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lunes, 16 de marzo de 2015

Pablo VI y Franco (2): El fin de la confesionalidad del Estado español


¿CUÁNDO CESÓ LA CONFESIONALIDAD CATÓLICA DEL ESTADO ESPAÑOL?

Me refiero al artículo titulado, “Los verdaderos desencuentros de Pablo VI y Franco”, firmado por Don José Manuel Sánchez Flores en Siempre P’alante de 11-XI-2014, pág.10.

Vaya por delante mi felicitación y agradecimiento al autor por salvar del olvido esta puntita de un iceberg objeto de controversia. Con la máxima cordialidad, pues, quisiera presentar un asunto que me parece oscuro, a saber: ¿Cuándo y cómo dejó de estar vigente la Confesionalidad Católica del Estado presidido por Franco?

En la segunda columna, párrafo segundo, línea 17 de su artículo, Don José Manuel Sánchez Flores escribe: (Franco) “lo eliminó” (el artículo II de los Principios del Movimiento Nacional) el 10 de Enero de 1967 y aprobó la libertad religiosa. Pero surge la duda o contradicción con otras noticias algunas recogidas en estas páginas de que ese Principio Segundo estuvo vigente hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978. No es una cuestión baladí, porque entre las dos noticias está el Concilio. Nada menos que saber si la Iglesia después del Concilio siguió, o no, apoyando explícita o silenciosamente esa confesionalidad que, sin ninguna duda, aplaudió antes del Concilio.

Recordatorio.-Ese artículo Segundo, que en rigor se llama “Principio” dice: “La Nación Española considera como timbre de honor el acatamiento de la Ley de Dios, según la Doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica, Romana, Única y Verdadera, y Fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación”.

En el artículo citado hay cierta mezcla o al menos proximidad entre ese artículo (o Principio) Segundo del Movimiento, que trata de la Confesionalidad del Estado, y la libertad religiosa, que son dos asuntos distintos. Esta confusión puede, además, ser debida a que la segunda y postconciliar redacción de la libertad religiosa (10-I-1967) empieza diciendo que: “La profesión y práctica de la religión católica, que es la del Estado Español, gozará de protección oficial. No se entiende que esto se dijera en la misma ley que, según el Sr. Sánchez Flores, elimina el artículo o Principio de la Confesionalidad del Estado.

Antes de seguir con informaciones de que ese Principio Segundo referente a la Confesionalidad siguió vigente después de la fecha señalada por el Sr. Sánchez Flores, quiero advertir del desorden y confusión de todas estas leyes, quizás deliberadamente establecida y no aclarada, a semejanza con otras cuestiones de la época. Recomiendo el libro de Don Rafael Gambra, Tradición o Mimetismo que trata ampliamente de estas cuestiones. Véase especialmente la pág.111.

La Ley Orgánica del 10-I-1967 relanza la Ley de Sucesión, y a bordo de ésta viajaron, “discretamente” (Gambra dixit), en su artículo 10, Los Principios del Movimiento Nacional, que fueron ninguneados en la prensa de aquellos días. Pero eso no es una derogación, sino una trampa. ¿Qué valor jurídico tiene la palabra “eliminación” empleada por el Sr. Sánchez Flores?

Por el contrario: En la ley orgánica hay una confirmación más de la supervivencia, gracias a ella, del Principio Segundo. Dice, a propósito de la modificación postconciliar de la libertad religiosa, que se hace, “en consonancia con el Segundo de los Principios del Movimiento Nacional, según el cual la Doctrina de la Iglesia habrá de inspirar nuestra legislación”. Luego no hay en esa fecha “eliminación”, sino confirmación.

Finalmente un argumento modesto pero que tiene su fuerza. Yo viví intensamente aquellos años y aquellas luchas. Y no recuerdo que se hubiera armado el menor jaleo a propósito de esa supuesta eliminación. Si eliminar en vez de señalar una trampa hubiera señalado una novedad tan importante como la derogación de la Confesionalidad, ¡la que hubiéramos armado!

de SANTA CRUZ, Manuel, “¿CUÁNDO CESÓ LA CONFESIONALIDAD CATÓLICA DEL ESTADO ESPAÑOL?” en Siempre P´alante, 730 (2014) 7. Tomado de su página en Facebook.

jueves, 27 de noviembre de 2014

Pablo VI y Franco: Los verdaderos desencuentros


Los hechos que se relatan en el artículo titulado “Desencuentros Pablo VI – Franco”, publicado el 1/11/14 en la pág. 9 del nº 727 SP’, son muy anteriores y tienen muy poco que ver con las verdaderas raíces de ese distanciamiento existente entre el Papa Pablo VI y el General Franco.

Estimo como dato sobresaliente de esa disyunción la sopesada en agosto de 1953, previa a la firma del Concordato, cuando el embajador de España en la Santa Sede, Fernando María Castiella, informó a Pío XII que de su Secretaría de Estado salía información con destino a la URSS de los nombres y destinos de los sacerdotes que el Papa enviaba a la “Iglesia del silencio”, y que eran allí ejecutados. Confidencia desvelada por el espía Jesús Galíndez Suárez, que acusaba al jesuita Alighiero Tondi, secretario particular de Montini, de “ese soplo” y de montar la red de curas comunistas para operar en Hispanoamérica (como el hebreo Antonio Hortelano). Y aunque no se pudo probar la implicación directa de Montini, es vox populi, que sí existió una firme sospecha que obligó a Pío XII a apartarle de la Secretaría de Estado nombrándole Arzobispo de Milán.

Trascurridos diez años, otro desencuentro en abril de 1963, cuando tras un juicio sumarísimo se condenó a muerte al comunista Julián Grimau, y el entonces arzobispo de Milán, Cardenal Montini, pidió a Franco conmutar la pena, a lo que éste no accedió; Grimau fue fusilado el 20 de abril 1963, a pesar del “No hemos sido escuchados”, que pronunciara quien sería elegido Papa dos meses más tarde, el 21 de Junio. Elección que fue un duro golpe para el General Franco y gran parte del pueblo español.

Dos décadas después, en 1974, Pablo VI, volvió a hacer gestiones para evitar la ejecución del anarquista catalán Salvador Puig Antich, pero Franco se negó a atender su llamada telefónica.

En 1965, con la excusa del Año Santo Compostelano, Pablo VI quiso peregrinar a España, pero el General Franco se lo impidió. Esta circunstancia está contenida en una carta personal que Montini, siendo ya Papa y a la clausura del Vaticano II, remitió al Franco. La carta fue publicitada en Brescia, localidad italiana donde nació Pablo VI, con motivo de un congreso sobre este pontífice que dirigió los destinos de la Iglesia católica entre 1963 y 1978. El papa Pablo VI vinculaba de algún modo su presencia en España a la renuncia, por parte del régimen español, del privilegio de la presentación de las candidaturas de obispos.

Aunque la renuncia no se llegó a formular personalmente, al margen de Concordato, entre 1965 y 1970, Pablo VI nombró más de 35 obispos auxiliares (¡y qué ejemplares!). En esta tarea participaron activamente el Nuncio Luigi Dadaglio (Nuncio entre 1967-1980) y su consejero Monseñor Dante Pasquinelli, “verosímilmente masónicos” según Ricardo de la Cierva. El Nuncio Antonio Riberi, aunque fue nombrado por Juan XXIII, era hombre de confianza del luego Pablo VI y con él comenzaron la renovación postconciliar del episcopado y las primeras jubilaciones de obispos; su brazo derecho en Madrid (1962-1965) fue Monseñor Benelli, luego Secretario de Estado asociado a negros rumores. Ese grandísimo disparate, entre otros, es el que iría arrastrado a España católica a la más brutal incredulidad y apostasía hoy reinante.

Podemos afirmar, sin temor a equivocarnos, que Pablo VI presionó de tal forma a Franco, tras ser sancionada por el Vaticano II la libertad religiosa, que incluso envió al Cardenal Carasoli (masón desde el 1957, según la listas de la P2), para que, al amparo de dicha promulgación, se exigiese la supresión del artículo 2º de los Principios del Movimiento Nacional que decía: “La Nación Española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación”. Franco, obediente e hijo fiel de la Iglesia, lo eliminó el 10 de enero de 1967 y aprobó la libertad religiosa. Controversia que provocó limitaciones no solo a la Unidad Católica de España sino también a la Confesionalidad del Estado. Proceso que, a partir de entonces, dejó patente la secularización de 90.000 sacerdotes españoles y el vaciamiento de los seminarios diocesanos.

Por otra parte, no se entiende cómo se obligó a España a la renuncia del privilegio de la presentación de las candidaturas de obispos, en tanto que en Francia, en la región de Alsacia-Lorena, aún está vigente todavía el concordato napoleónico, en virtud del cual las autoridades republicanas mantienen el derecho de presentación sobre los obispos de dicha región.

