martes, 1 de septiembre de 2015

El Syllabus es claro (2)


La intervención es el acto por el que un Estado o grupo de Estados, se entromete por vía de autoridad en los asuntos que son de la jurisdicción domestica de otro, imponiéndole un comportamiento determinado. Por ejemplo, un Estado se entromete en la guerra civil que se desarrolla en otro, favoreciendo a uno de los bandos.
El denominado principio de no intervención consiste en la negación a uno o varios Estados del derecho a  intervenir en los asuntos de los demás; por ende, los Estados tienen la obligación de abstenerse de intervenir directa o indirectamente en los asuntos internos de otro.
La proposición 62 del Syllabus se refiere al denominado principio de no intervención y lo condena como erróneo. ¿Significa esta condena proclamar un principio contrario, el principio de intervención? Una respuesta afirmativa serviría de justificación dogmática para los neoconservadores (políticos) norteamericanos, paladines de intervencionismo de los EE. UU. Y podría decirse, por ejemplo, que George W. Bush habría actuado conforme al Syllabus de Pío IX.
El obispo Dupanloup aplicó a esta proposición otra regla hermenéutica consistente en determinar el sentido de la condena.
Hay otra regla de interpretación no menos elemental que hay que observar si la proposición condenada es universal y absoluta; porque, puede suceder frecuentemente que tal proposición no es condenada más que por su universalidad y por su sentido demasiado absoluto.
Por ejemplo: “Hay que proclamar y observar el principio llamado de no-intervención” (Prop. 62).
El Papa, al condenar esta proposición, ¿ha querido decir que es necesario intervenir a tontas y a locas, sin discernimiento, siempre? ¿Y vosotros, pretendéis que no se deba intervenir nunca?
En una palabra, ¿el Papa ha pretendido hacer de la intervención una regla absoluta y universal?
¡Decirlo sería una absurda ridiculez!
Y sin embargo esos señores no temen escribirlo con todas las letras, yo lo he leído: “El Papa erige como herejía el principio de no-intervención”.
Tanto la intervención como la no intervención no pueden ser la regla absoluta.
El Papa quiere simplemente que no se haga de la no-intervención un principio universal, que se deba proclamar, observar siempre, como un axioma de derecho internacional. Se trata simplemente de sensatez.
¡Tal derecho, en todo caso, sería una novedad! Y ¿ha sido alguna vez practicado, incluso en los tiempos modernos, como un principio?
Tanto la no-intervención, como la intervención, son conductas, conductas buenas o malas, justas o injustas, sabias o imprudentes, según el caso y las circunstancias; a los ojos de algún político verdadero, jamás serían principios. Ningún gobierno aceptará el papel de don Quijote; pero ¿no sería también frecuentemente una barbarie, no menos impolítica que cruel, el imponer a todos los pueblos de la tierra, como un principio, el cruzarse de brazos y “dejar hacer”, mientras que se derramaran olas de sangre en espantosas guerras fratricidas? Y ¿sería un gran pecado, por ejemplo, si Francia o Inglaterra interviniesen mañana en América, para detener esos horrorosos degüellos en los que millones de hombres han perecido ya? ¿Y qué hemos hecho nosotros en México? ¿Qué hemos hecho en China, en Crimea, en Italia? ¿Qué se habría podido hacer en Polonia?


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