la fe en la doctrina implicada, y que el Espíritu Santo garantiza la validez substancial del rito, pero ello no impide otras de deficiencias objetivas. En segundo lugar, es una equivocación pensar que la infalibilidad de las leyes litúrgicas se produce de manera automática, en todas y en cada una de sus partes, por el simple hecho de su promulgación por la autoridad pontificia.
Las normas litúrgicas universales comprometen la autoridad infalible de manera variable y diferenciada, tal como lo explicó Pablo VI: “El rito y su correspondiente rúbrica no constituyen, como tales, una definición dogmática y son susceptibles de una calificación teológica de valor diverso, según el contexto litúrgico al que se refieren. Los ritos son gestos y expresiones que dicen relación a una acción religiosa vivida y viviente de un misterio inefable de presencia divina, acción no siempre realizada de una manera unívoca, y que únicamente la crítica teológica puede analizar y expresar en fórmulas doctrinales lógicamente satisfactorias”. (Audiencia general del 19 de noviembre de 1969, publicada en “L'Osservatore Romano”, 2 de dic. 1969, p. 3).
d) Monseñor Lefebvre y la Infalibilidad del Novus Ordo. El Arzobispo siempre reconoció al Novus Ordo como válido y no herético. Si la asistencia prudencial infalible que defiende D. Iraburu fuese una doctrina perteneciente al magisterio definitivo de la Iglesia, y no una opinión teológica discutible, Juan Pablo II, y Joseph Ratzinger, le habrían exigido al Arzobispo Lefebvre explícita adhesión a esa doctrina en el protocolo de 1988. De hecho, no lo hicieron en 1988, y tampoco lo ha hecho la Comisión Ecclesia Dei respecto de las comunidades tradicionales regularizadas desde su creación. Para la Iglesia, la plena comunión se puede alcanzar sin estar de acuerdo con las opiniones del capo infocatólico.
e) Favens heresim. Iraburu se escandaliza de la expresión favens heresim (favorecedor de la herejía). ¿Acaso no dice Iraburu que el debilitamiento de la Autoridad apostólica ha sido favorecedor de la heterodoxia? Una Autoridad apostólica que posee la asistencia del Espíritu Santo… Parece que Iraburu ha olvidado que la ambigüedad de ciertos textos, las omisiones, el empobrecimiento ritual, junto a otras circunstancias, pueden favorecer la heterodoxia de un modo semejante al de los cooperadores negativos (los que callan, no ofrecen resistencia o no denuncian), sean inmediatos o mediatos.
¿La expresión favens heresim parece muy fuerte? Es posible. Pero recordemos que la Iglesia reprobó el uso de la lengua vernácula en la liturgia en los siguientes términos: “falsa, temeraria, perturbadora del orden prescrito”. Que la traducción del canon de la Misa fue prohibida bajo pena de excomunión, y que Alejandro VII llamó a los traductores: “hijos de perdición, amantes de novedades para ruina de almas”, “que quieren degradar los sagrados ritos, disminuyendo la majestad que les viene de la lengua latina”.

sábado, 16 de abril de 2011

AL VI ARTICULETE DE D. IRABURU (II)


- Con el permiso de nuestro director espiritual damos inicio a las entregas diarias que nos permitirán concluir nuestra glosa crítica al sexto articulete de D. Iraburu. Antes de leerlo, consultad a vuestros directores, porque es penitencia extraordinaria por más que estemos en Cuaresma.

En el artículo precedente expuse que la enfermedad lefebvriana tenía como causas principales un discernimiento condenatorio de la Iglesia postoconciliar y de sus Papas, y una convicción de que la Fraternidad San Pío X era necesaria e imprescindible para la continuidad de la Iglesia. Unasíntesis histórica vino a confirmar este diagnóstico. Y como medicina a esa enfermedad, se hace necesario reafirmar algunas verdades fundamentales de la fe en la Iglesia.
1. No existe más Iglesia que la Iglesia actual y visible, presidida por el Papa y por los demás sucesores de los Apóstoles. El que no cree en «esta Iglesia», no cree en ninguna, porque no existe otra. (…)
Ya hemos anticipado en la introducción a estas glosas que las expresiones metonímicas y metafóricas son la explicación de la aparente dicotomía entre Roma temporal y Roma eterna en los textos de Monseñor Lefebvre. Son expresiones que designan partes de la Iglesia presente. Así como el amigo de D. Iraburu habla de Iglesia pecadora, refiriéndose a la Iglesiacomo congregatio fidelium, que puede estar llena de pecadores; pues la Iglesia es una realidad divino-humana, a la vez santa y compuesta por pecadores; similarmente, para Monseñor Lefebvre Roma significa al Papa, y a la Curia Romana, en cuanto sujetos de error-pecado, que sin embargo no dejan de pertenecer a la Jerarquía de la Iglesia.
Buscas en Roma a Roma ¡oh peregrino!
y en Roma misma a Roma no la hallas:
cadáver son las que ostentó murallas
y tumba de sí proprio el Aventino.
(Francisco de Quevedo)
Al celebrar Mons. Lefebvre con Mons. Castro Mayer la ordenación cismática de cuatro Obispos, se desarrolló al seguir el ritual este diálogo: – «¿Tienen el mandato apostólico [para ordenar]? –Lo tenemos. –Léase. –Lo tenemos de la Iglesia romana siempre fiel a las santas tradiciones recibidas de los Apóstoles»… (Tissier 593). La fórmula suena bien, pero no vale: es puramente ilusoria. Carecían por completo de «mandato apostólico» para consagrar Obispos, porque San Pedro solo da ese mandato apostólico a través de su Sucesor, el Obispo de Roma, presidida entonces por Juan Pablo II, que en una carta personal a Mons. Lefebvre le mandó con máximo apremio que no ordenase.
D. Iraburu mezcla las churras con las merinas. Que no tenían mandato expreso es cosa evidente para todos. Pero creían que el estado de necesidad les daba unmandato tácito, supletorio, en virtud del principioEcclesia suplet.
2. Credo in Ecclesiam. Es «la fe en la Iglesia», Mater et Magistra, la que nos abre la mente a todas «las verdades de fe» que ella enseña. (…) Consiguientemente, cuando Lefebvre declara que «la Iglesiaconciliar» ha caído en la apostasía y que ha roto con la Tradición verdadera, está atacando la única Iglesia existente, está socavando la Roca sobre la que se levanta todo el edificio de la fe cristiana. Y en vano tratará de sostener su casa espiritual en el fundamento de una «Iglesia romana siempre fiel a las tradiciones de los Apóstoles», distinta de la presente, porque no existe.
D. Iraburu reincide en el defecto hermenéutico que ya le señalamos en 1. La expresión Iglesia conciliar es metonímica, tanto como la expresión Iglesia pecadorade Sayés, y ambas referidas a un mismo aspecto: los errores-pecados de quienes gobiernan la Iglesia, que no dejan de influir en el presente eclesial.
Es una incoherencia que el mismo Iraburu, que ha criticado la "debilidad" de la Autoridad apostólica como causante de las infidelidades en la Iglesia, ahora no caiga en la cuenta de que así está atacando a la única autoridad apostólica existente en la Iglesia, está socavando la autoridad sobre la que se levanta… Si lo dice Lefebvre, mal, pero si lo dice D. Iraburu, palabra santa... Doble rasero.