Franco escribió una carta a Pablo VI el 29 de diciembre de 1972 en la que expresaba su preocupación por las actitudes políticas de una parte del clero e instaba al Papa a que hiciera lo posible por las buenas relaciones entre la Iglesia y el Estado. La respuesta de Pablo VI fue que “los indicios de subversión son más bien una admirable (muestra) de vitalidad espiritual del pueblo español” (ETA nació en un seminario, de Álvaro Baeza, pág. 12). De igual fuente (pág. 37) se desprende que Pablo VI previó la excomunión de varios miembros del Gobierno Español cuando el caso Añoveros (1974), así como en 1975, cuando los fusilamientos de etarras y miembros del FRAP, incluyendo en este caso al propio Franco y teniendo el Cardenal Tarancón en una mano el decreto firmado por el Papa, y en la otra los recibos que él y el Cardenal Bueno Monreal pagaban por el alquiler del despacho laboralista en Sevilla a Felipe González y Rafael Escudero (¡A saco! La cloaca española, De Álvaro Baeza, pág. 34).

Pablo VI, al igual que muchos hombres de Iglesia, se olvidaron de que Franco fue quien salvó la Iglesia en España. Y es que ya se sabe, de desagradecidos está el mundo lleno. No obstante, tengo entendido que Pablo VI se arrepintió de esos desencuentros y al final de su vida consideró, con toda humildad, que se había equivocado con Franco y con España. 

SÁNCHEZ FLORES, José Manuel.
“PABLO VI Y FRANCO, LOS VERDADEROS DESENCUENTROS".
En Siempre P´alante, 728 (2014) 10.

[Tomado del sitio en Facebook de la revista Siempre P'alante.]

lunes, 14 de abril de 2014

In praeclara summorum: texto completo

Reproducimos en esta entrada el texto completo de la Encíclica que Benedicto XV dedicara a Dante Alighieri. Seguramente esta traducción mejora lo que ayer publicamos.

ENCICLICA "IN PRAECLARA”
(30 - I V - 1921)
A LOS AMADOS HIJOS, DOCTORES Y ALUMNOS EN LETRAS Y BELLAS ARTES DEL ORBE CATOLICO EN EL SEXTO CENTENARIO DE LA MUERTE DE DANTE ALIGHIERI

