La verdad es que una
de las cosas que más me han llamado la atención y me han sido siempre
altamente simpáticas, es la valentía y franqueza
de nuestros
grandes Teólogos-juristas al hablar de la potestad del Papa y del Rey o
Emperador. La católica España, la que nuestros enemigos gustan de
calificar de inquisitorial, no les quitaba la libertad para decir al
Papa y al Rey o Emperador la verdad, cruda y acaso hiriente, que nuestros
adversarios no eran capaces de exponer ante sus gobernantes, ya
fuese un Príncipe con señorío feudal. Súbditos del Emperador Carlos V, Rey
de España, sepultan para siempre la vieja teoría cesarista sobre el
poder universal de los Emperadores, ya fuesen coronados por el Papa;
católicos fieles al Papado le niegan al Papa ese poder universal en
los asuntos civiles y temporales, que le concedía la antigua teoría
teocrática; miembros de una Nación, en la que no se ponía el sol, con un
inmenso Nuevo Mundo por delante, proclaman los Derechos y Deberes de
los mal llamados indios, sepultando los títulos falsos de conquista, vigentes
todavía en Europa, por ser la síntesis del pensamiento medieval, superado
con creces por Vitoria y Domingo de Soto, desde sus cátedras en la
Universidad de Salamanca, donde conviven durante veinte años en el mismo
convento de Dominicos, hasta la muerte del primero (1546).
Los sucesores, los Maestros
del XVI y XVII, miembros de todas las Ordenes Religiosas, del clero y
también seculares, no hicieron más que reafirmar, con rara unanimidad, las
doctrinas de estos Maestros en el campo teológico-jurídico, con las
ampliaciones y aplicaciones que exigían los problemas de su tiempo.
En suma, nuestros Maestros teólogos supieron reconocer al Papa y
a la Iglesia todos los derechos que legítimamente le corresponden, en el
orden espiritual, como Vicario de Cristo y Jefe de una sociedad perfecta,
soberana, independiente y per se suficiens, en las materias que la
corresponden. El llamado galicanismo y conciliarismo son frutos extraños,
como lo era el regalismo.
Con la misma exactitud reconoce a la potestad civil, a los Reyes o Jefes del Estado,
los derechos soberanos, su independencia en los asuntos temporales. Son
doctrinas, clara y perfectamente logradas en aquella España del XVI. Desde
el punto de vista ideológico no vemos la menor dificultad. Entre los
predecesores debemos recordar al cardenal dominico Juan de Torquemada, son
su Summa de Ecclesia, publicada hacia mediados del xv, de quien
Pastor, a pesar de su abierto antiespañolismo, considera como el más
sabio de los miembros del Sacro Colegio y el mayor teólogo de su
época (6). Tras él es de justicia citar al gran cardenal Tomás de Vio
Cayetano.
General de la Orden Dominicana y comentador de la Summa Theologiae del
Doctor Angélico, que vio quemar alguna de sus obras en París, por
combatir el conciliarismo y el galicanismo. Si a las producciones de estas
grandes figuras, que hacen época, añadimos la aportación de Melchor Cano,
con su obra De Locis Theologicis, en la que se revisan las fuentes
de la ciencia sagrada, amén de la potestad del Papa y de los Concilios,
tenemos que confesar que el Concilio Vaticano I, al definir la
infalibilidad personal del Vicario de Cristo, en el sentido ya
expuesto, consagra como dogma lo ya logrado por la ciencia teológica, con
su base escrituraria y la tradición secular.
___________________
(6) Pastor, Historia
de los Papas, 1. 2, p. 7. Eugenio IV, por su defensa de la verdad en Basilea y en Ferrara-Florencia, concilios
históricos, honró a Juan de Torquemada con el título de "Defensor fidei"
y Pastor le
proclama "el más sabio de los miembros del Sacro Colegio" y "el mayor
teólogo de su época".
Tomado
de:
Carro O.P., Venancio. LA IGLESIA Y EL ESTADO. ANOTACIONES
TEOLÓGICO-JURÍDICAS ANTE LOS PROBLEMAS ACTUALES. Anales de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, nº 48 (1971),
p. 65 y ss.
3 comentarios:
No sólo de palabra, sino de obra. El proceso montado al Catecismo Romano promulgado por San Pio V por los teólogos del Rey es un claro ejemplo.
El cardenal Cayetano también es el que introdujo la Summa Theologica en como texto básico en los planes de estudios de las universidades, que hasta ese momento todavía tenían las sentencias de Pedro Lombardo. Oportuno artículo.
Extraordinario post teniendo presente la autorizada pluma del P. Venancio, Hoy cómo se echan de menos a los Sotos y Vitorias. No en vano frente a San Esteban la plaza rememora al Concilio de Trento.
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