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sábado, 1 de diciembre de 2012

Todos herejes


No sabemos muy bien qué dijo Müller y probablemente sus palabras quedarán en una nebulosa. Pero la noticia ha sido aprovechada en la vecina infocatolica por el apologeta bolivariano. En uno de sus comentarios el Doctor Eximio redivivo ha estampado la siguiente sentencia: “la afirmación de que los textos del Concilio contradicen el Magisterio anterior… es el tipo de interpretación que el prefecto de la CDF llama herética”.
Si el bolivariano estuviera en lo cierto, a la luz del texto que transcribimos a continuación, deberíamos concluir que el teólogo jesuita Avery Dulles fue un hereje al que Juan Pablo II hizo cardenal en 2001...
Es más interesante para nuestro problema observar que el Vaticano II dio marcha atrás silenciosamente sobre posiciones anteriores del magisterio Romano en numerosas cuestiones de importancia.Los ejemplos más claros son suficientemente conocidos. En los estudios  bíblicos, por ejemplo, la Constitución sobre la Divina Revelación aceptó un acceso crítico al Nuevo Testamento, apoyando así las iniciativas previas de Pío XII y liberando a la Iglesia, de una vez por todas, de las pesadillas de los decretos anteriores de la comisión bíblica. En el Decreto de Ecumenismo, el Concilio dio la cordial bienvenida al movimiento ecuménico y comprometió a la Iglesia Católica en la cuestión más amplia de la unidad Cristiana, acabando así con la hostilidad santificada en la Mortalium animos de Pío XI. En las relaciones entre la Iglesia y el Estado, la Declaración sobre la Libertad Religiosa aceptó al Estado religiosamente neutro, negando así la opinión aprobada previamente de que el Estado debería reconocer formalmente la verdad del Catolicismo. 
Misil caza-herejes.
En la teología de las realidades terrenas, la Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el mundo, actual adoptó una visión evolutiva de la historia y un optimismo moderado con respecto a los sistemas seculares de pensamiento, acabando así con más de un siglo de denuncias vehementes contra la civilización moderna.
Como resultado de estas y otras revisiones de antiguas posturas oficiales, el Concilio rehabilitó a muchos teólogos que habían sufrido restricciones severas en su capacidad de enseñar y publicar. Los nombres de John Courtney Murray, Teilhard de Chardin, Henri de Lubac e Yves Congar, todos ellos tenidos como sospechosos en la década de los 50, aparecieron de repente rodeados por un halo brillante de entusiasmo.
Con su práctica concreta del revisionismo, el Concilio enseñó implícitamente que es legítimo y hasta valioso disentir.
De hecho el Concilio admitió que  el magisterio ordinario del Romano Pontífice se había equivocado, y había dañado injustamente las carreras de hábiles y fieles teólogos.
Tomado de:
¿QUE ES ELMAGISTERIO? FUNCION DE LOS OBISPOS Y DE LOS TEOLOGOS.

P.S.: gracias a Miles Dei contamos con la versión oficial de las palabras de Müller publicadas en L´Osservatore Romano (en italiano, aquí) en la que sí aparece -rectificamos el anterior p.s.- parte de lo que le atribuye Vatican Insider pero no las delirantes aplicaciones de Arráiz sobre la herejía por contradicción de textos.


Al di fuori di questa unica interpretazione ortodossa esiste purtroppo un’interpretazione eretica, vale a dire l’ermeneutica della rottura, sia sul versante progressista, sia su quello tradizionalista. Entrambi questi versanti sono accomunati dal rifiuto del concilio; i progressisti nel volerlo lasciare dietro, come fosse solo una stagione da abbandonare per approdare a un’altra Chiesa; i tradizionalisti nel non volervi arrivare, quasi fosse l’inverno della Catholica.

Fuera de esta única interpretación ortodoxa existe por desgracia una interpretación herética, vale decir la hermenéutica de la ruptura, sea en la vertiente progresista, sea en la tradicionalista. Ambas vertientes están unidas por el rechazo del Concilio; los progresistas al querer dejarlo atrás, como si fuese una estación a abandonar para llegar a otra Iglesia; los tradicionalistas al no querer llegar, como si fuese el invierno de la [Iglesia] Catholica

domingo, 25 de noviembre de 2012

¿Bueno, malo o incorregible?