Venerables Hermanos: Salud y bendición apostólica
1. Introducción. La Iglesia Católica y Dante Alighieri. En la ilustre corte de hombres eminentes, —que han dado esplendor y gloria a la fe católica, que se han distinguido en todos los campos, y en el de las letras y las artes en particular, de modo que por las inmortales obras de su ingenio han merecido bien, tanto de la sociedad civil como de la Iglesia—, ocupa un lugar privilegiado DANTE ALIGHIERI, de cuya muerte se celebrará en breve el sexto centenario. La excelencia de este varón, en verdad, nunca ha sido más confirmada que en estos tiempos, pues para recordar su memoria no sólo se apresta Italia, que bien pudo gloriarse de un hijo tal, sino que todas las personas cultas, sabemos, han constituido consejos especiales de personas eminentes a fin de que en todo el orbe sea celebrada dignamente la memoria de esta gloria de la humanidad. Ahora bien, no sólo no podemos faltar en tan admirable v excelente coro, sino que es preciso que estemos entre los primeros. Ya que desde un principio la Iglesia consideró a DANTE ALIGHIERI como hijo suyo. Porque, además, en la iniciación de Nuestro Pontificado enviamos una carta al Arzobispo de Ravena, en que mandábamos decorar el templo que contiene el Sepulcro de DANTE ALIGHIERI, para su centenario. Ahora, después de auspiciar esta solemnidad, Nos pareció, amados hijos, que cultiváis bajo la mirada de la Iglesia el estudio de las letras, Nos pareció bien que instruyáis a todos en el significado de lo que hacemos, en las estrechas relaciones de Alighieri con esta Cátedra de PEDRO, en la gran necesidad que hay de unir con la fe católica las alabanzas tributadas a tan gran nombre. Ante todo, ya que éste durante toda su vida confesó la religión católica en forma ejemplar, parece conveniente que con los votos y auspicios de ella se haga su solemne conmemoración, como esperamos. Cuya culminación tendrá lugar en Ravena, en el templo de SAN FRANCISCO, y cuya iniciación en cambio tendrá lugar en Florencia, en la Iglesia de SAN JUAN, que recordaba su emoción, allá en su destierro en su avanzada edad, deseando con ardor recibir los laureles de poeta en la misma fuente bautismal en que fuera bautizado en su niñez. 
2. Formación escolástico de Dante. Al llegar a la edad en que floreció por sus estudios filosóficos y sagrados, con el auxilio de los doctores escolásticos que habían recogido lo más selecto de sus predecesores y lo habían entregado a la posteridad después de iluminarlo con sus claros raciocinios, en medio de la variedad de sus estudios, siguió en todo a TOMÁS DE AQUINO, el jefe de la Escuela; y de este maestro, cuya mente angelical es famosa, aprendió casi todo su saber filosófico y también teológico, ya que no descuidó ninguna clase de conocimientos y ciencias, ya que fue muy versado en las Sagradas Escrituras y en los libros de los Santos Padres. Así, doctísimo en todas las ciencias, pero ante lodo sabio en la sabiduría cristiana, al aplicarse a su obra tomó del campo mismo de la religión, para desarrollar en sus versos, un asunto inmenso y sublime. En lo cual podemos admirar la grandeza y fuerza increíble de su ingenio; pero al mismo tiempo se presenta ante los ojos el que haya obtenido gran parte de esa fortaleza por inspiración de la fe divina, y que haya obrado de modo que distinga a su obra máxima con el gran esplendor de la verdad revelada, no menos que con los resplandores del arte. 
3. La Divina Comedia. Pues en toda esta Comedia, justamente llamada divina, las mismas cosas que narra como fingidas e inventadas, o las referidas a la vida mortal, las relata para mostrar la justicia y providencia de Dios, que gobierna el mundo en el curso del tiempo y en la eternidad, que premia y castiga a todos y a cada uno de los hombres según sus méritos. Consiguientemente, y en perfecta concordancia con las creencias de la fe católica, brillan en este poema, la augusta Trinidad de un solo Dios, la Redención del género humano realizada por el Verbo Encarnado de Dios, y la excelsa benignidad y liberalidad de la Virgen MARÍA, Madre de Dios, y Reina de los cielos, y la celestial beatitud de los ángeles, de los santos, y de los hombres. A esto se oponen en los infiernos los suplicios establecidos para los impío; y en un lugar intermedio la residencia de las almas que, una vez expiadas sus L culpas, pueden entrar en los cielos. Una sapientísima arquitectura de éstos y demás dogmas católicos se ve en todo el poema. Si, empero, la progresiva investigación de la ciencia acerca de las cosas celestiales demostró después que aquella estructura del mundo, que aquellas esferas, que enseñaban los antiguos, no son tales, y que la naturaleza, el número y curso de las estrellas y astros son absolutamente distintos de lo que aquellos creían, sin embargo sigue siendo cierto el que esta estructura universal, sea cual sea el orden que rige en sus partes, está gobernada por la misma voluntad que la ha creado, que es la de Dios Omnipotente, que mueve todas las cosas, cualesquiera ellas sean, y que en todas partes resplandece con su gloria. Aunque esta tierra que los hombres habitamos no puede decirse, como se dijo, que era como el centro del universo; sin embargo es cierto que ella fue el lugar de la edénica vida de nuestros primeros padres y que fue después testigo tanto de nuestra tristísima caída con que ellos perdieron aquel estado, como de la restitución de la salud eterna de los hombres por la sangre de JESUCRISTO. En consecuencia explicó los tres estados de las almas, que en su mente había concebido, de un modo tal, que para describir antes del día postrero del juicio divino, ya la condenación de los réprobos, ya la purificación de las piadosas almas del purgatorio, ya la felicidad de los bienaventurados, parecía auxiliarse con la luminosa claridad que dan las profundas enseñanzas de la fe. 
4. Enseñanzas preciosas dejadas en sus escritos. Ahora bien, de entre lo que dejó en sus escritos todos, y principalmente en su triple poema, creemos que esto podrá ser un excelente ejemplo para nuestros hombres. Ante todo afirma que a la Sagrada Escritura le es debida la mayor reverencia por parte de los cristianos y que es necesario aceptar lo que contiene, con suma devoción, porque "aunque son muchos los que transcribieron la divina palabra, el único que la ha dictado a Dios, que se dignó explicarnos sus son - tos designios por las plumas de muchos escritores" W. Esto está dicho en forma tan exacta como hermosa. Lo mismo que aquello de que "el viejo y el nuevo Testamento, que nos ha sido dado para la eternidad, como dice el Profeta” tienen "enseñanzas espirituales que superan la humana razón", entregadas a nosotros "por el Espíritu Santo, que nos reveló la verdad sobrenatural y necesaria para nosotros, por medio de los Profetas y hagiógrafos, por medio del Hijo de Dios, como el eterno, Jesucristo". De aquello que vendrá después de esta vida mortal, en la eternidad, dice que "nosotros poseemos lo cierto, que consta por la doctrina veracísima de Cristo, que es el Camino, la Verdad. y la Luz: Camino porque sin obstáculo alguno por él nos dirigimos a la eterna beatitud; Verdad porque no hay en ella sombra de error alguno; Luz porque nos ilumina en medio de las tinieblas de la ignorancia". Tampoco es remiso en honrar y observar "aquellos venerables Concilios, que —ningún cristiano lo duda— han sido asistidos por Jesucristo". Tiene en alta estima además "los escritos de San Agustín y demás doctores" y dice que "quien duda que hayan sido inspirados por el Espíritu Santo no ve en absoluto los frutos de ellos, o si los ve no los ha gustado" 
5. La autoridad de la Iglesia y del Pontífice. Grande es la importancia que DANTE ALIGHIERI atribuye a la autoridad de la Iglesia Católica, lo mismo que a la potestad del Romano Pontífice, ya que de ésta tienen fuerza todas las leyes y mandatos de la misma Iglesia. De aquí la amonestación a los cristianos a que, con los dos Testamentos que tienen, al mismo iiempo que un Pastor que los dirige, vivan contentos con esta ayuda segura para su salvación. Se afligía por los males de la Iglesia como si fuesen propios, y al deplorar y condenar el total alejamiento de la jerarquía por parte de los cristianos, habla de esta manera a los Cardenales italianos, después del traslado de Roma de la Apostólica Sede: "¡Oh, nosotros que creemos en un mismo Padre, e Hijo que es Dios y hombre, y en la misma Madre y Virgen; nosotros, por los cuales y por cuya salud han sido pronunciadas, después de una triple interrogación, estas palabras: ¡Pedro, apacienta el sagrado rebaño! ¡Oh Roma, que después de tantas glorias y triunfos has sido confirmada por Cristo con la palabra y con la obra como cabeza del orbe; que has sido consagrada remo Sede apostólica por la sangre de aquel Pedro, y de Pablo, el Apóstol de las gentes; que ahora lloramos con Jeremías lamentando después de él verla abandonada y desierta! ¡ay! ¡da pena, no menos que una plaga lamentable de herejes!". Llama asimismo a la iglesia Romana con el nombre de "madre piadosísima" o de "Esposa del Crucificado", y a PEDRO le llama juez de la verdad revelada, que no puede engañarse y a quien, en lo que hay que creer o hacer para la salvación eterna, deben sujetarse todos con perfecta obediencia Por lo cual, aunque juzga que la autoridad del Emperador proviene del mismo Dios, sin embargo afirma que "esta verdad no debe entenderse tan estrictamente de modo que el Príncipe Romano no esté también sujeto en algún modo al Pontífice Romano; ya que esta felicidad mortal está ordenada en alguna manera a la felicidad inmortal". La razón verdadera y total de la sabiduría, si hoy se la observa santamente, produce frutos abundantísimos de prosperidad para la república. 
6. Razón de sus quejas contra los Sumos Pontífices. No obstante lanzó acerbas invectivas contra los Sumos Pontífices de su tiempo. Esto es, contra aquellos con quienes estaba en desacuerdo en asuntos políticos, y que estaban en el bando de los causantes de su destierro. Se comprende, en un varón tan golpeado de la fortuna, si con ánimo exacerbado traspasó los límites de la moderación: y más, porque, para inflamar su ira sin duda que influyeron los rumores de hombres que, como sucede en estos casos, interpretan mal todo lo que del adversario proviene. Por otra parte, ya que "es preciso" —tal es la flaqueza de los mortales— "que hasta los corazones religiosos se manchen con el polvo del mundo", ¿quién negará que muchas cosas había en aquel tiempo que no podían aprobarse en hombres consagrados; todo lo cual llenó de aflicción y malestar su ánimo enteramente consagrado a la Iglesia, y hasta hizo que varones de gran santidad de vida dejaran sentir graves quejas? Ahora bien, lo que justa o injustamente reprendió y vituperó en los clérigos, de ningún modo quiso extenderlo y aplicarlo al honor debido a la Iglesia, o a la veneración debida a las llaves de PEDRO; en consecuencia, en asuntos políticos defendió su propia opinión "apoyado en aquel respeto que un hijo piadoso debe al padre, a la madre, a Cristo, a la Iglesia, al Pastor, y a todos los que profesan la religión cristiana, por el triunfo de la verdad". 
7. Tesoro doctrinal y artístico de su obra. Habiendo inspirado toda la arquitectura de su poema en los fundamentos de la religión, no es de maravillarse si en él se encuentra oculto, puede decirse, un tesoro de la doctrina católica, es decir, la savia de la filosofía 215 y teología cristianas, y el conjunto de las leyes divinas para el gobierno y administración de los asuntos públicos. No era DANTE ALIGHIERI como aquel que dijera públicamente que, con el fin de extender la grandeza de la patria o de agradar a los gobiernos, podía descuidarse la justicia y el derecho de Dios, en cuya conservación, bien lo sabía, está el fundamento y consistencia de los pueblos. De aquí que pueda hallarse en este | poeta el artístico placer de sus bellezas, f pero también un provecho de no menor importancia, es decir, que es modelo para el conocimiento del arte y para la práctica de la virtud; siempre que quien a él se llegue esté libre de prejuicios y deseoso de la verdad. Más aún, siendo no pocos entre los nuestros los buenos poetas, que parecen tener la aprobación de todos, mezclando lo útil a lo agradable, posee esto empero DANTE de un modo tal que, cautivando a cada lector por la variedad de las imágenes, por el colorido, y por la grandiosidad de los pensamientos y lenguaje, atrae y excita al amor de la sabiduría cristiana: nadie en verdad ignora que confesó abiertamente haber compuesto este poema con la intención de facilitar a todos un poco de sustento vital. Y así sabemos que algunos —Y aún de reciente memoria, que estaban alejados de Cristo, sin ser contrarios a él— al dedicarse principalmente a la lectura y estudio del poeta, con el auxilio de Dios, se interesaron primero en la verdad de la fe católica y por ese camino se acogieron gustosísimos al seno de la Iglesia.
Lo oportuno y justificado de la celebración. Lo que hasta ahora se ha recordado es suficiente para mostrar cuán oportuno sea, que en este centenario todos los buenos se sientan más dispuestos a retener esa Fe, protectora de las bellas artes, virtud ésta que en DANTE ALIGHTERI es magníficamente reconocida. No sólo causa admiración en él la maravillosa facultad de su ingenio, sino también esa inmensa grandeza del argumento, que la santa religión le inspiró en su canto; y lo que de artista tenía por naturaleza, lo perfeccionaba sin cesar con el estudio de los modelos de la antigüedad, y aún más, como se ha dicho, con las obras de los Doctores y Padres de la Iglesia. Esto le permite volar con el pensamiento y la mente hasta alturas y extensiones mucho mayores que si estuviere atado a los estrechos límites de las cosas naturales.
8. El poeta cristiano. De este modo, si bien alejado de nosotros por largos siglos, pertenece casi a esta edad, como dicen; y es de más actualidad que cual quiera de los actuales vates renovadores del paganismo aquel que fuera barrido por la victoria de Cristo en la Cruz. La misma piedad inspira a DANTE ALIGHIERI y a nosotros; identidad de sentimientos inspira la religión; una misma vestidura reviste a "la verdad venida a nosotros desde el cielo, por la cual somos elevados a lo sublime". Esta es su más noble alabanza, ser poeta cristiano, esto es, haber cantado con versos casi divinos las instituciones cristianas, cuyo contenido y forma tan animosamente profundizara, y tan admirablemente sintiera y viviera. Y quienes pretenden negarle esta alabanza, comparando toda la naturaleza religiosa de la Comedia como una fingida fábula, sin fundamento alguno de verdad, éstos en verdad le niegan lo que es primario en nuestro Poeta y fundamento de todas las demás alabanzas. Así, pues, si tanta parte de su fama y grandeza debe DANTE a la fe católica, valga este solo ejemplo, que nos ahorra los demás, para demostrar cuán falso es que la consagración de la mente y del corazón a Dios corte las alas del ingenio, mientras, por el contrario, lo espolea y lo eleva. Puede observarse rectamente aquí cuán mal se preocupan por el adelanto de los estudios y de la humanidad aquellos que pretenden quitar todo lo que sea religión en la educación de la juventud. Pues da lástima ver que la enseñanza que se da públicamente a la juventud estudiosa suele ser tal, como si el hombre no tuviera ninguna noticia de su Dios, ni de aquellas máximas verdades que están por encima de la naturaleza. Pues si bien a veces este "poema sagrado" no es extraño en las escuelas públicas y está entre los libros que deben ser estudiados, sin embargo aquel alimento vital, siendo escrito para ser esto, la mayoría de las veces no llega hasta los jóvenes ya que, a causa de los defectos de la enseñanza, no están inclinados como conviene a lodo lo que sea de fe.
9. Conclusión. Quiera Dios que se consiga esto con el solemne centenario, de modo que, en todas partes en que haya preocupación por la enseñanza de las letras a la juventud, se haga esto en honor a Dante y se eduque a los alumnos en la doctrina cristiana; que no otro fue su propósito al componer su poema, sino "elevar a los seres vivientes de esta vida por sobre el estado de miseria", es decir, del pecado, "y llevarlos al estado de felicidad que es el de la gracia divina. Vosotros, amados hijos, que os ocupáis y os dedicáis al estudio de las letras y de las bellas artes, bajo el magisterio de la Iglesia, amad y apreciad, como lo estáis haciendo, este Poema, que no vacilamos en llamar panegírico de la sabiduría cristiana, y su pregonero, el más elocuente de todos. Acrecentaréis así vuestro amor por él, y cultivaréis más vuestros ánimos en por del esplendor de la verdad, y os mantendréis con más constancia en el amor y cuidado de la santa Fe. Bendición Apostólica. Y ahora, amados hijos, a todos os impartimos con todo amor la Apostólica bendición, que os testimonia Nuestra paternal benevolencia, y os augura las gracias del cielo. 
Dada en Roma, en San Pedro, el día 30 del mes de Abril de 1921, en el año séptimo de Nuestro Pontificado.

