lunes, 30 de junio de 2014

Respuesta a Sofronio

“Una [bitácora] no está viva sino cuando cada número
disgusta a una buena quinta parte de sus [lectores]…” (Charles Péguy).

Estimado Sofronio:
Respondemos a su comentario:
(I) Corresponde al Romano Pontífice, si lo considera oportuno, determinar la forma concreta de devociones privadas como el S. Rosario. No a nosotros, ni a Ud.: al Papa.”
¿Y eso afirmación de dónde la saca? Sólo puede extraerse de Pigius o de algún sedevacantista montaraz, jamás del verdadero Magisterio de la Iglesia, ni por supuesto de Santo Tomás de Aquino, de ninguna. Ni es doctrina infalible de la Iglesia, ni muchos menos ex cáthedra y ni siquiera doctrina común.
Nos sorprende mucho que diga estas cosas, porque la vinculación con el dogma es bastante próxima. La limitación de la potestad varía según la materia.
1. Potestad de la Iglesia sobre los sacramentos. Por razones de brevedad omitimos citar (Pío XII, León XIII, Trento y Florencia) y afirmamos que:
(a) el Romano Pontífice no dispone de poder alguno para cambiar la parte esencial de los sacramentos que se basa en la institución divina;
(b) pero  dispone de poder para mudar la parte ceremonial de los sacramentos.
La distinción entre parte esencial y parte ceremonial es magisterial (León XIII) y de aceptación común entre los teólogos: “…los ritos esenciales de los sacramentos, que se basan en la institución divina, y aquellas otras oraciones, ceremonias y ritos accidentales que con el correr del tiempo fueron introduciéndose por la costumbre o por una prescripción eclesiástica positiva…” (Ott).
Suponemos que Ud. acepta las dos tesis enunciadas y la distinción. Además, que distingue la Tradición de las tradiciones teológicas, disciplinares, litúrgicas o devocionales, nacidas en el transcurso del tiempo. A partir de aquí, es cuestión de aplicar principios generales y recta analogía.
2. Potestad de la Iglesia sobre los sacramentales. Se aplican los principios generales relativos al Primado y por analogía los principios referidos a los sacramentos. Pero la tesis (a) no vale aquí: la potestad del Papa en este campo es mucho más amplia que en materia de sacramentos, pues los sacramentales son de institución eclesiástica, no de institución divina. El Papa puede alterar libremente la parte esencial de los sacramentales y también puede modificar la parte ritual, todo con una amplia libertad de determinación.
3. Potestad de la Iglesia sobre las devociones privadas y el Rosario. Si la potestad del Papa es amplia respecto de la parte ceremonial de los sacramentos, más extensa sobre la esencia y el rito de los sacramentales, es todavía mayor respecto de las devociones privadas. Sería absurdo reconocer al Papa potestad para cambiar la liturgia de los sacramentos, modificar o suprimir sacramentales, reformar el Oficio Divino (culto público y oficial) y a la vez limitar indebidamente esa misma potestad respecto de la forma de rezar el Rosario (que es un acto de culto no litúrgico a la madre de Dios). El Pontífice posee sobre las devociones privadas, las mismas potestades que respecto de los sacramentales: establecer nuevas, interpretar las que existen, modificarlas o suprimirlas.
Pero nos encontramos con algunos que dicen: el Papa se ha creído más sabio que la Virgen… ¿Cómo lo saben? ¿Tienen comunicación directa con la Virgen? Más importante: ¿se han puesto a meditarlo a la luz de la Revelación y de la Teología? ¿Comprenden la diferente obligatoriedad de una revelación privada para el vidente y para el papa? ¿Creen que una revelación particular, por aprobada y venerable que sea, limita al Primado en lo que es de su competencia propia? ¿Hace falta recordar que cualquier Papa tendría potestad hasta para suprimir el Rosario, mediante un acto legítimo -pecaminoso, probablemente- mientras que no podría legítimamente abolir la extremaunción, así como de modo semejante podría extinguir a los jesuitas y no podría abolir el Episcopado?
Lo que es de institución eclesiástica por naturaleza es reformable. La Revelación pública se cerró con la muerte del último Apóstol. No existen segundas revelaciones (Fátima, Lourdes, Salette, etc.) que divinicen lo eclesiástico y por ello impidan a un Papa su modificación.
Todo esto pertenece al perenne patrimonio teológico-jurídico-litúrgico de la Iglesia y de forma pacífica. Nos sorprende tener que repetirlo aquí y a una persona con sus conocimientos.
4. Los misterios luminosos. Siguiendo la analogía sacramental de Alastruey, en el Rosario hay una parte esencial compuesta de materia (preces vocales) y de forma (meditación de los misterios). Y ambos elementos esenciales se mantienen en los misterios luminosos. Quien tenía potestad para abolir el Rosario, o alterar obligatoriamente su parte esencial, se limitó a introducir un cambio de uso facultativo, que implica un cierto retorno, aunque parcial, al Rosario medioeval. ¿Sería legítimo que hubiera restaurado los 150 misterios? Sí, aunque inoportuno y de consecuencias previsibles.