Parafraseando a un escritor argentino habría que decir que José Miguel Arráiz no es bueno ni malo sino incorregible. No obstante, desde nuestra bitácora tratamos de no ser tan pesimistas como Borges, a pesar de que el bolivariano es un personaje que se caracteriza por una asertividad -se escribe con ese, José Miguel, no con ce- proporcionada a su voluntarismo.
En uno de los comentarios nos ofrece una perla sobre la Pontificia Comisión Bíblica (PCB):
Pinche para ampliar.
A lo que habría que responder:
1º. Un poco de historia: “Entre la constitución de la PCB y el inicio de la primera guerra mundial, el mundo teológico estuvo marcado por la crisis modernista. A los documentos propiamente bíblicos, se añadió el decreto Lamentabili (04.07.1907), sobre los principales errores del reformismo o modernismo, cuyo elenco se extrajo, en gran parte, de las obras del exegeta Alfred Loisy. El 08.09.1907, Pío X publicará la encíclica Pascendi, sobre las doctrinas de los modernistas. En paralelo, durante estos años se pondrá un especial empeño en regular los estudios de Sagrada Escritura y en dejar claro el carácter «vinculante» de las decisiones de la PCB, a las que, en conciencia, hay que someterse del mismo modo que a los decretos de las sagradas Congregaciones referentes a la doctrina aprobados por el Pontífice”
2º. Ratzinger:  “La Pontificia Comisión Bíblica ha considerado un deber, cien años después de Providentissimus Deus y cincuenta años después de Divino afflante Spiritu, procurar definir una posición de exégesis católica en la situación presente. La Pontificia Comisión Bíblica no es, conforme a su nueva estructura después del Concilio Vaticano II, un órgano del Magisterio, sino una comisión de especialistas que, como exegetas creyentes, y conscientes de su responsabilidad científica y eclesial, toman posición frente a problemas esenciales de la interpretación de la Escritura, apoyados por la confianza que en ellos deposita el Magisterio.”
3º. No es cierto que la PCB sea el organismo supremo de la Iglesia en materia bíblica ya que sus dictámenes no tienen valor magisterial. Por el contrario, el organismo supremo en materia bíblica es el Magisterio (pontificio o conciliar), que puede enseñar de manera vinculante, y ha decidido no participar a la comisión de su potestad docente. La PCB no es hoy otra cosa que un órgano consultivo de cuyas opiniones cualquier católico puede disentir legítimamente.
4º. Si es o no confiable, es un juicio que no cabe formular a priori, sino algo que tendrá fundamento en la ortodoxia y calidad científica de los documentos que elabore la comisión. 


P.S.: Nos informa un comentarista que Arráiz ha rectificado . El error que hemos señalado, y justifica nuestra entrada, es revelador de la impericia del venezolano. 

sábado, 13 de octubre de 2012

Del espíritu del Concilio al fantasma neocon



Teníamos esta entrada en archivo. Pero el inefable Arráiz nos obliga a ponerla al día y publicarla cambiando algunos datos menores. El venezolano no ha podido resistirse la tentación de decir algo sobre el Vaticano II y el comunismo, aunque para ello recurra a un libro desactualizado y tenga que citarlo de manera sesgada. Porque la obra de Svidercoschi que cita el bolivariano (disponible aquí) da cuenta del pedido de algunos padres conciliares para una condena explícita y nominal del comunismo. En prieta síntesis, los argumentos para la condena fueron los siguientes: 
Positivos,
1) el ateísmo, aun siendo uno de los errores fundamentales del comunismo, no es el único ni es propio y exclusivo del comunismo. Incluso en el caso de que el comunismo, por hipótesis, no fuera ateo, debería, sin embargo, ser rechazado por la negación de otras verdades fundamentales del orden natural.
2) Los Concilios deben, cada uno en su propio tiempo, desenmascarar los errores tal como en concreto y no en abstracto se difunden de una manera larvada. Ahora bien, hoy la forma más peligrosa y virulenta, bajo la que se encarna y actúa el ateísmo, es el comunismo.
3) Si el Vaticano II tiene un carácter eminentemente pastoral, ¿qué otro problema hay más pastoral que el de impedir que los fieles terminen haciéndose ateos a través del comunismo?
4) Puesto que el esquema XIII se ocupa de problemas mundiales, debe considerarse como mundial el fenómeno del comunismo que oprime a más de la mitad del mundo, un problema ya acuciante y que lo será aún más en el futuro.
5) El Concilio, que pretende promover el aggiornamento de la doctrina y de la praxis de la Iglesia, no puede menos de emitir solemnemente su juicio sobre este actualísimo problema.
6) Los fieles esperan que el Concilio hable con la mayor claridad y fuerza de este tema, a fin de que queden abolidas del seno de la Iglesia las dudas, las incertidumbres y los engaños sobre la posibilidad de un acuerdo entre comunismo y cristianismo.
7) Centenares de miles de aquellos que han sufrido y sufren persecución por parte del comunismo -católicos, ortodoxos, protestantes o fieles de cualquier religión- esperan del Concilio conforto y solidaridad. He aquí el valor ecuménico de la adición pedida.
Y negativos,
1) Si el Concilio guardara silencio sobre el comunismo, este silencio sería comparado en la mente de los fieles, como consecuencia injusta pero fatal, a una tácita abrogación de todo cuanto los últimos Sumos Pontífices han dicho y escrito contra el comunismo, y ciertamente también de las condenaciones hechas repetidas veces por el Santo Oficio.
2) Nadie puede dudar de que el comunismo interpretaría a su favor, mediante una gran labor propagandística, el silencio del Concilio, creando una deplorable confusión de ideas entre los fieles.
3) Como hoy, por ejemplo, algunos acusan injustamente a Pío XII, de venerada memoria, de silencio hacia las víctimas del nazismo, así, después del Concilio, el Colegio Episcopal podría ser acusado, con todo derecho y merecidamente, de silencio hacia las víctimas del comunismo. En conclusión no es superfluo tratar del comunismo, aunque se hayan ocupado ya de él los últimos Papas, porque el consenso solemne de todo el Concilio da mayor fuerza y eficacia a este tema, y no puede suceder que los cristianos de la Iglesia del silencio sufran más de lo que sufren hoy.
La petición, firmada por numerosos obispos, sufrió muy curiosas peripecias reglamentarias y al final, los textos aprobados no incluyeron la condena, sino que se remitieron a reprobaciones precedentes en una nota al pie. Cabe preguntarse, ¿por qué no intervino Pablo VI para remediar la omisión como lo hizo en materia de colegialidad? 
Las razones positivas y negativas de la petición son discutibles en cuanto referidas a la oportunidad pastoral de reiterar una condena ya formulada en el pasado. Pero lo que no puede hacerse honestamente es adulterar los textos conciliares en su literalidad y sentido objetivo.
Además, decir que una condena implícita es diáfana resulta una burla grosera a las más elementales reglas de interpretación de las condenas magisteriales (v.odiosa restringenda, favorabilia amplianda). Y se da de patadas con lo dicho recientemente por Benedicto XVI sobre “…la necesidad de regresar, por así decirlo, a la «letra» del Concilio, es decir a sus textos…”. 
Al ya problemático espíritu del Concilio, creador de un para-concilio que multiplica las dificultades de los textos conciliares en sí mismos, se une ahora el fantasma neoconservador, que pretende reescribir la historia silenciando datos relevantes y hacer las interpretaciones más arbitrarias, toda vez que los textos no encuadren en sus esquemas preconcebidos. 