BENEDICTO PAPA XV

domingo, 13 de abril de 2014

In praeclara summorum


Benedicto XV dedicó una Encíclica, In praeclara summorum, redactada en abril de 1921 con motivo de los seiscientos años de la muerte de Dante Alighieri, y dirigida a los profesores y alumnos de los institutos literarios y de alta cultura del mundo católico, de la que traducimos un breve fragmento:
"En verdad, el Alighieri tiene una extraordinaria deferencia por la autoridad de la Iglesia católica y por la potestad del Romano Pontífice… Pero, se dirá, él arremetió con terrible acrimonia contra los Sumos Pontífices de su tiempo. Es verdad. (…) Además, dado que la debilidad es propia de los hombres, y que «ni siquiera las almas piadosos pueden evitar contaminarse con los polvos del mundo», ¿quien podría negar que en aquel tiempo hubo cosas de las cuales acusar al clero, por las cuales un ánimo tan devoto de la Iglesia, como el de Dante, no debiera estar tan disgustado, cuando sabemos que también hombres insignes por su santidad las desaprobaron con severidad?"
También Pablo VI, en la carta Altissimi cantus, recordó las críticas de Dante: "Tampoco lamentamos recordar que su voz se levantó y resonó duramente contra algunos pontífices romanos, y que reprendió con acritud instituciones eclesiásticas y a hombres que fueron ministros y representantes de la Iglesia".
Nos parece que, en tiempos de papolatría, la Iglesia necesita más de escritores como Dante y menos de obsecuentes con mentalidad cortesana.

sábado, 12 de abril de 2014

La declaración de derechos de la ONU

Pablo VI visita la ONU.
Conocemos el significado del Omne verum… de Santo Tomás. Que también puede y debe aplicarse a la declaración de la ONU. Pero para ello es preciso disipar los equívocos que durante estos años se han consolidado respecto de este documento so pretexto de diálogo.
La condición preliminar para dialogar es que haya dos voces, y que ambas sigan siendo distintas, que cada una sea expresión de una identidad definida. Hoy, en cambio, especialmente en el campo cristiano, está de moda el «baile de máscaras», en el que parece necesario camuflarse y cubrir el propio rostro para estar frente al otro: es el diálogo del mínimo común denominador, de los así llamados valores comunes buscados a cualquier precio como punto de partida antes que como posible resultado de un camino. El diálogo no consiste en decir lo que le gusta al interlocutor que tenemos enfrente, eso pertenece más bien a la diplomacia. El diálogo auténtico requiere amor a la verdad a cualquier precio y respeto al otro en su integridad, no es minimalista, sino exigente. Por parte de los cristianos, no se debe presentar sólo una parte de la propia fe, o reducir la densidad de la doctrina católica, por miedo a ofender, decepcionar o provocar escándalo. Porque ello no hace más que confirmar al interlocutor en el error de su ideología. Transcribimos parte de un artículo publicado en la revista Verbo que pone de manifiesto los principales elementos negativos de la declaración de la ONU. Sería bueno que cada vez que desde la Iglesia se habla de esta institución y de su ideología de los “derechos humanos”, cuanto menos se pusieran de manifiesto los errores de sus concepciones jurídico-políticas. No hacerlo implica "criar cuervos"...

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE ANTE LA MORAL CATÓLICA.

Por Victorino RODRÍGUEZ, O.P.

2. Visión crítica general de la Declaración.

A mi entender, que deseo que responda a unos planteamientos y a unos presupuestos auténticamente católicos o, al menos, de ética natural, el documento comporta valores manifiestos, que reconoceremos en su reproducción textual íntegra, en la medida que no vayan recortados o matizados por las anotaciones pertinentes; pero se duele de notables deficiencias, unas por omisión y otras por desorbitación en los derechos consignados.
A) Entre las omisiones que restan valor a la Declaración están:
a) La presentación del hombre en su constitución metafísica clásica de sustancia individual de naturaleza racional, dotada de inteligencia y de voluntad libre y responsable. De ahí nace su singular dignidad de persona, hecha a imagen y semejanza de Dios. Sobre este fundamento levantaba Juan XXIII el edificio de los derechos y deberes humanos (Pacem in terris, n. 9).
b) La proclamación de unos deberes naturales, tan universales e inviolables como los correlativos derechos, siendo más bien aquéllos raíz de éstos que a la inversa. Si tenemos derecho a vivir y a vivir humanamente, es porque tenemos el deber de llevar una vida con dignidad que responda a nuestra vocación de eternidad. «Los derechos naturales están unidos en el hombre que los posee con otros tantos deberes, y unos y otros tienen en la ley natural, que los confiere o los impone, su origen, mantenimiento y vigor indestructible» (Pacem in terris, n. 28).
c) El reconocimiento de Dios y del derecho natural, ambos conceptos rechazados expresamente, al redactar y votar el texto de la Declaración, optando por una posición agnóstica. Juan Pablo II, en el transcendental discurso al Parlamento Europeo, del 11 de octubre de 1988, en Estrasburgo, puntualizó muy cláramente: «Todas las corrientes de pensamiento de nuestro viejo Continente tendrán que reflexionar sobre las sombrías perspectivas a las que podría conducir la eliminación de Dios de la vida pública, de Dios como última instancia de la ética y garantía, suprema contra todos los abusos de poder del hombre sobre el hombre» (O. R., ed. española, 27-XI-1988, pág. 20, n. 9)...
d) Los derechos a la verdad (que es adecuación del pensamiento con la realidad) y a la veracidad (que es adecuación del pensamiento con la palabra que lo expresa), base fundamental de la paz auténtica, como han proclamado Juan XXIII, én el enunciado general de la encíclica Pacem in terris, y Juan Pablo II, en el mensaje La verdad, fuente de la paz, del 1 de enero de 1980. Derecho tan fundamental que responde a la constitución metafísica del hombre y a su peculiar dignidad de naturaleza intelectual, pues la inteligencia está naturalmente ordenada a la verdad como a su objeto propio (Santo Tomás, I-II, 57, 5 ad 3). Este derecho fundamentalísimo no está debidamente proclamado en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, ni siquiera en el artículo 26, sobre el derecho a la instrucción. 
B) Desorbitaciones en los derechos consignados: 
a) Hay una patente exorbitación en la pretendida universalidad del alcance de la Declaración a toda persona, y no solo a los ciudadanos de las Naciones Unidas, cuando, por lo demás, no se trata de unos derechos naturales reconocibles (no instituidos) en todos los hombres, tal como eran proclamados por Francisco de Vitoria y los demás teólogo-juristas del siglo xvi.
b) Se absolutizan o exageran demasiado los derechos al ejercido de la libertad, con desconocimiento de sus límites naturales, sean o no las legítimas libertades de los demás, todo muy en consonancia con la Declaración de los Derechos del Hombre de la Revolución francesa (1789), cuyo segundo centenario se celebra este año. Será una buena ocasión de repensar para qué sirvieron entonces y ahora las proclamas desmedidas del derecho a la libertad.
c) Igualmente exagerado es el igualitarismo en los derechos, constantemente profesado, en sintonía también con la égalité de la Revoludón francesa, sin distinguir entre la igualdad específica de los hombres y sus múltiples desigualdades individuales, tan elocuentemente puestas de manifiesto por Balmes en El Criterio, 14,5, y el mismo Concilio Vaticano II constata: «Es evidente que no todos los hombres son iguales en lo que toca a la capacidad física y a las cualidades intelectuales y morales» (Gaudium et spes, n. 29).
Después de estas anotaciones de conjunto, que he querido adelantar para evitar reiteraciones, paso a un examen valorativo del texto de la Declaración. Para que resulte lo más adecuada y concisa posible, estudiaré sucesivamente los siete considerandos el preámbulo y los treinta artículos, transcritos íntegramente en tipografía distinta, para dar lugar seguidamente a los comentarios correspondientes. Las observaciones serán mayormente sobre los aspectos deficitarios, menos subrayados en la mayor parte de los estudios que se han hecho y que conozco. Mientras no se rechacen parcialmente o se maticen, los artículos se valoran positivamente y se dan por buenos...
Fuente:

martes, 13 de noviembre de 2012

Cuando Bugnini propuso soluciones para el «caso Lefebvre»


Yves Chiron es, en la actualidad, uno de nuestros mejores historiadores y un lector atento y escrupuloso de documentos. Acaba de demostrarlo en el último número de su publicación Aletheia: lettre d’informations religieuses. Allí consagra un largo artículo a las Memorie autobiografiche de Mons. Bugnini, el gran actor de la reforma litúrgica posconciliar, particularmente a través del Consilium y la Congregación para el Culto Divino. Es muy provechosa la lectura de ese artículo de Yves Chiron, puesto que uno aprende muchas cosas. Pero tres elementos me han impactado particularmente:

Primer elemento: La afirmación de Mons. Bugnini respecto a Pablo VI en la que decía que el papa "ha visto todo, ha seguido todo, ha aprobado todo" en lo concerniente a la reforma liturgica. Yves Chiron comenta: "La expresión es, sin ninguna duda, excesiva. Pero es cierto que, a diferencia de otras cuestiones, Pablo VI ha seguido de cerca los archivos de la reforma litúrgica y ha tenido innumerables sesiones de trabajo tête à tête con Mons. Bugnini". Al pasar, no olvidemos que Yves Chiron es también el biógrafo de Pablo VI (Perrin, redición Via Romana).