¿Por qué lo hizo? Porque juzgó oportuno sugerir la meditación de “los misterios de la vida pública de Cristo” como complemento perfectivo. El documento contiene un apartado para justificar la innovación y su oportunidad. No es serio omitir leer los documentos criticados, como se evidenció en dos comentarios del anónimo.
5º. Sana crítica. Si los misterios de luz no tuvieran fundamento bíblico o patrístico alguno –hay otras devociones particulares que tampoco lo tienen-, la innovación merecería críticas fuertes. Si se impusieran obligatoriamente, también podría haber críticas severas. No es el caso, y no vale aquí cambiar de tema ejemplificando con otros actos lamentables de Juan Pablo II, como hizo el anónimo, para eludir la inconsistencia de los argumentos esgrimidos.
Podemos admitir sin dificultad críticas a la oportunidad del cambio, a su justificación teórica, a cierta pérdida de concordancia simbólica, etc. Pero, ¿qué resultado se espera de argumentos como “666” o la “fuente Valtorta”, sea que los enuncie Cardozo o nuestra vecina? Objetivamente, lo que se consigue es hacer del tradicionalismo irrisión de los católicos. No se puede hacer el mal para obtener un bien, tampoco se puede emplear malos argumentos –falsos, calumniosos, ridículos, disparatados- para defender buenas causas. Tratamos de evitarlo y lo criticamos. Aunque también podemos caer en estos defectos.
(II) Estoy viendo últimamente un sesgo preocupante en el blog. Tal vez a fuerza de imponer la equidistancia se pierde, con alguna frecuencia, en los árboles, perdiendo de vista el bosque. A veces se toma uno -no sólo le pasa a ustedes, también a mí- demasiados esfuerzos en encumbrarse a la cima de una escalera para otear sin estorbos el límpido y amplio horizonte, pensando que los demás no lo ven, y luego de una larga vida ascendiendo peldaño a peldaño, se llega a la cumbre o se piensa que ha llegado, para descubrir finalmente que había colocado la escalera en la pared equivocada.
Mantenemos la “línea editorial” y nuestras principales opiniones. La bitácora cuenta con entradas inéditas en carpeta (más de 150) y otras que se hacen en el momento para tratar algún tema de actualidad.
Nunca coincidimos con el sedevacantismo, ni con formas de tradicionalismo ideológico, radicalizado, a veces fanático y sectario. Quien espere un viraje en esa dirección, justificado por el “efecto Francisco”, terminará desilusionado. Lo mismo le ocurrirá a quien suponga que vamos a hacer causa común en una suerte de “frente popular antifrancisquista” o a integrar una  “red de bitácoras anti-Bergoglio”… 
Desde hace tiempo hemos pensado que nos gustaría escribir una serie de entradas titulada Achaques y manías del tradicionalismo. Básicamente sería plagiar a Wanderer desde sus orígenes.
Notamos que también Ud., Sofronio, ha cambiado algunas opiniones, y la forma de expresarlas, desde los primeros años de matercastissima.org hasta la actualidad. No emitimos juicio de valor al respecto.
En todo caso, seguiremos el camino del Omne verum (et bonum) tomasiano y mantendremos nuestra independencia de criterio. Y si Juan Pablo II, Francisco o Carlos Marx, dicen una verdad, omne verum tomasiano aunque algunos se enojen. 
(III) Lo digo por varias cosas y sólo voy a citar tres ejemplos:
1-La frecuente descalificación del adversario en la diatriba con palabrejas tale como frikis, etc., aparecen ene le blog, bastante usadas por la redacción.
2.-El uso de argumentos contra espantapájaros inventados para desahogarse contra él. El ejemplo es el debate mantenido con el anónimo, donde no les ha temblado la mano en colocar tesis en su adversario que él no ha sostenido, para de esa forma aparentar ganar la contienda.
1. Una crítica que aceptamos, en general, pero que olvida que ya dimos una definición de frikitradicionalismo. Muchas veces parecerá al lector que tenemos reacciones desproporcionadas. Todos los días tenemos que eliminar mensajes de dos anónimos, que se comportan como trolls, y que parece quieren jugar al campeonato de delirantes en nuestro blog.
2. Es posible que hayamos malinterpretado al anónimo o que él no se haya expresado con claridad. Ahora, si el primer mensaje que un anónimo deja en una bitácora sugiere un ad hominem para el redactor, que no se sorprenda si recibe un “palo” como primera respuesta. Además, si en el comentario, no queda del todo claro si asume, en todo o en parte, los argumentos de Cardozo, puede suceder que hagamos un espantapájaros por amalgama.