P.S.: De la lectura del post de Arráiz pareciera que al pacto de Metz es una invención conspirativa de tradicionalistas como De Mattei y Madiran. Recordemos que la reciente publicación de la biografía de Pablo VI, escrita por Andrea Tornielli -que no es un autor tradicionalista- aporta nuevos elementos de prueba sobre el acuerdo de Metz. Más información, aquí.



domingo, 15 de enero de 2012

Educando a Arráiz: comunicación en lo sagrado


Dijimos al comentar la última arremetida de Arráiz contra la FSSPX que constituye un error del bolivariano comparar la asistencia a las misas oficiadas por sacerdotes de la Fraternidad con la participación en la liturgia de las iglesias orientales separadas. La FSSPX está dentro de la Iglesia y sus sacerdotes se consideran clérigos acéfalos y suspensos (cfr. CIC, c. 265, y concordantes), mientras que a los ministros orientales separados se los los trata como ministros no católicos (cfr. CIC, c. 844). 
En esta entrada expondremos el cambio en la disciplina acerca de la comunicación en lo sagrado con acatólicos para luego extraer algunas conclusiones.
La disciplina anterior al Vaticano II sobre la communicatio in sacris era la siguiente:

 l. NATURALEZA.— La c. in sacris, es decir, en las cosas sagradas, es la participación de un católico en las funciones sagradas y públicas de u n culto no católico, herético, cismático, infiel, etc. Ésta es la verdadera c. in sacris, llamada también c. in sacris positiva, para distinguirla de la c. in sacris negativa, que existe cuando un acatólico es admitido a tomar parte en las funciones del rito católico. Limitándonos a la primera, ésta puede ser formal cuando un católico participa en un culto acatólico con la intención de honrar a Dios con aquel  culto; o material cuando un católico asiste a las funciones de un culto acatólico por razón de oficio o convivencia social sin intención de participar realmente en aquel culto; o activa cuando al tomar parte en el culto se realiza algún acto que tenga relación con él y pasiva cuando se toma parte sin poner ningún acto que diga relación a la ceremonia religiosa.

2. C. «IN SACRIS» ACTIVA y FORMAL.– La c. activa y formal está prohibida siempre, y el can. 1258 la prohíbe expresamente bajo todas sus formas, porque sería la profesión de un culto falso y la negación de la fe católica, aparte del escándalo. Así, fuera del peligro de muerte está prohibido recibir los Sacramentos de un ministro acatólico, y tomar parte activa en sus ceremonias de culto.

Quien toma parte activa y formal en un culto acatólico es sospechoso de herejía (can. 2316).

3. C. «IN SACRIS» PASIVA y MATERIAL.— La c. in sacris pasiva y material por razón de oficio o convivencia social (en funerales, bodas y otras solemnidades cívico-religiosas de los acatólicos) se tolera si no hay peligro, de perversión o de escándalo (can. 1258. § 2) .

Los católicos pueden entrar por curiosidad en la s iglesias acatólicas, pero no durante las funciones o predicaciones a no ser exclusivamente para conocer y combatir la doctrina herética o cismática, lo cual se ha de evitar normalmente también por otras razones. […] las discusiones en materia de fe con los acatólicos [están] prohibidas de ordinario (canon 1325, § 3; Sto. Oficio, 5 junio 1948).

4. C. NEGATIVA.— Tolérase la presencia de los acatólicos en las ceremonias católicas, especialmente en la predicación. Éstos pueden, recibir las bendiciones destinadas a atraerles la luz de la fe y la salud del cuerpo. Sólo en privado pueden recibir las demás bendiciones y sacramentales (cans. 1149, 1152). No pueden cantar durante las funciones litúrgicas, ni recibir candelas, ceniza o ramos benditos, ni celebrar sus funciones en la iglesia católica.

Cfr. Roberti – Palazzini. Diccionario de teología moral. Barcelona: 1960, p. 233.