Segundo elemento: uno descubre que el actor de la reforma litúrgica, tan detestado en los medios tradicionalistas, se mostró más abierto que Pablo VI hacia ellos. Yves Chiron nos demuestra también que, después de la autorización que fue dada en 1971 a los sacerdotes ancianos para celebrar la misa de San Pío V y luego del indulto acordado a los obispos ingleses para autorizar, bajo ciertas condiciones, la celebración de esa misma misa, "Mons. Bugnini sugirió al papa acordar una facultad idéntica a otras conferencias episcopales. El papa se mostró 'intratable' (p. 86) y rechazó extender el indulto."

Tercer elemento: Mons Bugnini había propuesto una solución para resolver el "caso Lefebvre": "una amplia 'concesión' de la misa tradicional. Él establecía cuatro puntos (p. 89). El Santo Padre le hizo responder que no le parecía 'oportuno conceder en este momento lo que ha sido rechazado en el pasado' (p. 90). La proposición de Mons. Bugnini será retomada por Juan Pablo II en el indulto de 1984."

La responsabilidad de Pablo VI en la crisis litúrgica que afectó a la Iglesia aparece entonces mucho más contundente.

Fuente: http://www.riposte-catholique.fr/summorum-pontificum-blog/revue-de-presse-summorum/quand-mgr-bugnini-proposait-des-solutions-pour-resoudre-le-cas-lefebvre#.UJprTYd19p4

Traducción gentileza de Don Diego.

lunes, 5 de noviembre de 2012

Una carta a Pablo VI

En 1973, la revista argentina Roma (n. 29) ofrecía a sus lectores una carta de Jean Madiran a Pablo VI. Reproducimos en esta entrada la introducción de la revista (sin firma, posiblemente escrita por Andrés de Asboth) y en nuestro estante de scribd la carta de Madiran. 

Frente a la descomposición que se manifiesta actualmente en todos los aspectos de la vida de la Iglesia y que el Papa no ha dudado en calificar como una “autodemolición”, cuatro actitudes principales pueden ser adoptadas:
La primera consiste en lanzarse en la vía de las reformas contribuyendo a destruir o cambiar aquellas "estructuras" o "principios" que, a juicio de los reformadores, parecen poco en consonancia con el "mundo moderno". Es la posición de los progresistas y neomodernistas que, en el fondo, buscan nada más y nada menos que fundar una nueva religión, bajo el signo del ecumenismo, el liberalismo, el relativismo y el desprecio hacia las fórmulas dogmáticas. Van camino a una iglesia atea para el estado comunista.
La segunda posición es la de la comodidad y por lo tanto la más seguida. Sin preocuparse por las catástrofes posconciliares y sin hacer ningún esfuerzo para analizar la legitimidad o veracidad de las ideas y reformas, preconizadas por autoridades o por "expertos" más o menos corrompidos doctrinalmente, siguen la corriente invocando la obediencia. Son sujetos meramente pasivos.
La tercera posición admite que existen muchos abusos y exageraciones en las reformas en curso, pero estas exageraciones y estos abusos no se reconoce que sean originadas por el "espíritu del Concilio", sino únicamente porque algunos interpretan torcidamente los preceptos y los documentos del Vaticano II, pero las enseñanzas de la Jerarquía están siempre en el fondo de acuerdo con la doctrina ortodoxa.
La cuarta posición sostiene que las reformas realizadas como consecuencia de las ideas enunciadas en el "Concilio pastoral" Vaticano II, se han revelado pastoralmente ineficaces o perjudiciales y deben por lo tanto ser interrumpidas y abandonadas, volviendo a las formas, ideas y principios que inspiraban la actuación de la Iglesia anteriormente al Concilio. Los representantes de esta cuarta posición son más numerosos de lo que parece; si no se hacen oír más, no es por pasividad o apatía, pues en ellos se encuentran la almas más ardientemente celosas por la gloria de Dios y el triunfo de la Iglesia. Si se mantienen ordinariamente en silencio es por humildad o espíritu de obediencia quizá, a veces equivocada. Pero cuando alguna voz autorizada representativa de esta multitud silenciosa que sufre, se alza públicamente para denunciar el fondo de la tragedia que vive la Iglesia, consideramos nuestro deber informar a nuestros lectores, para que puedan a través de estas declaraciones y escritos obtener una visión completa del extenso abanico de opiniones que existe, entre los fieles y los sacerdotes, con respecto a las reformas consecuencia del espíritu "pos-conciliar".
Sin que su publicación suponga un acuerdo, solidaridad o aceptación incondicional, damos a conocer aquí una carta, algo reducida, a S. S. Pablo VI, que nos parece muy representativa de lo que hemos llamado la "cuarta posición" y que se ha hecho pública recientemente en Francia. Su autor es Jean Madiran, director de la revista "Itinéraires", ampliamente conocida en los ambientes intelectuales de Europa y en el mundo entero. Esta carta ha de tener sin duda una repercusión universal por su claridad y valentía y quizá llegue a adquirir una trascendencia histórica.

Madiran - Carta a Pablo VI

jueves, 14 de junio de 2012

“Mi autoridad llega hasta la puerta…” Sobre la Iglesia legislativa


Christopher A. Ferrara (The Remnant Newspaper, 11-VI-2012)

En su histórico motu proprio Summorum Pontificum del 7 de julio de 2007, el Papa Benedicto declaró con toda su autoridad lo que los tradicionalistas sabíamos desde siempre: que la edición típica del Misal romano promulgado en 1962, que representa la liturgia romana inmemorial, “nunca fue abrogada” por Pablo VI (“numquam abrogatam”). En la carta que acompañaba el documento y que estaba dirigida al episcopado mundial, el Papa Benedicto se esforzaba por llamar “la atención sobre el hecho de que este Misal nunca fue jurídicamente abrogado y que, consecuentemente, en principio, siempre estuvo permitido”.

Siempre permitido. Y, sin embargo, cuarenta años después de la primera celebración pública de la Misa nueva del Papa Pablo el 24 de octubre de 1967 —una época bíblica de sufrimiento—, la Iglesia sufría bajo la falsa carga de que la Misa tradicional había sido abrogada, u “obrogada” (eliminada por sustitución) como aún sigue diciendo el establishment neocatólico en su horrible revisión de propaganda ya desacreditada. En cuanto a esta propaganda, nunca debemos olvidar que los apologistas neocatólicos de la revolución postconciliar insistieron durante décadas que la celebración de la Misa tridentina estaba “prohibida excepto donde la ley canónica la permita específicamente” (Likoudis y Whitehead, The Pope, the Council, and the Mass). El rito de la Misa recibido y aprobado por la Iglesia, la misma sustancia de la Fe viva de nuestros padres, estaba prohibido, según nos decían. Hasta que el Papa Benedicto expuso su mentira.

Dado que Pablo VI nunca abrogó realmente la Misa tradicional —un acto que hubiese sido “bastante ajeno al espíritu de la Iglesia”, según afirmó el ex cardenal Ratzinger—, ¿dónde se originó este monstruoso fraude? La respuesta yace en la burocratización de la Curia Romana y de toda la Iglesia durante la ola de “reformas” que siguieron al Concilio Vaticano II. Como observó Michael Davies en su recordado estudio sobre la revolución litúrgica, “la Iglesia conciliar puede bien llamarse la Iglesia legislativa… se ha convertido en una burocracia por el bien de la burocracia y así ha renunciado a cualquier pretensión de evangelizar a las masas descristianizadas de los países occidentales a favor de la producción de una interminable corriente de legislación para regular un número cada vez menor de fieles” (Pope Paul’s New Mass).

