Nunca se dirá suficientemente lo importante que es, lo decisivo que puede resultar determinar con exactitud el terreno de este combate.
Es verdad que en muchos asuntos —empleo del latín, liturgia, catequesis, música sagrada, etc.— bien pueden los laicos expresar un deseo una opinión, formular una crítica (puesto que el mismo Concilio lo acaba de recordar), pero también es verdad que no les corresponde zanjar ni decidir en estas materias. Ya que el dominio de ellos corresponde total y muy legítimamente a la competencia sacerdotal.
No se actúa, no se comporta uno de la misma manera según se encuentre en casa de otro o en la propia.
No se puede actuar, no se puede escribir, hablar, organizarse, intervenir de la misma manera si uno se encuentra en el terreno que legítimamente pertenece a otra autoridad o en el propio de uno mismo.
Y por consiguiente… los organismos, el objeto de las intervenciones, su orientación y su estilo pueden y deben diferir… según se proyecte una acción temporal (esto es: una acción donde libremente el poder de decisión corresponde a los seglares);… o bien se emprenda una acción específicamente religiosa, espiritual, litúrgica (esto es: una acción que corresponde en última instancia a la autoridad de los clérigos).
Si se desconocen estas distinciones, como algunos procuran, no se conseguirá sino desarrollar la confusión y crear situaciones sin salida.
Sólo una justa distinción de los dos dominios: espiritual y temporal, puede ofrecer a los clérigos y a los seglares el terreno adecuado para su más segura eficiencia y para su armoniosa complementariedad.
Sólo esta distinción ofrece a los seglares más celosos un campo de acción en el que pueden avanzar sin se amenazados por los dañosos peligros que han producido incontables víctimas.
De una parte: el peligro de “contestaciones”, de continuas disputas con aquellos a quienes Michel de Saint-Pierre denominaba los “nuevos curas”.
De otra parte: el peligro de dejarse neutralizar por ellos.
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