La disciplina vigente en la actualidad sobre la comunicación en lo sagrado o intercomunión puede resumirse en los siguientes párrafos:

INTERCOMUNIÓN, es la «comunicación en lo sagrado», o participación en los sacramentos de quienes no están en comunión plena eclesial. La Iglesia católica admite una i. parcial y de diversos grados con las diversas Iglesias separadas. El cn. 844 resume las normas principales.

La norma general es que los católicos administran los sacramentos lícitamente a sólo los católicos, y éstos los reciben lícitamente de sólo los ministros católicos; pero hay excepciones en las que es lícita la «comunicación en lo sagrado».

El bautismo en caso de necesidad puede ser administrado por «cualquier persona que tenga la debida intención» (cn. 861, 2). Respecto a los sacramentos de la penitencia, eucaristía y unción de enfermos, los católicos pueden recibirlos de ministros no católicos, en cuya Iglesia son válidos esos sacramentos, con tres condiciones: que les resulte física o moralmente imposible acudir a un ministro católico; que lo aconseje una verdadera utilidad espiritual (a fortiori, en caso necesario); que se evite el peligro de error o indiferentismo (en. 844, 2) (…)

En general, puede permitirse que los fieles católicos participen en el culto litúrgico de los hermanos separados si hay causa justa, como es el desempeño de un cargo y oficio público, el parentesco, amistad o deseo de mayor conocimiento o reunión ecuménica (Directorio ecuménico, n. 50, 59); pueden en estos casos participar en las respuestas comunes, himnos y gestos de aquella Iglesia, siempre que no vayan contra la Iglesia católica. La misma participación activa se puede permitir a los hermanos separados en el culto litúrgico católico (lb.). Más aún, si se trata del culto de Iglesias orientales separadas el ordinario de lugar puede permitir que un católico desempeñe el oficio de lector dentro del culto litúrgico; y un oriental puede igualmente ser lector en un acto litúrgico de la Iglesia católica. A un hermano separado no oriental no se le puede conceder el cargo de lector o predicador en la celebración eucarística; ni el católico puede desempeñar esos oficios en la celebración de la sagrada cena o del principal culto litúrgico de la palabra que tienen los hermanos separados no orientales; pero en las demás acciones litúrgicas puede permitirles el ordinario de lugar el ejercicio de algunas de esas partes (Directorio ecuménico, n. 56). La Conferencia Episcopal Española indica expresamente que «cuando se celebra el matrimonio con la liturgia de la palabra el ministro de la parte no católica puede participar en el acto haciendo alguna de las lecturas, recitando la oración común de los fieles, o inclusive haciendo uso de la palabra» (Normas, 25-I-1971).

Cfr.:  CORRAL SALVADOR - URTEAGA EMBIL (eds.), Diccionario de Derecho canónico, Madrid: 2000, ps. 381-382

De la comparación de la disciplina anterior con la actual, es posible extraer algunas conclusiones:
1ª. Es un hecho que ha habido un cambio en sentido permisivo en la disciplina eclesiástica que regula la comunicación en lo sagrado.
2ª. La Santa Sede ha sido suficientemente clara cuando se ha pronunciado sobre la recepción de sacramentos de manos de los sacerdotes de la Fraternidad: se aplica la normativa vigente para los ministros acéfalos y suspensos y no la que corresponde a la comunicación en lo sagrado con acatólicos. Por lo que, a fortiori, lo moralmente lícito en la intercomunión con acatólicos con mayor razón puede serlo respecto de la FSSPX, que está dentro de la Iglesia. 
3ª. Los tópicos de Aciprensa, Iraburu, Arráiz, Luis Fernando Pérez de Bustamante, etc., están viciados de una errónea asimilación de situaciones distintas y teñidos de un rigorismo ajeno a la letra y el espíritu del Vaticano II y del Código de Derecho Canónico de 1983.
4ª. En el caso de los fieles que asisten a Misa en la FSSPX les basta cualquier justa causa  (CIC, 1335, 2) objetiva, pues la suspensión no ha sido declarada mediante sentencia o decreto.