Notemos bien la paradoja identificada por Davies: más y más legislación para menos y menos fieles. En las últimas cinco décadas, la Iglesia ha sufrido la descomposición del elemento humano del bien común eclesial de una manera que sólo encuentra paralelo en la caída de Roma, con una proliferación de leyes que acompaña la pérdida de su integridad societaria. El cardenal Ratzinger llamó a esto un “proceso continuo de decadencia” (L’Osservatore Romano, 9-XI-84). Como dijo Chesterton al observar un proceso similar a éste: “Cuando se rompen las grandes leyes, no sobreviene la libertad, ni siquiera llega la anarquía. Aparecen las pequeñas leyes.” Los “reformadores” postconciliares rompieron algunas leyes muy grandes por cierto, en primer lugar la ley del desarrollo orgánico de la liturgia de la Iglesia, produciendo así lo que el ex cardenal Ratzginer caracterizó como “una ruptura en la historia de la liturgia, cuyas consecuencias sólo podían ser trágicas” (Milestones). Luego siguió una interminable corriente de pequeñas leyes con las que la Iglesia legisladora ha arruinado sistemáticamente el rito romano.

La destrucción del rito romano fue íntegramente una operación burocrática que el Papa Pablo VI permitió antes de finalmente sacarse de encima al infame Bugnini tras que aparecieran sospechas fundadas de su afiliación masónica y lo enviara a Irán en 1976. Pero el Papa desafortunado actuó demasiado tarde para deshacer el daño incalculable hecho por Bugnini durante el proceso de lo que él mismo llamó “la mayor conquista de la Iglesia Católica” dos años antes (Davies, “How the liturgy fell apart”, AD2000 vol. 2, no. 5, June 1989).

Como demostró Davies, sólo hay “dos actos papales entre la plétora de más de 200 actos de legislación litúrgica”. Estos dos actos papales son el motu proprio Sacram Liturgiam (del 25 de enero de 1964), que abrió las compuertas a las traducciones vernáculas optativas del entonces nuevo Misal que los obispos rápidamente convirtieron de facto en viejo Misal. De hecho, cada partícula del Novus Ordo vernáculo, incluyendo la abolición de facto de la liturgia latina, es obra de Bugnini, sus burócratas colaboradores y sus sucesores hasta hoy, trabajando duro en las nuevas congregaciones, comisiones pontificias, conferencias episcopales nacionales y comisiones litúrgicas locales, creadas todas durante las “reformas” postconciliares. Un estudio cuidadoso del asunto revela que ni una de estas innovaciones litúrgicas fue impuesta a la Iglesia por un acto afirmativo del Papa que obligara a los fieles a aceptarla. Toda la revolución litúrgica —desde las traducciones vernáculas hasta las “monaguillas”— se dio como resultado de novedades opcionales aprobadas por jerarcas y burócratas en distintas oficinas de la Iglesia legislativa.

La debacle de las “monaguillas” es un claro ejemplo de las consecuencias del surgimiento de esta Iglesia legislativa. El permiso de “monaguillas” vino por la vía de un consejo de la novedosa Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos en 1994. Esta congregación resultaba de la unificación de la Congregación para el Culto Divino, creada por Pablo VI en 1969, con la preexistente Congregación de la Disciplina de los Sacramentos. (Fue decisión del Papa Pablo poner a Bugnini a cargo de esta congregación que lideró la vandalización de la liturgia de la Iglesia.) Al aprobar las “monaguillas”, esta congregación pasó el bulto al Pontificio Consejo de Interpretación de Textos Legislativos, creado por Juan Pablo II en 1988 para reemplazar al Pontificio Consejo de Interpretación de los Decretos del Concilio Vaticano II, a su vez creado por Pablo VI en 1967.

De acuerdo con este pontificio consejo, el nuevo canon 230 del Código de Derecho Canónico de 1983 permitía la aparición de las “monaguillas”, de acuerdo con la subsección 2, que dice: “Todos los laicos pueden también realizar las funciones de comentador o cantor, u otras funciones, de acuerdo con la normativa legal.” (Cf. Carta circular a los presidentes de las Conferencias Episcopales del Pontificio Consejo de Interpretación de los Textos Legislativos, Prot. n. 2482/93, del 15 de marzo de 1994.) Notemos que la autorización de las “monaguillas”, lo que daba por tierra con dos mil años de práctica litúrgica tradicional, estaba supuestamente escondida en una provisión del Código de Derecho Canónico aparentemente redactada como si se tratara de un estatuto civil con lenguaje legal ampliamente permisivo pero sin antecedentes en la tradición eclesiástica. Aquí vemos el peligro envuelto en la promulgación de “códigos” de legislación eclesiástica como si se tratara de estatutos civiles —un peligro que Brian McCall ha estudiados en las páginas de The Remnant—. Como demostración precisamente del peligro positivista de los códigos canónicos, sujetos a modificaciones y revisiones legislativas, un artículo del New York Times que se emocionaba por el advenimiento de las “monaguillas”, citaba a un sacerdote y canonista de Manhattan que afirmaba que “el Código de Derecho Canónico cambia bajo la presión de quienes están a la vanguardia… La práctica puede no estar de acuerdo con las regulaciones, pero las regulaciones intentan alcanzar a lo que ya es costumbre.” (15 de abril de 1994). Esto quiere decir que, la Iglesia legislativa, como cualquier legislatura civil, modificará sus leyes tratando de estar a la altura de las novedades.

De acuerdo con el consejo de 1994 de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, “el Papa Juan Pablo II confirmó la decisión [del Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos] y ordenó su promulgación”. Sin embargo, no existe evidencia escrita ni detalles sobre esta “orden”, ni siquiera la fecha en que fue supuestamente dada. Más aún, la “orden” papal que aprueba a las “monaguillas” contradice la orden papal que se refleja en Inaestimabile Donum, una instrucción de 1980 por la que dicha Congregación decía que “las mujeres no pueden actuar como servidoras del altar” y que dicha “instrucción fue aprobada el 17 de abril de 1980 por el Santo Padre, Juan Pablo II, que la confirmó con su propia autoridad y ordenó que fuese publicada y observada por todos los destinatarios”. Nunca se explicó por qué el Papa habría revertido una orden anteriormente impartida por él. Evidentemente, se pensó que era suficiente registrar simplemente que la Iglesia legislativa había cambiado una legislación anterior, y que el Papa daba su apoyo a dicho cambio.

Así, son las órdenes de la Iglesia legislativa y no del Papa, las que han producido la “autodemolición” lamentada tardíamente por Pablo VI y Juan Pablo II, pero nunca frenada por ellos. Sólo Benedicto XVI ha intentado contrarrestar algo de lo que la Iglesia legislativa produjo en los dos anteriores pontificados. Ha liberado la Misa latina de su falsa prohibición efectuada por la Iglesia legislativa. Y, finalmente, ha ordenado la corrección de numerosos errores escandalosos en las traducciones vernáculas del Novus Ordo, producidas por la Iglesia legislativa a través de la burocracia vaticana, la Comisión Internacional de Liturgia, las conferencias episcopales y otros órganos, embargando a los fieles durante décadas. Estos errores incluyen la modificación de las mismas palabras de Nuestro Señor en la primera Misa, cuando declaró que los frutos del Santo Sacrificio son ofrecidos “por muchos” —esto es, por los elegidos para la salvación, como declaró el Concilio de Trento— y no “por todos”, como nos hizo creer la Iglesia legislativa.

Pero parece que el Papa Benedicto siente que es poco lo que puede hacer por sí mismo contra los operadores de la Iglesia legislativa, tanto dentro como fuera de la Curia, incluyendo a los obispos que rechazan todo tipo de intromisión en sus prerrogativas legislativas amparados bajo el “nuevo modelo” de colegialidad. He aquí que la Misa tradicional sigue empaquetada al vacío como si se tratase de ántrax, a pesar de que el Papa expresó con claridad que todo sacerdote de la Iglesia Occidental tiene derecho a recurrir al Misal de 1962 sin necesidad de permiso episcopal. Y las jerarquías nacionales de Italia y Alemania han rehusado corregir sus defectuosas traducciones vernáculas de la Misa nueva.

La carta del Papa al presidente de  la Conferencia Episcopal Alemana, el arzobispo Robert Zollitsch, con respecto al tema del pro multis, es un ejemplo paradigmático de la impotencia papal frente a la Iglesia legislativa. El Papa dice a Zollitsch que “la Santa Sede ha decidido que, en la nueva traducción del Misal, la expresión «pro multis» deba ser traducida tal y como es, y no al mismo tiempo ya interpretada”. El Papa presenta como una mera “decisión” —una decisión de la Iglesia legislativa— lo que debería ser un regreso a la correcta traducción de las palabras de Nuestro Señor en la primera Misa, rectificando un error que ni siquiera se encuentra en las versiones protestantes de la Biblia.

El Papa expresa también su preocupación sobre “se corre el riesgo de que… algunos sectores del ámbito lingüístico alemán deseen mantener la traducción «por todos», aún cuando la Conferencia Episcopal Alemana acordase escribir «por muchos», tal como ha sido indicado por la Santa Sede”. No existe la menor sugerencia de que el Papa implique su autoridad para ordenar la corrección del error, como es requerido por fidelidad al Evangelio y como su propia obligación como Vicario de Cristo. Por el contrario, esto parece materia de negociación y acuerdo entre dos oficinas de la Iglesia legislativa: la Santa Sede por un lado y la Conferencia Episcopal Alemana por el otro. En ningún lugar de la carta el Papa expresa su voluntad como Romano Pontífice, sino que se refiere a lo que la Iglesia legislativa decidió y negoció.