Pedimos perdón por cualquier maltrato injustificado.
(IV) 3.-La posición “anti” lo que ustedes piensan que son cuestiones dogmáticas, sin serlo.Toda la Historia de la Iglesia junto a toda la teología católica dice que no se puede ser ni “Blog antisedevacantista”, como dicen en su margen derecho, ni mucho un fiel antisedevacantista ¿Por qué? Por la cuestión de que la sede esté vacante es siempre una posibilidad, históricamente cierta y también un contigente futurible o actual. Luego, no comparece con su exquisita posición prudente, para mi excesiva, su cuestión “anti”. La cuestión de la sede vacante depende de una mayor revelada y una menor histórica, de la cuál se extrae una conclusión. Se puede diferir en la menor que depende, en parte, del conocimiento natural y por tanto en la conclusión; pero jamás se puede ser un “anti” de un ente (lo que tiene o puede tener ser). No hace falta recordarles detalles históricos de los que, no me cabe duda, sobreabundan en erudición,para hacerles caer en la cuenta de que todos estamos llenos de prejucios. Unos los fundamentan con la exuberancia de su ciencia y otros con las modestia de sus conocimientos. Y Aquí y en otros casos, se “ve el plumero”. No me venga la redacción a rebatirme conque ya publicó una serie sobre el tema. En efecto, numerosos artículos y algunos muy buenos, pero en casi todos ellos y en las introducciones subsistía el prejucio; es decir, el juicio previo; esto es, “anti”. Cada cual puede tener al respecto la posición que quiera, pero no se puede ser “anti” ante una conclusión teológica tan posible como la contraria, si se quiere mantener la honestidad. De cualquier forma, es sólo un ejemplo. (...)
Amigo, aquí incurre Ud. en una tergiversación de nuestra posición y en un error lógico. Lo primero, puede verificarlo en la primera y última entrada que dedicamos al sedevacantismo. Somos anti-sedevacantistas porque rechazamos el sedevacantismo en tanto doctrina que enloquece opiniones teológicas. No rechazamos la vacancia de la Sede como hecho, ni condenamos opiniones teológicas que la Iglesia no reprueba. Uno es anti cuando es opuesto o contrario a algo: ser antiliberal no es oponerse a la libertad sino al liberalismo.
Por más que se siga a autores como Bellarmino y Wernz, la premisa mayor del silogismo es teológicamente probable, porque la Iglesia no la ha definido, ni ha condenado la contraria, ni la ha prohibido como hipótesis para la discusión. Éste es el estatuto espitemológico tanto del "papa hereje" que perdería el pontificado como de la "herejía antecedente" que invalidaría la elección. Ahora bien, de una premisa mayor probable se sigue una conclusión siempre probable, por más que la premisa menor sea cierta. Lo que rechazamos es la “dogmatización” de la premisa mayor, o su indebida elevación al grado de certeza (lo probable, en Teología, es de libre asentimiento; sin censura alguna para el disidente), porque así se burlan los límites del silogismo dialéctico; y en este sentido -en cuanto rechazamos un error de epistemología teológica- somos y debemos ser anti-sedevacantistas, porque toda inteligencia debe amar la verdad y detestar el error.  
Además, la premisa menor (histórica) depende de los hechos –no de puros hechos- y ello agrega mayor incerteza a la conclusión. Asimismo, tenemos un motivo fundado por el cual nos oponemos al sedevacantismo práctico: la tradicional norma que impide dar a una opinión subjetiva un valor determinante de lo jurídico-eclesial. En este sentido -en cuanto rechazo de un error práctico proyectado al fuero externo- somos y también debemos ser anti-sedevacantistas, pues resulta un imperativo de conciencia.  
Esta respuesta ha sido larga. Pero como Ud. es un comentarista que valoramos y plantea cosas que pueden interesar a otros, se justifica la extensión de esta entrada.

En Cristo,

Redacción.



2 comentarios:

Hermenegildo dijo...

Si el Papa hubiera establecido como obligatorios los misterios luminosos del rosario, ¿existiría obligación de rezarlos, teniendo en cuenta que el rezo del rosario mismo es muy recomendable pero no obligatorio para la salvación?

De hecho, uno puede, si quiere, rezar, por ejemplo, un domingo los misterios dolorosos en vez de los gloriosos, aunque sea en contra de la práctica establecida por la Iglesia, ya que no hay al respecto una obligación canónica.

Martin Ellingham dijo...

O también puede rezar las tres partes un mismo día meditando los quince misterios como cuando uno hace una romería.

Y si quisiera, podría dar una forma personal al rosario, p. ej., meditando 50 misterios, uno por cada avemaría, aunque no podría obtener la indulgencia por no estar cumpliendo con la obra indulgenciada.

Saludos.