sábado, 7 de enero de 2012

Otra arremetida del bolivariano



José Miguel Arráiz, como paquidermo en el bazar de las conciencias, arremete con su habitual impericia contra la FSSPX. Rebatir sus tópicos es una pérdida de tiempo. Lo hicimos en el pasado y nunca dio una respuesta consistente. 
Pero vamos a concentrar nuestra atención en un punto delicado, en el que las expresiones del bolivariano demuestran su ignorancia —la “apologética” que cultiva es la teología lo que el curanderismo a la medicina— y un rigorismo moral y sacramental ajeno a la letra y el espíritu de la disciplina eclesiástica vigente.
A la luz de lo ya expresado por la Pontificia Comisión Ecclesia Dei (PCED) —antes de la remisión de las excomuniones de 1988— y del Código de Derecho Canónico de 1983 (CIC), expondremos a modo de simples preguntas y respuestas lo que al día de hoy puede decirse acerca de la asistencia a las misas de la FSSPX. Al final de la entrada dejamos los enlaces a los distintos documentos:
- ¿Las misas de la FSSPX son válidas? Sí, siempre que se cumplan las condiciones generales de validez.
- ¿Son lícitas? No, porque el celebrante es un clérigo no incardinado.
- ¿Qué significa ilícitas? Contrarias al derecho de la Iglesia.
- ¿Es un acto cismático asistir a esas misas? No. Los actos se especifican por su objeto y de suyo ir a Misa no es un acto cismático. En cuanto a la intención subjetiva podría serlo, o no, dependiendo del consentimiento del sujeto que asiste.
- ¿Es delito canónico ir a una de esas misas? No.
- ¿Es pecado? No.
- ¿Es ocasión próxima de pecado? No. Sabemos —porque es doctrina moral común— que es pecado colocarse en ocasión próxima de pecar. Si la asistencia fuera ocasión próxima la PCED lo habría indicado claramente. Por tanto, cuando se dice que el peligro de pecar es muy grande y la comisión del pecado casi segura se hace una afirmación temeraria, rigorista e implícitamente calumniosa para los integrantes de la PCED.
- ¿Se recomienda? No se recomienda (consejo negativo, que no es un precepto).
- ¿No se recomienda porque la FSSPX es un grupo cismático? Al día de hoy la FSSPX no está en cisma formal (el cisma material no es cisma, ya lo hemos explicado), por lo que no se puede decir con propiedad que sea un grupo cismático. La excomunión a los obispos ha sido remitida lo que significa que se ha cancelado el delito y no sólo se ha levantado la pena.
- Entonces, ¿por qué no se recomienda asistir? Por diversas razones que la PCED expresa o insinúa en sus cartas. Vistos los cánones citados por la Comisión, la principal razón de tipo disciplinar es que los sacerdotes de la FSSPX tienen prohibido ejercitar sus funciones sacerdotales (CIC, c. 1383). Sin embargo, como la ley suprema de la Iglesia es la salvación de las almas, y los fieles tienen derecho a recibir los sacramentos para tal fin, basta una justa causa para que sea lícito a los feligreses recibir sacramentos en la FSSPX (CIC, c. 1335, 2).
- ¿Qué se entiende por justa causa? En el caso concreto que nos ocupa, la PCED ha considerado suficiente la devoción hacia la Forma Extraordinaria del Rito Romano. Otros motivo suficientes podrían ser la existencia de graves abusos litúrgicos en las misas lícitas disponibles para el fiel (Redemptionis Sacramentum, califica como actos graves numerosos abusos litúrgicos en los números: 48-52, 56, 76-77, 79, 91-92, 94, 96, 101-102, 104, 106, 109, 111, 115, 117, 126, 131-133, 138, 153 y 168) o la predicación de doctrinas contrarias al Magisterio definitivo de la Iglesia (negación de dogmas como la existencia del infierno, la virginidad de María, etc.).

- ¿Se cumple con el precepto dominical en una misa de la FSSX? Sí.
- ¿Se puede dejar dinero en la colecta? Sí, se puede dejar una contribución.
- ¿Pero el sacerdote de la FSSPX no comete un pecado? Cometa un verdadero pecado o no, el fiel cumple con el precepto dominical y recibe lícitamente el Sacramento (hay jurisdicción de suplencia). Lo mismo habría que decir del fiel que asistiera a una Misa de un sacerdote amancebado cuya suspensión no hubiera sido declarada.
- ¿Es correcta la comparación que hace entre la asistencia a misas de la FSSPX y la Divina Liturgia de las iglesias ortodoxas? No es correcta porque las diferencias son mayores que las semejanzas. Compárese la disciplina que regula la comunicación en lo sagrado con los orientales separados (CIC, c. 844) con las pautas que ha suministrado la PCED (CIC, c. 265 y concordantes) y se verán las diferencias. 


En español:
http://secretummeummihi.blogspot.com/2008/07/pced-fsspxsspx-no-est-en-cisma-formal.html

viernes, 23 de septiembre de 2011

Última hora

Diversas reacciones a lo largo del universo mundo a causa de las últimas ocurrencias de d. José Miguel Arraiz en su blog "Apologética para el mundo" a las que hicimos referencia en una entrada anterior.



miércoles, 21 de septiembre de 2011

Arráiz, «ex cáthedra»


De todas las barbaridades que le hemos leído al apologeta oficial del portal "amigo", ésta se lleva la palma:


Comentario del blogger: El Magisterio se caracteriza porque es un oficio vivo. El magisterio pasado pasa a ser tradición, por tanto, si tu encuentras que algo del Magisterio pasado contradice al Magisterio presente, tu debes acudir al Magisterio presente para que te de las aclaraciones respectivas, y no tratar de resolver el asunto tú mismo eligiendo o uno o el otro.
21/09/11 11:11 PM



Dejamos la prueba para la posteridad.


Pinchar para ver mejor.

martes, 20 de septiembre de 2011

Le falla el «catolicómetro»