La profundidad de la actual crisis eclesial se ve reflejada por el siguiente comentario del Papa al defender la “decisión” de traducir las palabras de Nuestro Señor en forma correcta: “Si bien esta decisión, como espero, es absolutamente comprensible a la luz de la correlación fundamental entre traducción e interpretación, soy consciente sin embargo de que representa un reto enorme para todos aquellos que tienen el cometido de exponer la Palabra de Dios en la Iglesia. En efecto, para quienes participan habitualmente en la Santa Misa, esto parece casi inevitablemente como una ruptura precisamente en el corazón de lo sagrado. Ellos se dirán: Pero Cristo, ¿no ha muerto por todos? ¿Ha modificado la Iglesia su doctrina? ¿Puede y está autorizada para hacerlo? ¿Se está produciendo aquí una reacción que quiere destruir la herencia del Concilio?”

Notemos cómo el Papa, escribiendo en tono casi apologético, implícitamente acepta la premisa de que la “herencia” del Concilio Vaticano II es de alguna manera un cambio respecto a la teología “tridentina” bimilenaria de la Misa como sacrificio que aprovecha sólo a los elegidos, y no a todos, para la salvación —que es por lo cual Nuestro Señor dijo “por muchos” y no “por todos”—. Y quita el aliento ver al Papa seriamente preguntarse si un regreso a la traducción fiel de las palabras de Nuestro Señor no reflejan la influencia de “fuerzas reaccionarias” que buscan “destruir la herencia del Concilio” —fuerzas que buscarían cambiar lo que la Iglesia legislativa ha enunciado como actualizaciones de su enseñanza para seguir desde cerca el aggiornamento conciliar tan importante—. El Papa parece atenerse a la idea de que el Concilio es exactamente lo opuesto de lo que dijo como cardenal Ratzinger cuando rechazó que el Concilio fuese caracterizado como “el fin de la Tradición, un nuevo comienzo desde cero” (Discurso a los Obispos Chilenos de 1988).

Pero es más desalentadora la siguiente pregunta retórica del Papa: “Pero surge inmediatamente la pregunta: Si Jesús ha muerto por todos, ¿por qué en las palabras de la Ultima Cena él dijo «por muchos»? Y, ¿por qué nosotros ahora nos atenemos a estas palabras de la institución de Jesús?”

¿Por qué nos quedamos con las palabras de Jesús? La Iglesia “se queda” con ellas, por supuesto, porque son Sus palabras y ella tiene el mandato divino de no modificarlas. El Papa sigue diciendo que la Iglesia emplea la frase “por muchos” por “por respeto a la palabra de Jesús, por permanecer fiel a él incluso en las palabras. El respeto reverencial por la palabra misma de Jesús es la razón de la fórmula de la Plegaria Eucarística”. Pero con seguridad esto no es cuestión de simple “deferencia” o “respeto” hacia Jesús. La Iglesia tiene una obligación sagrada de obedecer a Dios al proclamar su Evangelio sin alteraciones. “Deferencia” y “respeto” connotan discreción para no ser condescendiente ni estar en falta. Es justamente esta discreción que la Iglesia legislativa ha reclamado como propia y por la que —ironía de ironías— Benedicto ahora busca por cortesía la aceptación de la “decisión” de la Santa Sede de regresar a lo que Nuestro Señor realmente dijo versus lo que la Iglesia legislativa hubiese preferido que Él hubiese dicho.

El Papa continúa con una observación cuya ironía no puede ser más exquisita; y que uno se pregunta cómo esta ironía pudo haber pasado inadvertida por el Papa: “Por la experiencia de los últimos 50 años, todos sabemos cuán profundamente impactan en el ánimo de las personas los cambios de formas y textos litúrgicos; lo mucho que puede inquietar una modificación del texto en un punto tan importante. Por este motivo, en el momento en que, en virtud de la distinción entre traducción e interpretación, se optó por la traducción «por muchos», se decidió al mismo tiempo que esta traducción fuera precedida en cada área lingüística de una esmerada catequesis, por medio de la cual los obispos deberían hacer comprender concretamente a sus sacerdotes y, a través de ellos, a todos los fieles por qué se hace. Hacer preceder la catequesis es la condición esencial para la entrada en vigor de la nueva traducción.”

¿Pero dónde estuvo esta preocupación por los efectos de los cambios litúrgicos en las almas de los fieles durante los pontificados de Pablo VI y Juan Pablo II, cuando todo el rito romano fue dramáticamente alterado con resultados patentemente desastrosos sin el menor atisbo de “una catequesis cuidadosa… para preparar el camino”? Y notemos aquí de nuevo que el Papa reduce la obligación de transmitir fielmente las palabras del mismo Dios en la primera Misa a una mera “decisión para optar por la traducción ‘muchos’” —otra reverencia hacia las prerrogativas de la Iglesia legislativa frente a la Iglesia de la Sagrada Tradición—.

Concluiré notando otra arista del problema de la Iglesia legislativa. Un elemento clave en la burocratización de la Curia Romana durante el pontificado de Pablo VI fue la elevación de la Secretaría de Estado vaticana al status de quasi primer ministro de la Iglesia —esto es, primer ministro de la Iglesia legislativa, ya que el cargo de Secretario de Estado no forma parte de la constitución divina de la Iglesia fundada por Nuestro Señor en cabeza de Pedro—.

En 1967-68, bajo la autoridad de la constitución apostólica Regimini Ecclesiae Universae, la Curia fue reestructurada en forma dramática, restructuración diseñada e implementada por el cardenal Jean-Marie Villot, secretario de Estado vaticano, también sospechoso de masón. El objetivo era eliminar, tanto cuanto fuese posible, lo que ahora se llama viejo “modelo monárquico” de la Iglesia a favor de un nuevo “modelo” de colegialidad. Antes del Concilio, la Curia estaba sí estructurada sobre un molde monárquico. El Papa era el Prefecto del Santo Oficio, al cual se subordinaban los demás dicasterios vaticanos, mientras que el cardenal a cargo de los asuntos diarios del Santo Oficio era el Pro Prefecto, que reportaba directamente al Papa y sólo a él. El Papa, como Vicario de Cristo en la tierra, estaba así en el tope de una cadena de mando sobre la que imponía su autoridad directamente o a través del Santo Oficio.

Bajo la “reforma” pergeñada y llevada a cargo por Villot, sin embargo, el Santo Oficio fue rebautizado como Congregación para la Doctrina de la Fe —siendo que el nombre “Santo Oficio” estaba demasiado pasado de moda con respecto a la “nueva orientación” de la Iglesia tras el Concilio—. El cardenal secretario de Estado fue puesto por sobre todos los dicasterios vaticanos, incluyendo esta congregación. Peor aún, el Papa ya no fue el Prefecto del Santo Oficio, puesto que la nueva congregación tendría un Prefecto Cardenal que, desde el punto de vista de la organización, estaría subordinado al Secretario de Estado. En breve, Pablo VI “incrementó los poderes del Secretario [de Estado], poniéndolo por sobre todos los departamentos de la Curia Romana”, como dice Wikipedia.

Desde el Concilio, el Secretario de Estado se ha convertido en una suerte de vicario del Vicario de Cristo, lo que resultó en una separación funcional de la nueva Iglesia legislativa apartándola del control directo del Papa. Este desarrollo desfavorable se vio exacerbado por la constitución apostólica de Juan Pablo II Pastor Bonus, que declaraba que “la  Secretaría de Estado ayuda de cerca al Sumo Pontífice en el ejercicio de su misión suprema”. En la Sección Primera, al Secretario de Estado se le da un enorme poder, incluyendo autoridad para:

-         elaborar y expedir las Constituciones Apostólicas, las Cartas Decretales, las Cartas Apostólicas, las Cartas y otros documentos que el Sumo Pontífice le confía;
-         preparar todos los documentos referentes a los nombramientos que en la Curia Romana y en los otros organismos dependientes de 1a Santa Sede ha de hacer o aprobar el Sumo Pontífice;
-         ocuparse de la publicación de las actas y documentos públicos de la Santa Sede en el boletín titulado Acta Apostolicae Sedis;
-         publicar, a través de la oficina especial dependiente de ella, llamada Sala de Prensa, las informaciones oficiales referentes a los documentos del Sumo Pontífice y a la actividad de la Santa Sede;
-         vigilar… el periódico llamado L'Osservatore Romano, la Radio Vaticano y el Centro Televisivo Vaticano;
-         recoger, ordenar y publicar los datos, elaborados según las normas estadísticas, que se refieren a la vida de la Iglesia universal en todo el orbe.