Desde nuestra humilde bitácora intentamos una vez educar a José Miguel Arráiz. Nos encontramos hoy con una nueva perla del apologeta bolivariano, que nos persuade del poco éxito de nuestro anterior intento.
Evidentemente Arráiz se muestra incapaz de interpretar al p. Martín Rubio, que ha dejado en claro que para ser católico no se necesita aceptar todas y cada una de las proposiciones contenidas en los documentos del Vaticano II, por la sencilla razón de que tienen muy diverso valor magisterial. Esperamos que el siguiente ejemplo sea de utilidad:
Ticio, fiel católico, sostiene una opinión teológica que difiere de una enseñanza del Magisterio no infalible del Vaticano II. Supuesto que Ticio se equivocara, su opinión podría ser calificada con la censura de error en doctrina católica o de sentencia temeraria (las censuras varían según el manual que se consulte). Su acto de opinar podría ser un pecado de desobediencia (material o formal, no entramos en el tema) y, sin embargo, no por eso dejaría de pertenecer a la Iglesia católica (la Iglesia también se compone de pecadores), ni su pecado llegaría a tener entidad suficiente para considerarse un delito sancionado por el CIC o para privar de ciertos derechos (como el ejercicio legítimo del ministerio sacerdotal).
Asimismo, es nuestro deseo que este modesto aporte le sirva al venezolano, no para sentirse "en" la Iglesia (expresión ignaciana mal traducida), sino para sentir con la Iglesia en lo relativo al asentimiento debido al Magisterio, que debe ser diferenciado según el diverso valor y jerarquía de sus proposiciones.

lunes, 4 de julio de 2011

Educando a Arráiz



José Miguel Arraíz, de la vecina Infocatólica, suele presentarse como “campeón” del vaticanosegundismo ortodoxo y “azote” de los cismáticos. Con la proverbial ignorancia que lo caracteriza, al comentar una noticia sobre las recientes ordenaciones sacerdotales realizadas por el obispo Bernard Fellay, reincide en calificarlas como “actos cismáticos”.

Desde nuestro humilde medio, hacemos pie en la noticia para recordarle al apologeta bolivariano unas nociones eclesiológicas y canónicas que debiera conocer. Aunque la acribia teológica no es el fuerte de Arráiz, el sujeto debiera saber que para la LumenGentium (nn. 14 y 15) hay pertenencias a la Iglesia que son reales, pero no plenas, vale decir, imperfectas, con diferentes grados de imperfección/perfección, pues el Concilio ha rectificado, o matizado, el célebre «reapse» del que hizo uso la Mystici Corporis, que parecía excluir incorporaciones/pertenencias no plenas. Por tanto, quien dice aceptar plenamente el último Concilio, coherentemente, debiera también hacerlo con esta novedad magisterial, y aplicarla en sus juicios sobre la pertenencia a la Iglesia de los “lefebvrianos”.

Para la plena comunión son necesarias tres condiciones: estar unido a la Iglesia por una misma profesión de fe, por los mismos sacramentos y por la vinculación jerárquica. Merece la pena que nos detengamos ahora en la última condición. La vinculación jerárquica es el conjunto de vínculos en virtud de los cuales los fieles están unidos con los oficios capitales: el Papa y los obispos diocesanos. Esta unión de los fieles a la jerarquía abarca: a) la comunión con ella; y, b) el deber de obediencia. Aunque ambas cosas están íntimamente relacionadas, no son idénticas: lo contrario al deber de comunión es el cisma; en cambio, lo contrario al otro deber es la desobediencia no cismática. El deber de comunión –receptado en el canon 209, 1- se cumple con la aceptación del Papa y los obispos de cada diócesis como cabezas, respectivamente, de la Iglesia universal, y de la Iglesia particular, en la triple dimensión de la communio: fe, sacramentos y régimen (cfr. canon 205). El deber de obediencia, supuesta la comunión, esto es, el reconocimiento de la función de gobierno del Papa y de los obispos, versa sobre el cumplimiento de lo mandado, sea por ley sea por precepto, o la aceptación de lo enseñado, según los grados de obligatoriedad del magisterio. El deber de obediencia se extiende hasta donde llegan la potestad de jurisdicción y la de magisterio.

Es un hecho bien establecido que la Hermandad de San Pío X reconoce la función del Papa y de los obispos, diferencia esencial con los “sedevacantistas” y los “sedeprivacionistas”, para quienes Benedicto XVI no cumple función pontificia válida. Pero también es un dato de la realidad que la Hermandad no cumple con el deber de obediencia a las autoridades eclesiásticas reconocidas, porque desobedece mandatos jurisdiccionales y disiente respecto de parte de sus enseñanzas. No valoramos ahora si esta desobediencia está justificada.

En conclusión, nos parece que la Hermandad cumple con el deber de comunión, en sentido estricto, de modo que su situación no se puede calificar de cisma, sino de desobediencia no cismática. En este sentido se pueden entender las declaraciones del cardenal Castrillón Hoyos y de Benedicto XVI, ya citadas en este blog, acerca de una desobediencia que implica el peligro de un cisma.

En cuanto a la figura de “cisma no declarado” hay que precisar: canónicamente, el delito de cisma existe sólo si se dan unos requisitos esenciales (objetivos y subjetivos) o no existe delito. No hay tal cosa como semi-cisma, cuasi-cisma, cisma-material. Supuesto que exista delito de cisma (formal), por efecto de la pena automática, lo que puede suceder es que la excomunión esté declarada (por sentencia o decreto) o que no lo esté. En el caso de los obispos de la Hermandad de San Pío X, consta que las censuras canónicas, que fueron declaradas en tiempo oportuno, han sido remitidas por el Santo Padre. La remisión de las censuras es una causa de extinción de la pena y tiene por efecto cancelar el débito del reo.No puede, por consiguiente, hablarse en el momento presente de una situación de “cisma no declarado”. Sólo si los obispos de la Hermandad cometieran un nuevo hecho delictivo, de auténtica naturaleza cismática, e incurriesen en censura automática no declarada, podría emplearse esa expresión.

La situación de los obispos de la Hermandad, en el momento actual, es la siguiente: son obispos católicos, en comunión con la Sede Apostólica a la que reconocen, y son miembros del Colegio Episcopal; pero el ámbito de ejercicio de su ministerio episcopal no ha sido determinado aun, es decir, no han recibido ninguna misión canónica. Son miembros del Colegio Episcopal, pero esta condición es ineficaz, pues no obra sus efectos jurídicos.

¿Qué sucederá en el futuro? Lo ignoramos y no deseamos hacer pronósticos.

P.D. El blog del señor Arráiz no es el mejor sitio para publicitarse dado que no son cientos los que lo saturan de comentarios a sus sesudos posts.

viernes, 20 de mayo de 2011

Carta de lector sobre marcas idolátricas, gestos equívocos e inculturación

Sin tomar posición al respecto por no ser especialistas en religiones asiáticas, nos vemos, sin embargo, en la obligación de reproducir la siguiente carta recibida por la Redacción. Al Sr. Rodríguez le pedimos un poco más de crédito. Como siempre, esperamos mesura y argumentación en los comentarios.

Estimados señores de Info-Caótica, 
Siendo que, en general, estoy en desacuerdo con vuestro blog, creo haber entendido de Uds. que no realizan censura arbitraria de los comentarios, a diferencia -siempre según vosotros- del blog español Infocatólica. Quizá con vana esperanza, les envío esta carta pidiendo que la publiquen. 
El pasado miércoles 18 de mayo, el Ing. José Miguel Arráiz, uno de los columnistas del blog Infocatólica, publicó el artículo “Juan Pablo II y la marca de Shiva”. En él, el Ingeniero traduce y reproduce una nota de un tal James Akin, “un apologeta católico” (sic), donde este señor afirma que el “Aarti” es simplemente “una forma de saludo indio tradicional… que no tiene ningún significado religioso más que un apretón de manos en la cultura occidental o darle a alguien una corona de flores como bienvenida en Hawai”. A continuación, cita un párrafo de una carta, del 22-11-94, del Consejo Pontificio para las Comunicaciones Sociales, donde se explica “la costumbre y su papel en la sociedad india” (Arráiz/Akin) “… cuando un niño vuelve a casa después de recibir la Primera Comunión y cuando una pareja de casados son recibidos por sus respectivas familias. Hoy en día, el ‘Aarti’ se realiza a menudo para saludar al celebrante principal en un importante evento litúrgico… En tales ocasiones, ‘Aarti’ suele ser ofrecido por una mujer casada católica, y no ciertamente por una ‘sacerdotisa de Shiva como se ha dicho’.” 
Apenas leída esta nota, dejé un muy respetuoso comentario en dicho blog que no fue publicado y, ni siquiera, recibió un “comentario del blogger” aunque sea explicando las razones de la censura. Al comprobar, horas después, la supresión del comentario, dejé otro, que esta vez sí fue publicado con la siguiente aclaración del Ingeniero: “Desde el comienzo dejé claro como trataría los comentarios en este post. Y en este blog yo no hago periodismo católico, aquí los comentarios funcionan de manera que los lectores puedan interactuar con el blogger.” Supuse que ese dejar claro se refería a lo que había puesto en su primer comentario: “Advierto que eliminaré cualquier comentario que interprete como un ataque a Juan Pablo II. Este post no es para debate sino informativo y no admitiré tampoco que se desvíe el tema. El caso Maciel nada tiene que ver con este post.18/05/11 11:18 AM” 
Como quedará claro, mi comentario en ningún momento fue “un ataque” al Papa, ni un desvío del tema. Es más, en el mismo dejé claro que, personalmente, consideraba que Juan Pablo II había sido manipulado, dejando a salvo su investidura y buena intención. Volví, entonces, a insistir con un comentario explicativo, dejando en claro que no hay ataque al Papa de entonces, sino tan sólo se intentaba advertir sobre la existencia de refutaciones del argumento del Sr. Akin.  
Es, me ha parecido siempre como periodista de oficio, un deber del periodista (y escribir un blog es ejercer de periodista, aunque se carezca del oficio y se haga sin salario) que se dice católico es dar lugar al derecho de réplica. En fin, como todo el mundo ligado a la prensa sabe, el no hacer esto es una falta a la ética periodística -ya no sólo la moral católica, sino la mera ética laica. En fin, si Infocatólica no da derecho de réplica, aunque más no sea como comentario, suprimiendo o censurando todo aquello que no gusta (aunque haya sido escrito con respeto, cuidado y dando argumentos), va por mal camino. Deja de ser periodismo y se transforma en propaganda. En la peor propaganda, la que justifica cualquier medio -incluso el ocultamiento de la verdad- para lograr un fin, por muy bueno que éste sea. 
Yendo ahora al tema, aconsejo buscar en Internet quién es este Sr. Akin, podemos hacerlo en Google o similar, como Jimmy Akin o James Akin. Irremediablemente aparecerá una lista cuasi infinita de resultados con el mismo texto que reproduce Arráiz. Los que por oficio estamos acostumbrados a olfatear “publi-notas”, “información viral”, trolls, spam, etc., rápidamente detectamos este tipo de operaciones. No decimos que sea el caso, pero nos hizo sospechar cuando por primera vez, hace años, leímos lo de este señor “apologeta católico”. El hecho es que descubrimos que el argumento de Akin había sido contradicho por otros, sin que estas contrargumentaciones recibiesen la misma publicidad que la nota original. 