De ese modo, el Secretario de Estado, como Primer Ministro de la Iglesia legislativo, ha sido investido con el control total sobre la legislación y la información que emana del Vaticano, incluyendo los actos propios del Papas. “¡Sí, Primer Ministro!” es el nuevo orden de cosas en la Iglesia postconciliar. De hecho, como John Vennari ha notado, cada episodio de esta hilarante serie cómica británica se asemeja notablemente al estado actual de la Iglesia, en donde la política tiene preferencia por sobre la realidad. Incluso hemos visto al Secretario de Estado tomar el control de la publicación del Tercer Secreto de Fátima, arrogándose —en un ulterior desarrollo surrealista— la autoridad de “interpretar” la visión del “obispo vestido de blanco” como una mera descripción de eventos del siglo XX que culminarían con el fallido intento de asesinato de Juan Pablo II en 1981. En el folleto vaticano oficial que acompañaba la publicación del 26 de junio de 2000 de la visión, el ex cardenal Ratzinger hace referencia repetidas veces a la “interpretación” de la visión que hizo el ex Secretario de Estado, el cardenal Angelo Sodano:

-         “interpretación, cuyas líneas esenciales se pueden encontrar en la comunicación que el Cardenal Sodano pronunció”;
-         “El Cardenal Sodano dice al respecto: «... no se describen en sentido fotográfico los detalles de los acontecimientos futuros, sino que sintetizan y condensan sobre un mismo fondo, hechos que se extienden en el tiempo según una sucesión y con una duración no precisadas»”;
-         “la interpretación que el Cardenal Sodano ha dado en su texto del 13 de mayo, había sido presentada anteriormente a Sor Lucia en persona”;
-         “Ante todo, debemos afirmar con el Cardenal Sodano: «...los acontecimientos a los que se refiere la tercera parte del ‘secreto’ de Fátima, parecen pertenecer ya al pasado».”

¿Debemos afirmar con el cardenal Sodano? ¿Qué autoridad tiene el cardenal Sodano sobre el Mensaje de Fátima? Ninguna más que la que la Iglesia legislativa pretenda darle, que en realidad no es ninguna autoridad, dado que la Iglesia legislativa no es la Iglesia fundada por Nuestro Señor, sino un conjunto de feudos burocráticos que de ninguna manera participan de los carismas de indefectibilidad e infalibilidad de la Iglesia en materia de fe y moral.

Sin embargo, Sodano fue investido absurdamente con el status de oráculo de Fátima—y esto al mismo tiempo que estaba facilitando el encubrimiento del Padre Maciel, como lo vino haciendo durante todos los ’90—. (Ver el reporte “Alegatos contra el cardenal Sodano”, Catholic World Report, del 4 de mayo de 2001.) Para la Iglesia legislativa y su Primer Ministro, el evento de Fátima es un problema de relaciones públicas que debe ser administrado, no una profecía y advertencia celestial para la Iglesia y la humanidad. Y el sucesor de Sodano, el cardenal Bertone, continúa la línea del partido de la Secretaría de Estado acerca de Fátima sin ponerla en duda: que el Mensaje de Fátima en general y el Tercer Secreto en particular “pertenecen al pasado”. Nuestra Señora de Fátima, nos asegura la Secretaría de Estado, no tiene nada que decirnos acerca del desastre eclesial de la última mitad de siglo.

El predominio de la Secretaría de Estado sobre los asuntos de la Iglesia legislativa ha sido revelado para todo el mundo en el escándalo al que hoy estamos asistiendo cuando sale a la luz el contenido de la correspondencia privada del Papa filtrada por el mayordomo pontificio, Paolo Gabriele. Entre los asuntos filtrados existe una carta muy reveladora al cardenal Bertone de parte del cardenal Leo Raymond Burke, que es jefe de la Signatura Apostólica (el mayor tribunal de la Iglesia) y también es miembro de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos.

En un artículo del 3 de junio de 2012, el diario italiano La Repubblica citó frases de la carta de Burke, en las cuales protesta (enero de 2012) por la aprobación que hizo el Pontificio Consejo de los Laicos —otro de los órganos proliferantes de la Iglesia legislativa— de “aquellas celebraciones contenidas en el Directorio Catequético del Camino Neocatecumental que no parecen por su naturaleza estar ya regulados por los libros litúrgicos de la Iglesia”. Lo que esta ambigua aprobación precisamente cubre ha sido objeto de controversia desde entonces —el típico resultado de los típicos pronunciamientos postconciliares de los departamentos vaticanos—. Apoyándose en esta ambigüedad, los dos fundadores de “el Camino” —ese famoso par de excéntricos neocatólicos, “Kiko” Argüello y Carmen Hernández— andan diciendo que lo aprobado ha sido la misma liturgia neocatecumental.

Un hecho muy sugestivo es que la Congregación para el Culto Divino, que es el dicasterio que tiene jurisdicción sobre la liturgia, no fue parte de esta “aprobación”. De ahí que la carta del cardenal Burke al secretario de Estado Bertone objeta una invitación que Burke recibió en su oficina, invitándolo a una ceremonia en “ocasión de la aprobación de la liturgia del Camino Neocatecumental”. Escribió Burke: “No puedo, como Cardenal y miembro de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, no expresar a Su Eminencia la extrañeza que la invitación me ha causado. No recuerdo haber oído de una consulta acerca de la aprobación de una liturgia propia de este movimiento eclesial. He recibido en los últimos días, de varias personas, incluso de un estimado Obispo estadounidense, expresiones de preocupación acerca de una tal aprobación papal, de la cual ya se había sabido. Esta noticia era para mí un simple rumor o especulación. Ahora he descubierto que tenían razón.” Como dice La Repubblica, esta carta finaliza con una declaración del cardenal Burke de que “como fiel conocedor de la enseñanza del Santo Padre sobre la reforma litúrgica, que es fundamental para la nueva evangelización, creo que la aprobación de tales innovaciones litúrgicas, incluso después de la corrección de las mismas por parte del Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, no parece coherente con el magisterio litúrgico del Papa.”

En una revelación posterior, John Allen, del National Catholic Register, informa que el Papa leyó y luego adjuntó una nota manuscrita a la carta de Burke, pidiendo “Regresar al Card. Bertone, invitando al Card. Burke para que transfiera estas observaciones muy justas a la Congregación del Culto Divino.” Aún así estas “muy justas” observaciones del cardenal Burke respecto a la enseñanza litúrgica del Papa no impiden que se siguen anunciando la “aprobación vaticana” de la extraña liturgia del Camino Neocatecumenal, que incluye bailar alrdedor del altar, consagrar hostias del tamaño y consistencia de una pizza que se quiebra dejando numerosas partículas en el suelo, la predicación por parte de laicos bajo la forma de “moniciones”, pararse durante la Plegaria Eucarística acompañada con música de guitarra y la recepción de la Santa Comunión desde los bancos.

¿Cómo es posible que el Vicario de Cristo se vea limitado a sugerir que las “muy justas observaciones” del cardenal Burke respecto a los abusos la “liturgia” neocatecumenal sean transmitidas a la Congregación para el Culto Divino? ¿Por qué es que el mismo Papa no interviene directamente para frenar las atrocidades litúrgicas de “el Camino” de Kiko y Camen? Es más, ¿por qué el Papa simplemente no gobierna la Iglesia en forma directa, restaurando el buen orden, conforme al Poder de las Llaves de Pedro que son suyas, sólo suyas?

La respuesta fue revelada por un incidente del que fui bien informado durante un reciente retiro ignaciano en la casa de retiros de la Sociedad de San Pío X en Ridgefield (Connecticut). Durante una audiencia con el Papa, el obispo Fellay se encontró con el Papa a solas por un momento. Su Excelencia aprovechó la oportunidad para recordar al Papa de que él es el Vicario de Cristo, que posee la autoridad para tomar medidas inmediatas que pongan fin a la crisis de la Iglesia en todos los frentes. El Papa respondió: “Mi autoridad llega hasta la puerta”.

Parece hoy que el Vicario de Cristo está cautivo de la democratización de la Iglesia de acuerdo con el modelo de “colegialidad” que buscar reemplazar la monarquía que en realidad es el papado establecido por Cristo Rey. Parece que el Papa se ve a sí mismo como un engranaje, aunque sea el engranaje más grande e importante, de una vasta maquinaria de relojería que es la Iglesia legislativa, cuyas “decisiones” , en línea con los mecanismo colegiados y democráticos del nuevo modelo, necesitan ser consensuadas para poder ponerse en operación. Sin considerarse un monarca, con las prerrogativas y la autoridad perentoria de un monarca, el Papa de la Iglesia legislativa se siente restringido a confiar en su capacidad de persuasión y a apelar al debido proceso con la esperanza de que se haga lo que él desea.

“Lo han destronado”, fue la famosa observación del arzobispo Lefebvre acerca de la festividad de Cristo Rey. Y, del mismo modo, han destronado a Su Vicario. Un Vicario de Cristo sin corona se encuentra en el turbulento centro del caos reinante en la Iglesia. Sólo cuando la corona papal sea restaurada volverá con ella el buen orden de la Iglesia. Recemos, entonces, porque el Papa tenga el coraje de volver a usar la corona que el mismo Cristo le dio para que use.

Traducción al español de InfoCaótica.