El caso más notable es el del Profesor Luiz Mascarenhas de la Universidad de Goa (India), quien publicó hace mucho tiempo una nota donde, como indio de tradición portuguesa y con varias generaciones (cientos de años) de católico encima, negaba la existencia de esta supuesta costumbre; no sólo entre su comunidad católico romana indo-portuguesa, sino también entre siro-malankares, e -incluso- nuevos católicos (descendientes de conversos modernos evangelizados por misioneros ingleses o irlandeses). No negaba que pudiese existir algo entre comunidades de base donde se experimenten formas de adaptación del “Aarti” de la tradición hindú con fines de inculturación. Sólo lamentaba que no se hubiese dado el mismo protagonismo a las tradiciones verdaderamente cristianas de los católicos indios. 
Por otro lado, tenemos lo que nos dicen los libros clásicos de orientalismo o hinduismo acerca del “Aarti” que, comprobaremos, no tiene nada de “forma de saludo indio tradicional”, como dice el Ingeniero Arráiz. 

El Profesor Fabrizio Ferrari, de la Univ. de Chester, dice “el aarti (ceremonia ritual en honor de un dios o más) se realiza todas las noches como una costumbre tradicional hindú” (Health and religious rituals in South Asia). En su Breve Diccionario del Hinduismo, Brahmacharini Usha aclara: “aarti: un movimiento ceremonial de luces frente a una deidad o santón hindú”. Desde otro ángulo, The Encyclopedia of Sikhism, de H. S. Singha, lo designa como “una forma de adoración hindú en la cual se encienden 100 lámparas que se mueven en un orden prescripto frente a ídolos de dioses y diosas, y algunas veces frente a personas importantes”. Explica, por ejemplo, el Dr. Shashi Tharoor, en su glosario a La gran novela india, “Aarti: rito religioso hindú que consiste en agitar ceremoniosamente lámparas encendidas frente al objeto al que se pretende adorar o venerar.” 

Lo que recibió el Papa en aquel viaje a la India sobre su frente no está claro por la mala definición de la fotografía. Es posible que se trate del tilak o tilaka (una o varias líneas), que simboliza el tercer ojo, el ojo de la mente, que se asocia -en la tradición hindú- con la iluminación espiritual de los dioses. Otra posibilidad es que sea el bindi (un punto o marca circular, tiene muchos nombres distintos según la región) que representa la sexta chacra del Hinduismo, punto de fuga de la energía libidinosa. 

Claramente vemos entonces que lo que se hizo a Juan Pablo II no fue un “Aarti” y que, aún cuando no fuese la marca de Shiva, se trató de un acto de origen hindú con fuertes connotaciones idolátricas. 

Y para sustentar este argumento sobre el irenismo de la ceremonia, traemos a colación dos testimonios. Primero, el del Rev. Paul Collins, quien, en su libro Christian inculturation in India, explica el uso sincrético de símbolos paganos por neoconversos indios, en este caso anglicanos. Entre ellos, se menciona varias veces al “aarti”, el “tercer ojo”, etc., junto a otras prácticas hinduistas. 

En segundo término, tenemos la nota del ceremoniero del Papa Juan Pablo II y encargado de la organización de esta ceremonia, Misa Votiva de Cristo Luz del Mundo, durante la Visita Pastoral a Nueva Delhi en noviembre de 1999, Mons. Piero Marini. Dice allí: “La Misa en el Estadio contará con tres danzas indias. Dos a la entrada. La primera será una danza tribal que presidirá a los sacerdotes y obispos hasta el podio antes del arribo del Santo Padre. La segunda será una danza de rezo que presidirá a los cardenales tras el arribo del Papa al Estadio. La tercera será una danza de ofertorio que presidirá a las personas que porten las ofrendas hasta el altar. En el momento de la Doxología, cuando el Santo Padre toma el cáliz y la patena con la Hostia, se realizará el “Aarati”, que es un signo de veneración, por un grupo de jóvenes mujeres. El “Aarati” consistirá en lo siguiente: el Pushpa Arati, movimiento de una bandeja con flores con una Deepak (luz) en el centro y la lluvia de pétalos; el Dhupa Aarati – el homenaje del incienso; el Deepa Aarati – el homenaje de la luz, moviendo el fuego alcanforado y sonando campanillas.” (Nota del Maestro de las Celebraciones Papales del 23 de octubre de 1999.) 

Por lo tanto, las palabras que el Ingeniero Arráiz dirige al Sr. Marcelo con el siguiente tenor “en vez de reflexionar y hacer penitencia por no haber verificado los hechos antes de repetirlos persevere… Yo de ser usted estaría haciendo penitencia y quizá incluso gargarismos con agua bendita.”, debería aplicárselas, en primer lugar, a él mismo. 

Sin otro particular, me despido muy atentamente, esperando no haber perdido el tiempo, 

Juan Rodríguez

(Mendoza)


Fotografía de la polémica y la confusión


REDACCION: Hemos hecho algunas mejoras cosméticas para facilitar la lectura. Sin embargo, conservamos la gramática original.-